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Llega una masa de aire polar que bajará las temperaturas en España
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23 oct 2026 - 17:32
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El Tribunal Supremo revela que el Gobierno ha examinado cerca de una quinta parte de los 163.020 expedientes afectados por las restricciones al voto. La cifra es provisional y los solicitantes todavía pueden aportar documentación para acreditar su derecho a participar en las elecciones.
El Gobierno ha expedido hasta el momento solo 91 certificados de los 31.390 expedientes revisados de personas nacionalizadas al amparo de la denominada 'ley de nietos' que acreditan el cumplimiento de los requisitos para votar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, según recoge un auto dictado este viernes por el Tribunal Supremo.
La resolución, que recoge los datos remitidos por el Ejecutivo hasta el pasado 21 de octubre, revela que la Administración ha examinado cerca de una quinta parte de los 163.020 expedientes afectados por las medidas cautelares del Alto Tribunal. Sin embargo, únicamente el 0,29% de los casos revisados ha obtenido hasta ahora el certificado necesario para ejercer el derecho al voto.
La cifra es provisional y no supone que el resto de los afectados haya perdido definitivamente la posibilidad de votar, ya que todavía pueden presentar documentación adicional que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Supremo.
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Los tres 'nietos' representados por Garzón piden al Supremo la nulidad de la suspensión del derecho a voto
Encuesta
Alberto Núñez-Feijóo (PP)
Santiago Abascal (Vox)
Ada Colau (Frente Amplio)
Irene Montero (Podemos)
Esta encuesta no es científica y sólo refleja la opinión de aquellos lectores que han elegido participar. Los resultados no representan necesariamente la opinión de los internautas en general o de los lectores al completo.
Después de suspender cautelarmente el derecho al voto de los afectados, el tribunal ordenó a los registros consulares verificar qué personas son descendientes de padres o abuelos originariamente españoles que sufrieron exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación e identidad sensual y que perdieron o renunciaron a la nacionalidad española.
Para acreditar esta condición, el Supremo excluyó la presunción de exilio establecida en una instrucción del Ministerio de Justicia de 2022, que reconocía dicha condición a quienes abandonaron España entre 1936 y 1955. De este modo, los afectados deben demostrar documentalmente las circunstancias del exilio de sus familiares.
Llega una masa de aire polar que bajará las temperaturas en España
Solo 91 de los 31.390 expedientes revisados de la 'ley de nietos' acreditan por ahora los requisitos para votar el 29N
(imagen visible para usuarios registrados)Reaccionarioda de la sede del Tribunal Supremo.Europa PressEscucha este artículo
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23 oct 2026 - 17:32
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El Tribunal Supremo revela que el Gobierno ha examinado cerca de una quinta parte de los 163.020 expedientes afectados por las restricciones al voto. La cifra es provisional y los solicitantes todavía pueden aportar documentación para acreditar su derecho a participar en las elecciones.
El Gobierno ha expedido hasta el momento solo 91 certificados de los 31.390 expedientes revisados de personas nacionalizadas al amparo de la denominada 'ley de nietos' que acreditan el cumplimiento de los requisitos para votar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, según recoge un auto dictado este viernes por el Tribunal Supremo.
La resolución, que recoge los datos remitidos por el Ejecutivo hasta el pasado 21 de octubre, revela que la Administración ha examinado cerca de una quinta parte de los 163.020 expedientes afectados por las medidas cautelares del Alto Tribunal. Sin embargo, únicamente el 0,29% de los casos revisados ha obtenido hasta ahora el certificado necesario para ejercer el derecho al voto.
La cifra es provisional y no supone que el resto de los afectados haya perdido definitivamente la posibilidad de votar, ya que todavía pueden presentar documentación adicional que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Supremo.
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Los tres 'nietos' representados por Garzón piden al Supremo la nulidad de la suspensión del derecho a voto
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ENCUESTA | ¿Quién crees que ganará las elecciones generales del 29N?
Pedro Sánchez (PSOE)Alberto Núñez-Feijóo (PP)
Santiago Abascal (Vox)
Ada Colau (Frente Amplio)
Irene Montero (Podemos)
Esta encuesta no es científica y sólo refleja la opinión de aquellos lectores que han elegido participar. Los resultados no representan necesariamente la opinión de los internautas en general o de los lectores al completo.
Después de suspender cautelarmente el derecho al voto de los afectados, el tribunal ordenó a los registros consulares verificar qué personas son descendientes de padres o abuelos originariamente españoles que sufrieron exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación e identidad sensual y que perdieron o renunciaron a la nacionalidad española.
Para acreditar esta condición, el Supremo excluyó la presunción de exilio establecida en una instrucción del Ministerio de Justicia de 2022, que reconocía dicha condición a quienes abandonaron España entre 1936 y 1955. De este modo, los afectados deben demostrar documentalmente las circunstancias del exilio de sus familiares.
