Banco o broker en el extranjero - Agencia Tributaria

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Inconvenientes de un banco o broker en el extranjero, sin sucursal en tu país. En el caso de que alguien te haya convencido de enviar dinero a un banco o broker de otro país diferente al tuyo (sin siquiera sucursal en tu país), y NUNCA te haya advertido de tus obligaciones fiscales (sujetas a multas elevadas) con la Agencia Tributaría de tu país, te ha engañado al omitir esa importante información. Hay que descargar y cumplimentar correctamente unos modelos y enviarlos a la Agencia Tributaria de tu país. En caso de NO cumplimentarlos y cumplimentarlos incorrectamente, hay elevadas multas.

Ventajas de un banco o broker que tenga sucursal en tu país, aunque su sede principal pueda estar fuera. Este banco o broker informa automáticamente a la Agencia Tributaria de tu país de tus movimientos de capital. Y estarán automáticamente en el borrador de tu declaración de la renta. El banco o broker de tu país informa automáticamente de los movimientos de dinero e inversión de todos sus clientes a la Agencia Tributaria de tu país.
 
Inconvenientes de un banco o broker en el extranjero, sin sucursal en tu país. En el caso de que alguien te haya convencido de enviar dinero a un banco o broker de otro país diferente al tuyo (sin siquiera sucursal en tu país), y NUNCA te haya advertido de tus obligaciones fiscales (sujetas a multas elevadas) con la Agencia Tributaría de tu país, te ha engañado al omitir esa importante información. Hay que descargar y cumplimentar correctamente unos modelos y enviarlos a la Agencia Tributaria de tu país. En caso de NO cumplimentarlos y cumplimentarlos incorrectamente, hay elevadas multas.

Ventajas de un banco o broker que tenga sucursal en tu país, aunque su sede principal pueda estar fuera. Este banco o broker informa automáticamente a la Agencia Tributaria de tu país de tus movimientos de capital. Y estarán automáticamente en el borrador de tu declaración de la renta. El banco o broker de tu país informa automáticamente de los movimientos de dinero e inversión de todos sus clientes a la Agencia Tributaria de tu país.
¡Precaución inversores! Algunos broker trabajan siempre con , de forma que los valores españoles están custodiados por una entidad en España, los títulos franceses en Francia, los estadounidenses en EEUU, etc.

Desde España. Si a 31 de diciembre, tienes un "broker con custodio local" que tenga sucursal en España, si solo tienes valores españoles en cartera, estás exento de presentar este modelo D6 y modelo 720.

Por el contrario, desde España, si a 31 de diciembre, tienes un "broker con custodio local", aunque tu broker tenga sucursal en España, si tienes algún valor extranjero en cartera, ese valor extranjero estará custodiado fuera de España en el extranjero, deberás presentar el modelo D6 y modelo 720.

Ejemplo para España:

Renta 4 broker España. Sucursal en España. Sede principal en España. Todos los valores nacionales e internacionales están custodiados en España. Por ello, informan automáticamente a la Agencia Tributaria española. Los datos estarán en el borrador de tu normal declaración online de la renta IRPF en el apartado de rendimientos del capital mobliliario. Simplemente deberás comprobar, modificar si fuera necesario, y dar el visto bueno. NO hay que presentar modelo D6 ni modelo 720.

ING España. Sucursal en España. Sede principal en Holanda. Su broker naranja tiene de intermediario a Renta 4 broker España. Por ello, informan automáticamente a la Agencia Tributaria española. Los datos estarán en el borrador de tu normal declaración online de la renta IRPF en el apartado de rendimientos del capital mobliliario. Simplemente deberás comprobar, modificar si fuera necesario, y dar el visto bueno. NO hay que presentar modelo D6 ni modelo 720.

Nota:

El modelo D6 es un formulario que informa a la Agencia Tributaria sobre la titularidad de inversiones en el exterior. En el caso más concreto de la Bolsa, este documento informa de la titularidad de valores depositados en el extranjero. Existe una obligación a presentar este formulario para todo aquel inversor que contase con títulos depositados en el extranjero en su cartera a 31 de diciembre. En caso contrario hay multas terroríficas. El modelo 720 es para cantidades que superen 50.000€ en el extranjero.
 
Última edición:
-El módelo D6 se presenta al Ministerio de Industria Comercio y Turismo.(A día de hoy no se conoce ninguna sanción al respecto)
-El módelo 720 si que se presenta a la AEAT.Ha habido requerimientos al respecto, los que han recurrido si el hecho ha sido en territorio UE practicamente lo tienen ganado por la doctrina de libre movimiento de capitales; Hacienda está retrat sentencias al respecto lo máximo posible pero se la tienen que envainar.
 
-El módelo D6 se presenta al Ministerio de Industria Comercio y Turismo.(A día de hoy no se conoce ninguna sanción al respecto)
-El módelo 720 si que se presenta a la AEAT.Ha habido requerimientos al respecto, los que han recurrido si el hecho ha sido en territorio UE practicamente lo tienen ganado por la doctrina de libre movimiento de capitales; Hacienda está retrat sentencias al respecto lo máximo posible pero se la tienen que envainar.

La única corrección que tengo que hacer a tu comentario es que el D6 se presenta en el Ministerio de Economía Paseo de la Castellana 162 y también se puede hacer telemáticamente por internet y también físicamente en un Registro Oficial.

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Por cierto el período de presentación es ahora, entre el 1 y el 31 de enero de 2021. En el D6 sólo pones las acciones que tienes en Degiro o Interactive Brokers o cualquier bróker extranjero. No tienes que declarar lo que has ganado, eso se hace en la declaración de la Renta de todos los años.
 

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