Yo2k1
Madmaxista
- Desde
- 30 Jun 2010
- Mensajes
- 2.107
- Fruta
- 2.019
No se han esperado al 10 de Junio. El consejo de Ministros hoy ya ha aprobado la penalizacion en los intereses de los depositos
El Gobierno aprobó hoy un real decreto sobre los recursos propios de bancos y cajas que incluye la penalización de los "superdepósitos" y limita las altas remuneraciones de los directivos de aquellas entidades que han recibido dinero público.
Sobre la "guerra del pasivo", la nueva norma obliga a las entidades que apliquen intereses excesivamente altos a sus depósitos a realizar contribuciones adicionales al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
Los importes recibidos por los clientes que excedan los límites fijados se ponderarán en un 500 % para calcular las aportaciones al FGD.
Así, el rendimiento que pagan las entidades a quienes contraten un depósito a plazo de hasta tres meses no podrá superar en más de 150 puntos básicos el euríbor a ese plazo, lo que con los datos actuales del Banco de España supone un interés máximo del 2,934 %.
Para depósitos de entre tres y doce meses, el interés no podrá pasar de 150 puntos básicos sobre el euríbor a seis meses -3,214 %-, y para los de más de un año, los 100 puntos básicos sobre el euríbor a doce meses -3,137 %-.
En cuanto a los depósitos a la vista, la remuneración no podrá rebasar los 100 puntos básicos del euríbor a un mes, o el 2,223 %.
El decreto especifica que el Ministerio de Economía podrá modificar al alza o a la baja estos límites.
Tienes que estar registrado para ver este contenido
El Gobierno aprobó hoy un real decreto sobre los recursos propios de bancos y cajas que incluye la penalización de los "superdepósitos" y limita las altas remuneraciones de los directivos de aquellas entidades que han recibido dinero público.
Sobre la "guerra del pasivo", la nueva norma obliga a las entidades que apliquen intereses excesivamente altos a sus depósitos a realizar contribuciones adicionales al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).
Los importes recibidos por los clientes que excedan los límites fijados se ponderarán en un 500 % para calcular las aportaciones al FGD.
Así, el rendimiento que pagan las entidades a quienes contraten un depósito a plazo de hasta tres meses no podrá superar en más de 150 puntos básicos el euríbor a ese plazo, lo que con los datos actuales del Banco de España supone un interés máximo del 2,934 %.
Para depósitos de entre tres y doce meses, el interés no podrá pasar de 150 puntos básicos sobre el euríbor a seis meses -3,214 %-, y para los de más de un año, los 100 puntos básicos sobre el euríbor a doce meses -3,137 %-.
En cuanto a los depósitos a la vista, la remuneración no podrá rebasar los 100 puntos básicos del euríbor a un mes, o el 2,223 %.
El decreto especifica que el Ministerio de Economía podrá modificar al alza o a la baja estos límites.