Nueve años por matar a Alberto por unas botas de 130 euros
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid condenó a Mhamed A., de 43 años y nacionalidad marroquí, a nueve años de prisión por asesinato y dos más por robo con fuerza. La víctima, Alberto, tenía 70 años, padecía glaucoma, movilidad reducida y vivía desde hacía 17 años en la Asociación Betel, una entidad sin ánimo de lucro para personas en exclusión social ubicada en Camarma de Esteruelas. Le llamaban El Abuelo porque era de los más veteranos. Madrugaba para hacer el desayuno a sus compañeros y dar de comer a los animales. Su hija lo describía como un vaquero: a las seis de la mañana ya estaba encima del caballo.
El relato judicial es tan escueto como estremecedor. El condenado declaró en la vista oral: «Me encontré con él, estaba de espaldas, no sé por qué le apuñalé». Y añadió: «Yo fui en su busca, no entablamos conversación». La sentencia, adelantada por
El Mundo, sitúa los hechos el 22 de mayo de 2022, sobre las diez de la mañana, en la finca Montecillo. El agresor se presentó allí, se apoderó de unas botas tasadas en unos 130 euros y de un cuchillo de cocina, y atacó a Alberto por la espalda con ánimo de terminar con su vida.
Qué pasó después del apuñalamiento
Alberto recibió más de diez lesiones, la mayoría en el abdomen y las manos. Fue ingresado de urgencia en el Hospital 12 de Octubre y permaneció allí 27 días, hasta que falleció el 18 de junio. El caso lo investigó el Juzgado de Instrucción número 6 de Alcalá de Henares. Mientras la víctima agonizaba, el agresor se dirigió a la urbanización El Practicante, del mismo municipio, donde se coló en otra vivienda, causó destrozos, se cambió de ropa, durmió y robó el móvil al dueño antes de marcharse.
El condenado acumulaba antecedentes por tráfico de drogas y por provocar un incendio. Por este último delito cumplía una condena de internamiento en un centro psiquiátrico. La sentencia describe su arraigo en España como no acreditado y sus antecedentes como no computables a efectos de reincidencia. La familia, representada por el abogado Jorge Sanz Escribano, pidió la prisión permanente revisable. No la obtuvo. La condena final: once años en total y una indemnización de 100.000 euros a cada uno de los tres hijos.
La seguridad que no existía en la finca
El letrado de Vadillo Abogados sostiene que el autor pudo salir con total impunidad debido a la ausencia total de seguridad y vigilancia. Es el punto donde el caso deja de ser una crónica negra y se convierte en otra cosa. Una entidad sin ánimo de lucro, dedicada a la acogida de personas en exclusión social y problemas de adicciones, sin vigilancia, en una parcela de un municipio próximo a Alcalá de Henares. Un hombre de 70 años con glaucoma que había perdido la visión del ojo izquierdo y tenía problemas en el derecho. Un agresor con antecedentes que entra, coge unas botas, coge un cuchillo y mata.
Isabel, la hija, hablaba con su padre todos los días por teléfono a las 9.30 de la mañana. Hasta que un día Alberto no llamó. Su madre le dio la noticia. «Todo lo que le suceda me parece poco. Es que han matado a mi padre. Esperamos que nadie pase por lo que estamos pasando nosotros», declaró. La familia no ha vuelto a tener contacto con Betel desde la tragedia.
El debate: entre la condena y el sistema que lo permitió
La reacción social que recoge el material no se detiene en el autor. Una parte del análisis apunta a la política migratoria y a la regularización como causa estructural. Otra corriente desplaza la culpa hacia los jueces y las fuerzas de seguridad, a los que acusa de poner en la calle a personas con antecedentes. Hay quien sostiene que el problema es la ausencia de seguridad en entidades como Betel, que acogen a población vulnerable sin medios. Y hay quien directamente apunta al sistema penal por no aplicar la prisión permanente revisable.
El propio lenguaje de la sentencia genera desconfianza. La expresión «cuyo arraigo en España no ha quedado acreditado» se lee, en una parte del debate, como un eufemismo para decir que residía de forma ilegal. «Con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito y tras acceder sin empleo de la fuerza» se interpreta como que entró a robar porque estaba abierto. La distancia entre lo que dice el fallo y lo que entiende el lector medio es, en sí misma, un fenómeno.
Quién paga los 100.000 euros por cada hijo
La indemnización de 100.000 euros por cada uno de los tres hijos plantea una pregunta incómoda: de dónde sale ese dinero. Si el condenado carece de patrimonio y cumplía internamiento psiquiátrico, la responsabilidad civil recae subsidiariamente en el Estado. Es decir, en los contribuyentes. Es el tipo de detalle que convierte un caso judicial en un asunto de economía pública.
La condena de nueve años por asesinato y dos por robo con fuerza cierra el procedimiento, pero no cierra nada más. Alberto ya no madruga para dar de comer a los animales. Su hija no recibe llamadas a las 9.30. Y la pregunta de por qué un hombre con antecedentes, internado en un centro psiquiátrico por un incendio, acabó apuñalando por la espalda a un septuagenario por unas botas de 130 euros sigue sin una respuesta que satisfaga a nadie.