Aflorar dinero discretamente y sin pagar impuestos

Añado...

Este el el modelo 720:

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Como ves hay un apartado que pone "Código de país". Si tienes un monedero lleno de bitcoñitos ¿qué código de país pondrías? Pues ninguno, no puedes rellenar correctamente el modelo 720 porque los bitcoñitos no están en ningún país en concreto. También te piden nombre de la entidad, que tampoco podrías rellenar porque el Bitcoin no tiene razón social. También te piden abajo del todo un código postal y país de la entidad o inmueble, cosa que tampoco podrías rellenar por los motivos ya explicados. Vamos que aunque quieras presentar el 720 por precaución, no podrías rellenar ni la mitad de los datos que te piden, así que yo pienso que el 720 no aplica a bitcoin de ninguna manera.
 
Añado...

Este el el modelo 720:

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Como ves hay un apartado que pone "Código de país". Si tienes un monedero lleno de bitcoñitos ¿qué código de país pondrías? Pues ninguno, no puedes rellenar correctamente el modelo 720 porque los bitcoñitos no están en ningún país en concreto. También te piden nombre de la entidad, que tampoco podrías rellenar porque el Bitcoin no tiene razón social. También te piden abajo del todo un código postal y país de la entidad o inmueble, cosa que tampoco podrías rellenar por los motivos ya explicados. Vamos que aunque quieras presentar el 720 por precaución, no podrías rellenar ni la mitad de los datos que te piden, así que yo pienso que el 720 no aplica a bitcoin de ninguna manera.
Una exposición lógica muy buena, pero la lógica de Hacienda creo que ha ido por otros derroteros.
Siento no poder darte fuentes como has hecho tú, pero yo no tengo tan claro que no haya que presentar 720 (por ilógico que sea).

Fuera del mundo btc, el 720 está siendo revisado por la UE ya que hasta para ellos es pasarse de listo.
 
el dia X se movieron 2 bitcoins de la direccion x (exchange ) a la y (mia)

el dia X' se movieron 2 bitcoins de la direccion y (mia) a la direccion x' (mi cuenta en el exchange) donde lo converti en euros y a mi cuenta bancaria


ganancia: 2 * el precio de bitcoin el dia X'

deduccion: 2 * el precio de bitcoin el dia X

a pagar 2 (X' - X) * 0.26

tengo que justificar la procedencia del dinero para comprar bitcoin el dia X, cuando eran mas baratos


Con eso no demuestras nada de lo que le interesa a hacienda. Efectivamente, veo que en el ultimo párrafo te das cuenta... lo que te pide hacienda es el origen del dinero con el que compraste los bitcoins. Es decir, necesitas una transferencia bancaria a un exchange para poder demostrarlo. Si tus bitcoins los conseguiste de otra forma no puedes demostrar nada de cara a hacienda.
 
Una exposición lógica muy buena, pero la lógica de Hacienda creo que ha ido por otros derroteros.
Siento no poder darte fuentes como has hecho tú, pero yo no tengo tan claro que no haya que presentar 720 (por ilógico que sea).

Fuera del mundo btc, el 720 está siendo revisado por la UE ya que hasta para ellos es pasarse de listo.


Eso hablando de dinero FIAT, en BTC imagino que será más raro todavía que te sancionen.
 
Última edición:
Con eso no demuestras nada de lo que le interesa a hacienda. Efectivamente, veo que en el ultimo párrafo te das cuenta... lo que te pide hacienda es el origen del dinero con el que compraste los bitcoins. Es decir, necesitas una transferencia bancaria a un exchange para poder demostrarlo. Si tus bitcoins los conseguiste de otra forma no puedes demostrar nada de cara a hacienda.

Nunca os olvidéis que se puede realizar una compraventa privada entre particulares...y uno de esos particulares no tiene por que ser necesariamente de este país...ni tan siquiera de este continente.

Cuando estudiaba fiscal, lo que aprendí es que casi todo puede ser interpretado de diferente modo según el lado del que se esté...y sobre todo aprendí que quién domine el comercio internacional, con su fiscalidad (impuestos, tasas, aduanas...) tiene hoy por hoy el salario que quiera ganar.

Usad la cabeza y no penséis solo en línea recta.

Buen día

P.D. Por cierto ¿Quién asegura que hay que presentar un 720 con los BTC en un HD?... es que no me quedo con la copla del motivo de tal idea.

Gracias
 
Última edición:
P.D. Por cierto ¿Quién asegura que hay que presentar un 720 con los BTC en un HD?... es que no me quedo con la copla del motivo de tal idea.

Gracias

El tema lo ha sacado el forero @Hal Finney y quizás deberíamos abrir un hilo propio y debatirlo ahí, porque el plazo para presentar el modelo 720 se acaba el próximo 31 de marzo. Yo según entiendo no nay que presentarlo, pero hay foreros que dicen que Hacienda es muy fruta y que nunca se sabe con ellos.
 
A mi lo que me parece es que por aquí escriben funcionarios de la agencia tributaria para tantear un poco al personal. De nuevo reitero que no podemos valorar el precio de BTC hasta que se venda a fiat en un exchange entre particulares o del modo que sea...pero a fiat.

Yo puedo tener 1000 BTC y valorarlos a precio de coinmarket cap...o de kraken o de coinbase… pero ninguno de esos exchangers certifica veracidad en ese precio, no es un precio real certificado por ningún ente gubernamental, ni por el BCE ni por la agencia tributaria, ni por la FED, ni por la CNMV...

Yo puedo certificar el precio de las acciones del banco Santander a cierre del 31 de diciembre del año declarado pues la CNMV certifica al precio de cierre de dicho valor … pero lo de los BTC es de chiste... incluso podría hoy mismo vender 1000 BTC si los tuviera a 100€ unidad y pericialmente no se podría demostrar que miento, ya que no hay tablas de peritación como para un coche o un bien inmueble.

el 720... así nos va en este país...nos meten la puntita del dedo y pedimos que nos metan el puño entero...

Allá cada cual con sus decisiones...yo en el colegio era de los que no hacia los deberes, pero tampoco corría al llegar a clase a decirle al profesor que no los había hecho...y menos de chivarme de algún compañero.

La finalidad de BTC es la que es, el que quiera entenderlo que lo entienda, y el que no...pues terminará sin ellos.

Suerte con vuestras decisiones.
 
A mi lo que me parece es que por aquí escriben funcionarios de la agencia tributaria para tantear un poco al personal. De nuevo reitero que no podemos valorar el precio de BTC hasta que se venda a fiat en un exchange entre particulares o del modo que sea...pero a fiat.

Yo puedo tener 1000 BTC y valorarlos a precio de coinmarket cap...o de kraken o de coinbase… pero ninguno de esos exchangers certifica veracidad en ese precio, no es un precio real certificado por ningún ente gubernamental, ni por el BCE ni por la agencia tributaria, ni por la FED, ni por la CNMV...

Yo puedo certificar el precio de las acciones del banco Santander a cierre del 31 de diciembre del año declarado pues la CNMV certifica al precio de cierre de dicho valor … pero lo de los BTC es de chiste... incluso podría hoy mismo vender 1000 BTC si los tuviera a 100€ unidad y pericialmente no se podría demostrar que miento, ya que no hay tablas de peritación como para un coche o un bien inmueble.

el 720... así nos va en este país...nos meten la puntita del dedo y pedimos que nos metan el puño entero...

Allá cada cual con sus decisiones...yo en el colegio era de los que no hacia los deberes, pero tampoco corría al llegar a clase a decirle al profesor que no los había hecho...y menos de chivarme de algún compañero.

La finalidad de BTC es la que es, el que quiera entenderlo que lo entienda, y el que no...pues terminará sin ellos.

Suerte con vuestras decisiones.
Entonces amigo, si hacienda me requiere para que demuestre que he hecho una transacción de 1000 bitcoins que los he vendido a 100 euros la unidad, y le digo q los he hecho en mano, cómo habría q proceder?
 
Entonces amigo, si hacienda me requiere para que demuestre que he hecho una transacción de 1000 bitcoins que los he vendido a 100 euros la unidad, y le digo q los he hecho en mano, cómo habría q proceder?
Contrato de compraventa privado con un extranjero no residente sería una posibilidad.

Tu presentas el contrato entre partes y precio pactado. Los BTC pasan de tu propiedad a la del extranjero que te paga en la divisa que escojas... Al banco o en efectivo. Incluso a una cuenta extranjera a tu nombre.

El problema es tener los 1000BTC el resto es creatividad... Ya me gustaría tener ese problema.

Un saludo
 
Con eso no demuestras nada de lo que le interesa a hacienda. Efectivamente, veo que en el ultimo párrafo te das cuenta... lo que te pide hacienda es el origen del dinero con el que compraste los bitcoins. Es decir, necesitas una transferencia bancaria a un exchange para poder demostrarlo. Si tus bitcoins los conseguiste de otra forma no puedes demostrar nada de cara a hacienda.

Entonces en el caso de tener bitcoins por pagos de campañas de firmas de bitcointalk que harias?

No es justo que un dinero que hayas ganado haciendo una actividad licita, resulta que no se puede demostrar, cuando es facilmente demostrable que:

1) Yo poseo la direccion donde se me hizo el pago, mediante firma criptografica
2) Ese pago viene de ese contexto de actividad legal (publicidad en un foro)

Por que tendria esa gente ahora ser tratada como un extremista violento, sin posibilidad de disfrutar de su dinero? que hacer?
 
Entonces en el caso de tener bitcoins por pagos de campañas de firmas de bitcointalk que harias?

No es justo que un dinero que hayas ganado haciendo una actividad licita, resulta que no se puede demostrar, cuando es facilmente demostrable que:

1) Yo poseo la direccion donde se me hizo el pago, mediante firma criptografica
2) Ese pago viene de ese contexto de actividad legal (publicidad en un foro)

Por que tendria esa gente ahora ser tratada como un extremista violento, sin posibilidad de disfrutar de su dinero? que hacer?


si tanto temes, esperate a que otros sean los conejillos de indias, al fin y al cabo, ahora no es el momento de vender
 
Contrato de compraventa privado con un extranjero no residente sería una posibilidad.

Tu presentas el contrato entre partes y precio pactado. Los BTC pasan de tu propiedad a la del extranjero que te paga en la divisa que escojas... Al banco o en efectivo. Incluso a una cuenta extranjera a tu nombre.

El problema es tener los 1000BTC el resto es creatividad... Ya me gustaría tener ese problema.

Un saludo


Eso del precio pactado hay que cogerlo con pinzas. Es como cuando vendes un coche... si el precio pactado son de 1000€ pero en libros (GANVAM) dice que son 5.000 entonces Hacienda no va a tragar.
 
Eso del precio pactado hay que cogerlo con pinzas. Es como cuando vendes un coche... si el precio pactado son de 1000€ pero en libros (GANVAM) dice que son 5.000 entonces Hacienda no va a tragar.
Hacienda no tiene tablas de valoración de BTC. ni MONERO ni DASH...

Yo puedo tener un sello que los expertos digan que vale 1000€ y venderlo por 100€

Se hace todos los días y en todos lados del mundo. En el libre mercado donde las partes pactan un precio... Por suerte de momento no es hacienda quien pone los precios en la mayoría de casos... Evidentemente en otros sí ajustan con tablas de valoración (vehículos, inmuebles...)

A mayores hablamos de transacción privada que incluso puedes cerrar ante notario y con un ciudadano extranjero.

¿Que hay que coger con pinzas?

Que te pueden hacer preguntas?... Pues claro... Las hacen cada día a cientos de ciudadanos... Tiran la piedra y si pillan algo... Pues pal buche

Un saludo
 
Hacienda no tiene tablas de valoración de BTC. ni MONERO ni DASH...

Yo puedo tener un sello que los expertos digan que vale 1000€ y venderlo por 100€

Se hace todos los días y en todos lados del mundo. En el libre mercado donde las partes pactan un precio... Por suerte de momento no es hacienda quien pone los precios en la mayoría de casos... Evidentemente en otros sí ajustan con tablas de valoración (vehículos, inmuebles...)

A mayores hablamos de transacción privada que incluso puedes cerrar ante notario y con un ciudadano extranjero.

¿Que hay que coger con pinzas?

Que te pueden hacer preguntas?... Pues claro... Las hacen cada día a cientos de ciudadanos... Tiran la piedra y si pillan algo... Pues pal buche

Un saludo


Pues que si en los mil exchanges que hay repartidos por el mundo el precio de bitcoin está entre 3900 y 4100 no te va a aceptar que vendiste a 100 por mucho contrato privado que presentes.
 
Pues que si en los mil exchanges que hay repartidos por el mundo el precio de bitcoin está entre 3900 y 4100 no te va a aceptar que vendiste a 100 por mucho contrato privado que presentes.

Pero es que de este modo regresamos siempre al punto de partida.

El titulo del post es aflorar discretamente sin pagar impuestos...para empezar la discreción pasa por que no aparezcan de la noche a la mañana 6 cifras en una cuenta tuya...y lo segundo es entender que en occidente todo movimiento de capitales deja huella electrónica...por eso la guerra abierta contra el fiat por ejemplo o las coins anónimas.

Si no aceptan un contrato privado pues no puedes hacer nada más ni mejor para legalizar algo que no has robado a nadie...del mismo modo si declaras poseer 1000BTC y luego pierdes las claves, aun que sea cierto al 100% tampoco te van a creer.

Como dije, cada uno barre para su lado en cuanto a interpretaciones...por eso hay que saber lo que sí y no hacer, pues una vez que se hace, ya no hay vuelta a atrás.

Buen día
 
se me ocurren dos soluciones , una para ls oque quieren ir de legal y otra para los que no:

1- el que quiera ir de legal y no tenga como justificar el origen de sus bitcoin, que se haga una foto con su clave publica y un niño pequeño en brazos o delante de un edificio en construccion, a unas malas puede valer.

2- el que tenga el "problema" de que sus bitcoins ya suman una fortuna, la opcion pirata, que los mande a una pool de esas que confunden las direcciones y de ahi a una cuenta neteller o skrill con identidad falsa, les pides que te manden la tarjeta a mailboxes a al buzon de una casa que sabes que no vive nadie y a vivir del cuento. pero claro, nunca se sabe si te van a trinkar.
 
Ni se te ocurra abrir una cuenta en la Isla de Jersey y transferir ahí el importe de la venta de los BTC; debes hacerlo aquí y tributar hasta el último céntimo como es tu obligación.
 
se me ocurren dos soluciones , una para ls oque quieren ir de legal y otra para los que no:

1- el que quiera ir de legal y no tenga como justificar el origen de sus bitcoin, que se haga una foto con su clave publica y un niño pequeño en brazos o delante de un edificio en construccion, a unas malas puede valer.

2- el que tenga el "problema" de que sus bitcoins ya suman una fortuna, la opcion pirata, que los mande a una pool de esas que confunden las direcciones y de ahi a una cuenta neteller o skrill con identidad falsa, les pides que te manden la tarjeta a mailboxes a al buzon de una casa que sabes que no vive nadie y a vivir del cuento. pero claro, nunca se sabe si te van a trinkar.

1. No se que pretendes hacer luego con esa foto

2. A 600€ de limite diario que tiene esa tarjeta como tengas que sacar una "fortuna" antes te haces viejo. Ademas no se para que querrías mixear los bitcoins antes de iniciar ese proceso si total lo estas haciendo de forma anonima. Y si lo dices porque inicialmente están en una dirección que es conocida por algún tercero le va a dar igual que la mandes a una dirección de mixeo que una de Neteller/Skrill.
 
A mi lo que me parece es que por aquí escriben funcionarios de la agencia tributaria para tantear un poco al personal. De nuevo reitero que no podemos valorar el precio de BTC hasta que se venda a fiat en un exchange entre particulares o del modo que sea...pero a fiat.

Yo puedo tener 1000 BTC y valorarlos a precio de coinmarket cap...o de kraken o de coinbase… pero ninguno de esos exchangers certifica veracidad en ese precio, no es un precio real certificado por ningún ente gubernamental, ni por el BCE ni por la agencia tributaria, ni por la FED, ni por la CNMV...

Yo puedo certificar el precio de las acciones del banco Santander a cierre del 31 de diciembre del año declarado pues la CNMV certifica al precio de cierre de dicho valor … pero lo de los BTC es de chiste... incluso podría hoy mismo vender 1000 BTC si los tuviera a 100€ unidad y pericialmente no se podría demostrar que miento, ya que no hay tablas de peritación como para un coche o un bien inmueble.

el 720... así nos va en este país...nos meten la puntita del dedo y pedimos que nos metan el puño entero...

Allá cada cual con sus decisiones...yo en el colegio era de los que no hacia los deberes, pero tampoco corría al llegar a clase a decirle al profesor que no los había hecho...y menos de chivarme de algún compañero.

La finalidad de BTC es la que es, el que quiera entenderlo que lo entienda, y el que no...pues terminará sin ellos.

Suerte con vuestras decisiones.

Hacienda sólo puede conocer que un día mandaste dinero a un exchange, y que compraste algo. Pero si ese algo ya no está en ese exchange, y tampoco has cobrado en tus cuentas españolas por ese algo que estaba en el exchange, y que te reportó beneficios o pérdidas, Hacienda se come los mocazos.
Es como tener acciones en el broker, y que desaparezcan. Ni hay acciones ni hay beneficio ni hay pérdida.

Pero esto no durará para siempre. Tengo claro que en un periodo corto de tiempo todos los gobiernos irán a por la tenencia de criptos, y la gravarán. Por tanto, el único consejo es SACAR YA DE LOS EXCHANGES TODO LO QUE SE TENGA, antes de que las leyes cambien.

Y el que quiera hacer efectivas sus criptos, si tiene más de 5 cifras, que se vaya a otro país a vivir 7 meses, y aproveche para sacarlas allí, mientras cambia su residencia fiscal (recordando que un paraíso fiscal no cuela como residencia fiscal).
 
Ni se te ocurra abrir una cuenta en la Isla de Jersey y transferir ahí el importe de la venta de los BTC; debes hacerlo aquí y tributar hasta el último céntimo como es tu obligación.
Si la abres en la Isla de Jersey, van a ir a por ti igual. Los paraísos fiscales están bajo el punto de mira.

Mejor te la abres en un país con convenio de doble imposición con España. Y te haces residente fiscal allí. Y si quiere, que Hacienda se pelee con la Hacienda del tercer país, que además estará tan desarrollado, que no sabrá ni lo que es una cripto.
 
Aqui estariais preguntando si tuvierais mil bitcoins, y no sentados en el despacho de un buen asesor fiscal.
 
Pero si hasta con una mísera cuenta Paypal te empiezan a controlar todos los movimientos de ventas en Ebay etc que pasen de 2000 euros imagínate a tu cartera de 7 cifras. En serio, si tu dinero es lícito disfruta de él fuera de España, este país no merece más remeros haciendo el gilipilas como hago yo u muchos otros. No seas simple.
 
Y que se supone que haces medio año sin ingresos? por que la gente normal con curros normales si se va fuera pierde el trabajo y luego averigua para encontrar otro como estan las cosas. De friegaplatos 4 años hasta poder mover el dinero de vuelta? Además de lo que se ha comentado ya que si vas sin ingresos no te van a dar residencia fiscal a no ser que apoquines pasta, (y no puedes vender tus bitcoins hasta conseguir la residencia fiscal)

Si pudieras vender los bitcoins nada más llegar al pais en cuestión, podrias supongo vivir de rentas de ese capital, las cuales tributarían y seguramente si quieres pasarlo a españa en el futuro lie más el tema. Aunque para vivir de rentas del capital necesitarias al menos ya 1 millon de €....

Tampoco nada nos garantiza que en el pais donde vas su Hacienda no te vaya a dar problemas en vender bitcoins de dudosa procedencia (entiendase dudosa como cualquier cosa que no sea comprada en un exchange KYC)
Muy fácil, te creas una empresa en Estonia de forma totalmente online, sin moverte de casa y en menos de 1 mes la tienes operativa, con cuenta bancaria y tarjeta de crédito. Coste total: 600 euros.

Te vas a Portugal, te haces residente fiscal allí alquilandote 1 zulo por 300 al mes y autocontratandote como trabajador. Pagaras tus impuestos como currante en.portugal y la empresa con sede en Estonia las pagará en Estonia. Estas allí más de medio año cotizando como trabajador y lavando tus bitcoins en Estonia. Mientras no saques la pasta de la cuenta de la empresa pagaras el 0%, y si decides cobrar dividendos serian a abonar un 14%.
 

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