8 tipos de viviendas que no podrán ni alquilarse ni vender a partir de 2030: "las más vulnerables son las construidas antes de 1980"

RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

Viviendas con mala eficiencia energética dejarán de circular en el mercado a partir de 2030 El parque inmobiliario español enfrenta un cambio tectónico legislativo: las viviendas que no cumplan con ciertos estándares de eficiencia energética podrían quedar fuera del mercado, sin posibilidad de venta ni alquiler desde 2030.

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8 tipos de viviendas que no podrán ni alquilarse ni vender a partir de 2030: "Las más vulnerables son las construidas antes de 1980"​

A partir de 2030, las viviendas con mala nota en eficiencia energética no podrán venderse ni alquilarse en Europa. En España, gran parte del parque inmobiliario está en riesgo.​


Aleks Gallardo
Periodista especializado en interiorismo y diseño

02 de agosto de 2025, 15:00

No es una predicción apocalíptica, es un aviso con fecha: en menos de cinco años, una parte importante de las casas que hoy se compran y alquilan podrían convertirse en activos congelados. Europa ha hablado. No por una burbuja, ni por un desplome de precios, sino por algo más frío (o más caliente, según se mire): su mala calificación energética.
En 2030, cualquier vivienda con un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) inferior a la letra E quedará fuera del circuito legal de compraventa y alquiler en la UE. Y apenas tres años después, el corte subirá a la D. En un país donde la edad media del parque residencial supera los 43 años y casi la mitad de las casas se construyeron antes de que existiera una normativa mínima de aislamiento, el reto no es menor.
Ana Escribano firma esta casa en el barrio de Salamanca de Madrid.
Belén Imaz

Un filtro implacable para el mercado inmobiliario​

En España, el CEE ya es obligatorio para vender o alquilar. Hoy, una mala nota energética se traduce en rebajas inmediatas, negociaciones tensas o directamente operaciones bloqueadas. Y la estadística no es optimista: la mayoría de viviendas se mueven en las letras E, F o G.
Desde Sto Ibérica, uno de los principales fabricantes internacionales de productos y sistemas de aislamiento térmico de reaccionariodas, lo resumen así: hay un grupo de perfiles de vivienda que están en la diana de la normativa y que, si no se interviene, quedarán fuera del tablero. Las más vulnerables son las construidas antes de 1980 y sin reformas energéticas. En ese momento ni siquiera se exigía aislamiento en muros y reaccionariodas, por lo que la base estructural ya parte con desventaja.

Los ocho sospechosos habituales​

1. Antiguas sin reforma​

Las casas con más de 40 años y cero intervenciones de aislamiento parten de calificaciones F o G. En muchos casos, siguen con los mismos materiales y técnicas constructivas con los que salieron de obra, lo que implica muros sin aislamiento, puentes térmicos y sistemas de climatización antiguos. Su eficiencia es tan baja que, incluso con pequeñas mejoras, no alcanzan los mínimos exigidos sin una reforma profunda.

2. Facturas energéticas desorbitadas​

Cuando calentar o enfriar una vivienda cuesta mucho más de lo habitual, el problema suele estar en un aislamiento inexistente o defectuoso. Es el caso de pisos que se enfrían en pocas horas en invierno o que se convierten en hornos en verano. Ese gasto constante no solo mina el presupuesto mensual, sino que deja claro a cualquier comprador que el inmueble es un pozo sin fondo energético.

3. Humedades, moho y mal confort térmico​

Las manchas en paredes, la condensación en ventanas y la sensación de frío aunque la calefacción esté encendida son indicadores de un problema crónico. Estos síntomas suelen derivar de falta de aislamiento, ventilación deficiente o filtraciones, y no solo afectan a la eficiencia: también deterioran el inmueble, acortando la vida útil de acabados y estructuras.

4. Zonas cálidas sin protección solar​

En climas calurosos, las viviendas que no cuentan con estrategias pasivas como toldos, lamas, voladizos o revestimientos claros necesitan un uso intensivo del aire acondicionado. Esto dispara el consumo eléctrico y provoca una calificación energética baja. A la larga, también hace que estos inmuebles sean menos atractivos para quien busque confort sin depender de sistemas mecánicos.

5. Envolventes descuidadas​

Reaccionariodas, cubiertas y medianeras son la primera línea de defensa contra las pérdidas energéticas. Cuando están sin aislar, todo el esfuerzo que se haga en ventanas o climatización queda diluido. Intervenciones como el aislamiento térmico exterior (SATE) o las reaccionariodas ventiladas pueden mejorar hasta un 30% el rendimiento energético, con un impacto directo en el valor de mercado.

6. Ventanas obsoletas​

Ventanas de aluminio sin rotura de puente térmico, vidrios simples o sellados defectuosos permiten que el calor o el frío se escapen sin resistencia. Según la OCU, pueden suponer hasta un 30% de las pérdidas energéticas de un hogar. Sustituirlas por carpinterías con doble o triple vidrio, buen sellado y perfiles aislantes no solo mejora la eficiencia, sino también el confort acústico y la seguridad.

7. Sistemas térmicos y electrodomésticos viejos​

Calderas de gasóleo, equipos de aire acondicionado antiguos y electrodomésticos sin etiqueta eficiente incrementan el consumo de energía primaria y reducen la nota del CEE. Renovar estos sistemas por otros de última generación —aerotermia, bombas de calor, calderas de condensación— puede suponer un salto de varias letras y una reducción notable en la factura.

8. Ausencia de extras que suman puntos​

No tener paneles solares, ventilación mecánica con recuperación de calor o elementos de control inteligente implica desaprovechar mejoras relativamente asequibles que suman puntos en la calificación. También entran aquí los sistemas de ahorro de agua, que aunque no se reflejen de forma directa en el CEE, completan una vivienda más sostenible y atractiva para el mercado actual.

Rehabilitar o quedarse fuera​

La cuenta atrás ya ha empezado. Aunque la gran barrera es económica, las soluciones existen y no siempre implican una reforma integral. Actuar sobre la envolvente, cambiar ventanas, renovar sistemas térmicos o integrar energías renovables son medidas que, combinadas, pueden escalar varias letras en el CEE.
 
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Hay algo de noticia en el bulo. En España la calificación energética, ahora mismo, afecta 0. Nadie se la lee, nadie la mira. De hecho es un papel que no existe y que solo se obtiene cuando ya están firmadas las arras y antes de firmar en notaría. Pero es más, las partes pueden válidamente renunciar a que se aporte la calificación energética y el registrador no puede negarse a inscribir.

a) Notario.​

El Centro Directivo ha señalado que el notario debe realizar el control de cumplimiento de la legalidad respecto de la entrega del certificado de eficiencia energética y debe reflejarse en la escritura, con independencia de si esta obligación legal afecta o no a la validez del negocio.

b) Registrador.​

Desde el punto de vista registral, la falta de constancia en la escritura de compraventa del requisito de entrega del certificado de eficiencia energética no es defecto que impida la inscripción de la citada escritura. Para que así fuera, sería necesario que una norma impusiese el deber de realizar dicho control al registrador y obligue a su reflejo al practicar la inscripción (como ocurre, por ejemplo, con la exigencia de licencia para practicar segregaciones al amparo del artículo 26 TRLS).

En 2030 dudo mucho que cambie nada.
 
Hay algo de noticia en el bulo. En España la calificación energética, ahora mismo, afecta 0. Nadie se la lee, nadie la mira. De hecho es un papel que no existe y que solo se obtiene cuando ya están firmadas las arras y antes de firmar en notaría. Pero es más, las partes pueden válidamente renunciar a que se aporte la calificación energética y el registrador no puede negarse a inscribir.

a) Notario.​

El Centro Directivo ha señalado que el notario debe realizar el control de cumplimiento de la legalidad respecto de la entrega del certificado de eficiencia energética y debe reflejarse en la escritura, con independencia de si esta obligación legal afecta o no a la validez del negocio.

b) Registrador.​

Desde el punto de vista registral, la falta de constancia en la escritura de compraventa del requisito de entrega del certificado de eficiencia energética no es defecto que impida la inscripción de la citada escritura. Para que así fuera, sería necesario que una norma impusiese el deber de realizar dicho control al registrador y obligue a su reflejo al practicar la inscripción (como ocurre, por ejemplo, con la exigencia de licencia para practicar segregaciones al amparo del artículo 26 TRLS).

En 2030 dudo mucho que cambie nada.

Hay algo de noticia en el bulo. En España la calificación energética, ahora mismo, afecta 0. Nadie se la lee, nadie la mira. De hecho es un papel que no existe y que solo se obtiene cuando ya están firmadas las arras y antes de firmar en notaría. Pero es más, las partes pueden válidamente renunciar a que se aporte la calificación energética y el registrador no puede negarse a inscribir.

a) Notario.​

El Centro Directivo ha señalado que el notario debe realizar el control de cumplimiento de la legalidad respecto de la entrega del certificado de eficiencia energética y debe reflejarse en la escritura, con independencia de si esta obligación legal afecta o no a la validez del negocio.

b) Registrador.​

Desde el punto de vista registral, la falta de constancia en la escritura de compraventa del requisito de entrega del certificado de eficiencia energética no es defecto que impida la inscripción de la citada escritura. Para que así fuera, sería necesario que una norma impusiese el deber de realizar dicho control al registrador y obligue a su reflejo al practicar la inscripción (como ocurre, por ejemplo, con la exigencia de licencia para practicar segregaciones al amparo del artículo 26 TRLS).

En 2030 dudo mucho que cambie nada.

No se puede hacer una declaración de obra nueva si no tienes el certificado energético. Y quien lo controla?...el mismo notario.
Todo lo que se construye nuevo, desde hace ya unos cuantos años, tiene que tener el certificado este.
 
Luego que si hay falta de vivienda. meparto:

Pero tranquilos, seguro que sí que podrán ocuparse, para eso no importará que no tengan certificado, le da igual la seguridad y eficiencia energética de los ocupas(a esos no les pueden sacar dinero)
 
No se puede hacer una declaración de obra nueva si no tienes el certificado energético. Y quien lo controla?...el mismo notario.
Todo lo que se construye nuevo, desde hace ya unos cuantos años, tiene que tener el certificado este.
Pues sí, una empresa a la que pagas tú certifica que cumples unos requisitos, que nadie comprueba. Esto se sube junto a un montón más de papeles, cientos de folios, a la web del ayuntamiento y a correr. Esto es como los certificados de cumplir normativa de aislamientos, que ahí están, pero luego estás oyendo al vecino peerse.

En cualquier caso, este hilo va sobre vivienda antigua, no de obra nueva. Para que la obra nueva obtenga buena nota, basta con no poner calefacción central que funcione con gas o diesel y unas ventanas medio decentes. Y luego, repito, está el tema de que eres básicamente tú mismo el que te autocertificas y la total ausencia de controles, que solo se producirán cuando haya una demanda judicial por medio.
 

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