Ojo a la treta. El artículo 39.1 de la LOREG establece que el censo para una elección es el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria. Esto es, que el censo para el 29-N es el cerrado a 1 de agosto, antes de que el Supremo paralizara la 'ley de nietos'. https://t.co/xQuXUlJ4xA
— Marcos Ondarra Ver en X