Una duda: Deuda vs Pago nóminas

Sir_Wallace

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¿ Como casaría con la legalidad hacer quita de la deuda del Reino de España y seguir pagando otra cosas como las nóminas de los funcionarios ? ¿ No sería ilegal no honrar la deuda primero ?
 

melchor rodriguez

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¿ Como casaría con la legalidad hacer quita de la deuda del Reino de España y seguir pagando otra cosas como las nóminas de los funcionarios ? ¿ No sería ilegal no honrar la deuda primero ?
Ejemplo:

Yo debo 2000 euros a B.

Pero necesito 1000 euros al mes de crédito para mantener mi ritmo de vida, quien te lo da tu acreedor.

Por eso no deseo las quitas. Si lo hago la contraparte me obliga a cortar el crédito.

Pero B es un acreedor neto*. Su capacidad de ahorro es tal que puede asumir perdidas. Te impone quitas. Pero a cambio no puedes endeudarte mas. Los gastos deben pasar por su criterio.

Con lo que A debe a B 500 euros. Pero la contraparte es que se te corta la linea de crédito a 200 euros mensuales o incluso a 0. Ademas tus gastos deben reducirse a la vez. Te deja respirar pero te obligar reconocer que eres mas pobre. No puedes mantener tu anterior nivel de vida.

* Si fuera deudor neto pues le sigues suministrando crédito ya que temes que no te pague ya que necesitas ese dinero pendiente por cobrar.
 

Tonakka

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Por ahi
creo que en concurso de acreedores, primero están los empleados, despues los deudores, después los accionistas.

Pero esto puede ser asi, o puede ser de cualquier otra forma, ya que el estado es el mismo que hace las leyes, así que...
 

Sir_Wallace

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Gracias Melchor, me refería mas a si cabe en nuestro ordenamiento júridico que el estado atienda otros gastos antes que honrar su deuda. No me refería a un deudor genérico


Ejemplo:

Yo debo 2000 euros a B.

Pero necesito 1000 euros al mes de crédito para mantener mi ritmo de vida, quien te lo da tu acreedor.

Por eso no deseo las quitas. Si lo hago la contraparte me obliga a cortar el crédito.

Pero B es un acreedor neto*. Su capacidad de ahorro es tal que puede asumir perdidas. Te impone quitas. Pero a cambio no puedes endeudarte mas. Los gastos deben pasar por su criterio.

Con lo que A debe a B 500 euros. Pero la contraparte es que se te corta la linea de crédito a 200 euros mensuales o incluso a 0. Ademas tus gastos deben reducirse a la vez. Te deja respirar pero te obligar reconocer que eres mas pobre. No puedes mantener tu anterior nivel de vida.

* Si fuera deudor neto pues le sigues suministrando crédito ya que temes que no te pague ya que necesitas ese dinero pendiente por cobrar.
 

melchor rodriguez

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Gracias Melchor, me refería mas a si cabe en nuestro ordenamiento júridico que el estado atienda otros gastos antes que honrar su deuda. No me refería a un deudor genérico
Creo que no hay una ley. Si la hay cuando hay escasez de dinero, se la pasaran por el forro. Cuando los tribunales dicten, ya estan otros de jefes politicos. :D

En los ayuntamientos "quebrados". Pues la deuda a otras administraciones o Seguridad Social es prioritaria y el pago a funcionarios de carrera (los laborales públicos pueden esperar) también cuando entre dinero o cash en la tesorería municipal. Hay foreros expertos en estos temas. Haber que dicen.
 

samaruc

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¿ Como casaría con la legalidad hacer quita de la deuda del Reino de España y seguir pagando otra cosas como las nóminas de los funcionarios ? ¿ No sería ilegal no honrar la deuda primero ?
No :roto2:

Artículo 11

1. En caso de quiebra o de liquidación judicial de una empresa, los trabajadores empleados en la misma deberán ser considerados como acreedores preferentes en lo que respecta a los salarios que se les deban por los servicios prestados durante un período anterior a la quiebra o a la liquidación judicial, que será determinado por la legislación nacional, o en lo que concierne a los salarios que no excedan de una suma fijada por la legislación nacional.

2. El salario que constituya un crédito preferente se deberá pagar íntegramente antes de que los acreedores ordinarios puedan reclamar la parte del activo que les corresponda.

3. La legislación nacional deberá determinar la relación de prioridad entre el salario que constituya un crédito preferente y los demás créditos preferentes.

C95 Convenio sobre la protección del salario, 1949
Convenio relativo a la protección del salario (Nota: Fecha de entrada en vigor: 24:09:1952. Este Convenio ha sido parcialmente revisado en 1992 por el Convenio núm. 173.)
Lugar:Ginebra
Fecha de adopción:01:07:1949
Sesion de la Conferencia:32
Sujeto: Salarios



OIT
 

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Bueno, si llegan a hacer una quita supongo que después les interesará que siga habiendo un Estado, en el sentido de la existencia de una administración vinculada a la UE, no de tener un territorio sin ley en la UE que contenga millones de personas, porque si quisieran esto último ¿para qué iban a hacer la quita en vez de exprimirnos hasta el final? ¿Para tener una Somalia en la UE? :rolleye:

PD: Que no estoy diciendo que (todos/muchos/algunos) seamos imprescindibles, pero de eso a derribar toda la administración, sin más, hay un trecho... lo que estaría bien es que obligaran a optimizarla, eliminando redundancias y otros muchos defectos.
 
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Sir_Wallace

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Si claro, por supuesto, el vacío de poder es como cualquier otro, se llena, incluso en Somália, no existe tal vacío, será ocupado por clanes, castas, alquaeda, matones etc. En la caida de la union sovietica el poder lo coparon lo mafiosos. Aquí a saber quien seria.

Mi pregunta es mas bien legal, si la prioridad en el cobro es de los deudores o de otros.

La implementación particular de ese concurso de acreedores seria el que fuera. Pero si se quebrara la legalidad....




Bueno, si llegan a hacer una quita supongo que después les interesará que siga habiendo un Estado, en el sentido de la existencia de una administración vinculada a la UE, no de tener un territorio sin ley en la UE que contenga millones de personas, porque si quisieran esto último ¿para qué iban a hacer la quita en vez de exprimirnos hasta el final? ¿Para tener una Somalia en la UE? :rolleye:

PD: Que no estoy diciendo que (todos/muchos/algunos) seamos imprescindibles, pero de eso a derribar toda la administración, sin más, hay un trecho... lo que estaría bien es que obligaran a optimizarla, eliminando redundancias y otros muchos defectos.
 

Manolo y Benito

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¿ Como casaría con la legalidad hacer quita de la deuda del Reino de España y seguir pagando otra cosas como las nóminas de los funcionarios ? ¿ No sería ilegal no honrar la deuda primero ?
Ya estamos con la envidia a los funcionarios. Muchos de ellos tienen el puesto bien ganado (los que no han entrado enchufados). Preocuparos de vosotros mismos y os ira mejor. Si tanto les envidiais haceros vosotros. Ah no, que hay que estudiar mucho y nadie me asegura que apruebe.:´(
 
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Sir_Wallace

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Por supuesto.

Todos los tenedores de deuda también tienen ese dinero bien ganado. Como tambien tienen bien ganado su dinero los proveedores que no cobran. No lo olvidemos

Mi pregunta es ¿ Que prioriza la ley ?


Ya estamos con la envidia a los funcionarios. Muchos de ellos tienen el puesto bien ganado (los que no han entrado enchufados). Preocuparos de vosotros mismos y os ira mejor. Ah no, que hay que estudiar mucho y nadie me asegura que apruebe.:´(
 

Optimista bien informado

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Si claro, por supuesto, el vacío de poder es como cualquier otro, se llena, incluso en Somália, no existe tal vacío, será ocupado por clanes, castas, alquaeda, matones etc. En la caida de la union sovietica el poder lo coparon lo mafiosos. Aquí a saber quien seria.

Mi pregunta es mas bien legal, si la prioridad en el cobro es de los deudores o de otros.

La implementación particular de ese concurso de acreedores seria el que fuera. Pero si se quebrara la legalidad....
Mi pregunta es ¿ Que prioriza la ley ?
Y yo te decía que da lo mismo. Llegado el caso la ley acompañará a lo que se decida. Y siempre buscarán lo que les perjudique menos. (Aunque sea apretar sin llegar a ahogar) ¿O acaso lo dudas?
 

Sir_Wallace

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En ningún momento. Pero eso nos convertiría en Argentina ( una Argentina sin materias primas ) Todo un cambalache

Por ejemplo, si el estado se queda sin pasta podria birlar los fondos de pensiones particulares.... por supuesto por nuestro bien


Y yo te decía que da lo mismo. Llegado el caso la ley acompañará a lo que se decida. Y siempre buscarán lo que les perjudique menos. (Aunque sea apretar sin llegar a ahogar) ¿O acaso lo dudas?
 
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