Hilo Oficial de ¿qué puede valer esto?

Sin animo de criticar, y solo con animo constructivo
El local esta donde dios perdió los zapatos. Ese local vale lo que dure el
contrato con correos. Ni más ni menos.
¿Por cuanto esta firmado ese contrato?
¿Cuanto es el importe del alquiler?

Yo antes de nada miraria eso. Sin esos datos la operación no la veo viable.


No me lo tomo como una critica porque es lo mismo que digo yo. Quizas no me explique bien o es que fui demasiado escueto 🙂

Esta claro que el valor del local es el alquiler con Correos, como se pire Correos lo mas seguro es que no lo vuelvas a alquilar en la vida. Lo que yo decia es que no hace falta que el alquiler equivalga a una rentabilidad anual de un 50%, con que tenga un 10% es suficiente. Pero claro, tampoco vale de nada si el contrato termina en 4 años.
 
Y si alguno se anima.... Venga que no tiene minimo de adjudicación...

Según pone lo tiene el depositario, mal asunto.

Yo veo interesante un Alfa 159 y una Fiat Dobló (ambas son adj. directa en lleida) para el 30/11.
 
No me lo tomo como una critica porque es lo mismo que digo yo. Quizas no me explique bien o es que fui demasiado escueto 🙂

Esta claro que el valor del local es el alquiler con Correos, como se pire Correos lo mas seguro es que no lo vuelvas a alquilar en la vida. Lo que yo decia es que no hace falta que el alquiler equivalga a una rentabilidad anual de un 50%, con que tenga un 10% es suficiente. Pero claro, tampoco vale de nada si el contrato termina en 4 años.

Efectivamente.
Y ya puestos alguien sabe como se puede saber eso.
Lo de cuanto dura en contrato y cuanto pasa.
Es que hay un piso en Coruña, adjudicacion directa que esta más o menos en el mismo caso tiene un inquilino.
 
Según pone lo tiene el depositario, mal asunto.

Yo veo interesante un Alfa 159 y una Fiat Dobló (ambas son adj. directa en lleida) para el 30/11.

Si supongo que seria por eso que nadie lo compro en la subasta.
Ademas semejante bicho quien lo mantiene....
Todo un simbolo de la burbuja.
 
Según pone lo tiene el depositario, mal asunto.

Yo veo interesante un Alfa 159 y una Fiat Dobló (ambas son adj. directa en lleida) para el 30/11.

Aquí tengo yo mis dudas. En unas "ofertas" he visto que el bien se encuentra en depositario, en otras en deudor y en otras en depósito.
Los que los tiene el deudor ni con un palo por wifi, ¿pero los otros? ¿Qué diferencia hay entre depositario y depósito?
 
Aquí tengo yo mis dudas. En unas "ofertas" he visto que el bien se encuentra en depositario, en otras en deudor y en otras en depósito.
Los que los tiene el deudor ni con un palo por wifi, ¿pero los otros? ¿Qué diferencia hay entre depositario y depósito?

Yo entendía que depositario y deudor es lo mismo.
 
A ver, pongo un caso que me interesa realmente.

Pongamos que es un local de valor 300.000€ y cargas 100.000€, está en adjudicación directa sin depósito ni mínimo.

El local mi interesa con lo que asumiría la carga. Si yo presento una oferta de 100.000€ (que al fin y al cabo es lo que voy a tener que pagar si o si) ¿es lo mismo que si presentara una de 1.000€ y luego fuera al banco a abonar la deuda?

Es decir, mi duda es que si presento una oferta de 100.000€, los 100.000€ es para liquidar la deuda y por lo tanto no abono nada más, no?

Lo digo porque si presento una de 1.000€ corro más riesgo de que hagan una oferta superior, y con una de 100.000€ no.
 
Última edición:
A ver, pongo un caso que me interesa realmente.

Pongamos que es un local de valor 300.000€ y cargas 100.000€, está en adjudicación directa sin depósito ni mínimo.

El local mi interesa con lo que asumiría la carga. Si yo presento una oferta de 100.000€ (que al fin y al cabo es lo que voy a tener que pagar si o si) ¿es lo mismo que si presentara una de 1.000€ y luego fuera al banco a abonar la deuda?

Es decir, mi duda es que si presento una oferta de 100.000€, los 100.000€ es para liquidar la deuda y por lo tanto no abono nada más, no?

Lo digo porque si presento una de 1.000€ corro más riesgo de que hagan una oferta superior, y con una de 100.000€ no.

Yo había entendido que te va a costar lo que ofertes por el local (las que tendrás que pagar al Estado), más las deudas que tiene. Luego hay que tener cuidado porque "Los embargos posteriores se alzan, pero las deudas anteriores (ayuntamiento, comunidad, Endesa...) ¿las "heredo"?", como se dice en la página 10 del hilo.
 
Es decir, que si lo quiero para mí y hago una oferta de 100.000€ (se lo queda hacienda), luego tendré que abonarle al banco la deuda de 100.000€ también, total pagado 200.000€. ¿es correcto?
 
Es decir, que si lo quiero para mí y hago una oferta de 100.000€ (se lo queda hacienda), luego tendré que abonarle al banco la deuda de 100.000€ también, total pagado 200.000€. ¿es correcto?

Sípp, pero que lo confirme más gente
 
Es decir, que si lo quiero para mí y hago una oferta de 100.000€ (se lo queda hacienda), luego tendré que abonarle al banco la deuda de 100.000€ también, total pagado 200.000€. ¿es correcto?

100000€ se los queda hacienda y los otros 100000€ son cargas que tiene el local.

Las cargas que tiene el local son del local, NO son tuyas, por lo que el banco podrá embargar el local pero no podrá exigirte nada más (intereses, etc.)

Lo que decía El Secretario es que esos 100000€ que se le deben al banco pueden negociarse y en vez de 100000€ pagar entre 80-85K€
 
Yo entendía que depositario y deudor es lo mismo.

Pufff, no lo sé, no lo tengo tan claro. A ver si entra alguien y nos lo puede aclarar. o🙂

EDITO: He estado gugleando y, he encontrado ésto

"En general la parte que promueve la subasta nombra un depositario para los bienes muebles, que debería figurar en el edicto de la subasta.

Si no constara conviene consultar con el Juzgado, aunque los bienes siempre estarán en:

· En algún local de quien promueve la subasta

· En el Juzgado

· En poder del demandado



Por lo que habrá que hacer averguaciones de quién es el depositario en cada caso.
 
Última edición:
100000€ se los queda hacienda y los otros 100000€ son cargas que tiene el local.

Las cargas que tiene el local son del local, NO son tuyas, por lo que el banco podrá embargar el local pero no podrá exigirte nada más (intereses, etc.)

Lo que decía El Secretario es que esos 100000€ que se le deben al banco pueden negociarse y en vez de 100000€ pagar entre 80-85K€

Estamos liándonos un poco me parece, el tema de los 100.000€ debe ser como decíis.

En cuanto a que son cargas del local lo sé, pero en este caso estaba hablando de que me quedo el local por lo que no quiero que me lo embarguen.

Y en cuanto a negociar las cargas piensa que sólo se da en casos de importes muy altos (millones de €), cuando la carga es mucho más alta del valor actual del bien, o por intereses cruzados (que seas un cliente importante para el banco). Hay varios anuncios si buscáis por googles de bufetes que se dedican a la quita de deuda entre otras cosas.
 
Pufff, no lo sé, no lo tengo tan claro. A ver si entra alguien y nos lo puede aclarar. o🙂

EDITO: He estado gugleando y, he encontrado ésto

"En general la parte que promueve la subasta nombra un depositario para los bienes muebles, que debería figurar en el edicto de la subasta.

Si no constara conviene consultar con el Juzgado, aunque los bienes siempre estarán en:

· En algún local de quien promueve la subasta

· En el Juzgado

· En poder del demandado



Por lo que habrá que hacer averguaciones de quién es el depositario en cada caso.

Yo deducí depositario=deudor porque cuando no es así te ponen datos de contacto para ver el vehículo o preguntar, además las fotos cuando está en depositario suelen ser recintos pequeños (parecen garajes privados).
 
Hay varios anuncios si buscáis por googles de bufetes que se dedican a la quita de deuda entre otras cosas.

Yo no tengo muy buena opinión de los abogados (en general). Así que no recomendaría nunca un bufete, pero allá tú
 
Estamos liándonos un poco me parece, el tema de los 100.000€ debe ser como decíis.

En cuanto a que son cargas del local lo sé, pero en este caso estaba hablando de que me quedo el local por lo que no quiero que me lo embarguen.

Y en cuanto a negociar las cargas piensa que sólo se da en casos de importes muy altos (millones de €), cuando la carga es mucho más alta del valor actual del bien, o por intereses cruzados (que seas un cliente importante para el banco). Hay varios anuncios si buscáis por googles de bufetes que se dedican a la quita de deuda entre otras cosas.

Si te lo quieres quedar deberás pagar 200k.

Siempre se puede negociar un % de la deuda, lo que dijo El Secretario en mensajes anteriores es que si las cargas son de varios millones de euros las quitas pueden llegar a ser superiores al 50% pero para cantidades pequeñas el margen de negocioación se reducía a un 10-20%.
 
En cualquier caso, esas quitas hay que negociarlas antes de pujar. Una vez pujado y siendo tuyo el bien ya no tienes nada con lo que negociar.
 
En cualquier caso, esas quitas hay que negociarlas antes de pujar. Una vez pujado y siendo tuyo el bien ya no tienes nada con lo que negociar.

Si estuviera por aquí el secretario te diría que eso no es así, o por lo menos no siempre.
 
Que opinas de esto???

Nº adjudicación directa:S2012R227600100501
Presentación de ofertas😀ELEGACION DE LA AEAT (PZ NAVARRA 11 HUESCA)
Fecha límite de presentación de ofertas:03-Dec-2012 a las 23:59
Precio mínimo de adjudicación:No hay precio mínimo de adjudicación
Importe del depósito:222,22 €

Mostrar Más Información
Tipo de Bien Valoración Cargas Localización
Inmueble 223.564,43 € 221.342,23 € Huesca

Tipo de bien:Local comercial
Título Jurídico😛leno dominio
Localización:CL/ MAYOR, 43
22700 JACA HUESCA
Inscripción:Registro número 0 de JACA
Tomo: 1151 Libro: 193
Folio: 115 Finca: 9555 Inscripción: 1
Descripción: URBANA: NÚMERO TRES. LOCAL COMERCIAL EN LA PARTE DE EDIFICACION Nº 43 DE LA CALLE MAYOR Y 2 DE LA CALLE GIL BERGES DE JACA. LOCAL COMERCIAL INTEGRADO POR DOS AMBITOS: A) UNO DE ELLOS ESTA EN PLANTA SOTANO Y MIDE 49 METROS Y 83 DECIMETROS CUADRADOS Y B) EL OTRO ESTA EN PLANTA BAJA Y MIDE 94 METROS Y 78 DECIMETROS CUADRADOS. AMBOS AMBITOS SE HALLAN INTERCOMUNICADOS ENTRE SI POR UNA ESCALERA PRIVATIVA INTERIOR.
Información Adicional: Las cargas son: - Hipoteca a favor de Multicaja: 138.160,70 €. - Hipoteca a favor de Fincas Duplex SA: 53.425,59 €. - Embargo a favor de la Tesorería Gral Seg. Social: 29.755,94 €.
 
Conozco la zona por ir de veraneo y mi pregunta es si existen posiblidades de negociar con los bancos por esas cantidades.
 
Conozco la zona por ir de veraneo y mi pregunta es si existen posiblidades de negociar con los bancos por esas cantidades.

Pero ha bajado mucho el tema del esquí, y el gasto de los que esquian ni te cuento.

Yo no me metería...
 
Lo primero agradecer al autor por crear uno de los mejores hilos del foro, el cual descubrí la semana pasada por casualidad.

Yendo al asunto, siempre escuché que las propiedades tienen que estar libres de cargas para poder transferirse.
Cómo casamos eso de no asumir (ni liquidar) las deudas afectas a la propiedad con convertirse en terceros poseedores (en virtud de escritura pública además) de la misma?

Respecto a negociar las cargas, que nadie se piense que un banco le va a perdonar 80 mil euros de una hipoteca de 100 mil.
 
Me da la impresión de que tenemos unas dudas tan básicas, y las respuestas que nos damos intentando ayudar son tan tibias ("yo creo que", "me pareció entender"...) que pareceremos gacelas en un valle de leones...
 
Me da la impresión de que tenemos unas dudas tan básicas, y las respuestas que nos damos intentando ayudar son tan tibias ("yo creo que", "me pareció entender"...) que pareceremos gacelas en un valle de leones...

Cierto, 🙂

El consejo del maestro, antes de que nos dejara en este mar de dudas, fué que empezáramos con cosas pequeñas de importes bajos y que poco a poco fuéramos haciendo bola y cogiendo experiencia. Aunque es tentador lo de empezar con un inmueble no es buena idea, y si tiene cargas "a negociar" directamente suicida.
 

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