*Tema mítico* : ¿Qué opináis de SwissQuote para guardar los ahorros?

Yo solo comuniqué el IBAN, no apertura de cuenta por divisa. Les dije que habia abierto cuenta en Euros y les di el IBAN. Ahora que hago? Hacer como que he abierto otra cuenta en FRANCOS?

Yo no me preocuparía, ya que el IBAN es la cuenta sin el último dígito, creo que éste es para control del Swissquote de la divisa que se opere. Es España también hay cuentas multidivisas, yo tengo una en Cajacanarias que opera también en euros, dólares y francos.
salu2
 
¿Alguien podría arrojar un poco de luz sobre los Securities Investments? sobre todo con el modelo "defender" y la frecuencia de la inversión, yo es que no logro entenderlo.
 
No está claro que las leyes españolas queden fuera del alcance en las relaciones de un cliente español con un banco suizo. Si leeis los dos enlaces siguientes vereis que incluso la FINMA advierte a sus bancos supervisados de los riesgos relacionados con las leyes extranjeras en sus operaciones con no residentes:




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He leído los enlaces que comentas y creo que se refieren más bien a operaciones de los bancos suizos en el extranjero, y no a los ingresos de ciudadanos extranjeros en un banco suizo. También se refiere a las posibles operaciones de filiales de bancos suizos en otros países.
 
Bueno me he leido casi todas las 179 paginas. Y mientras me lo he ido leyendo he encontrado otro banco, que para estudiantes estaria muy bien, para los mayores de 28 creo que es ya no tanto.

Pedi los papeles y todo a swissquote lo más seguro es que abre cuenta alli aunque no mentaningun euro y despues los meta al otro. Sobre Swissquote lo tengo todo bastante claro sino ya os consultaria alguna duda.

El otro banco es el CIM Banque.

Aqui los enlaces a las diferentes cuentas:

No estudiantes:


Estudiantes( La que me interesa):


En la de estudiantes hay minimo para abrir la cuenta de 1500 CHF o Euros o dolares allí no lo especificia pero me he puesto en contacto con ellos y me lo han dicho así.


Como lo veis. Abro un hili paralelo. Un puntazo esque puedes tener tarjeta a diferencia de Swissquote.

Saludos de un novato al foro.

gracias por la información, pero una de las condiciones de la cuenta en CIM es que tiene un coste trimestral de 90 CHF
 
gracias por la información, pero una de las condiciones de la cuenta en CIM es que tiene un coste trimestral de 90 CHF

Si por eso hablo mas que nada para las cuentas hasta 28 años. Merece la pena, por ser sin costes y por que además a diferencia de Swissquote tienes tarjeta de credito. Pero no se del todo la fiabilidad del banco, ya que todo el mundo abre cuentas a swissquote cosa que tambien hare pero para poner dinero este tambien parece buena opción si es seguro.
 
He leído los enlaces que comentas y creo que se refieren más bien a operaciones de los bancos suizos en el extranjero, y no a los ingresos de ciudadanos extranjeros en un banco suizo. También se refiere a las posibles operaciones de filiales de bancos suizos en otros países.

En los documentos se dice que las filiales ubicadas en paises extranjeros están sujetas a las leyes de esos países. Eso siempre ha sido así y no parece preocupar demasiado a la banca suiza porque en ese aspecto nada ha cambiado ("A Swiss financial institution with a permanent presence abroad is subject to the law of the host country just the same as if it was headquartered there")

La preocupación actual es por la actividad "cross-border" en la que el cliente está en un país y la empresa en otro. "Many countries apply strict regulations to Swiss financial institutions, which do not have a permanent presence abroad, but are involved in cross-border business" (Muchos países aplican estrictas regulaciones a las instituciones financieras suizas, que no teniendo presencia física en el extranjero, tienen un negocio inter fronterizo).

Habla incluso específicamente de la situación en que "It opens a business relationship with a client based abroad" (abre una relación con un cliente que se encuentra en el extranjero).

No se, a mi me parece muy clara cual es la preocupación de la que hablan estos documentos. Fijate en el párrafo que dice "acts performed exclusively or largely outside the country, e.g. on Swiss territory" (actos realizados exclusivamente o en gran parte fuera de su país, es decir en territorio suizo).

Para mí la conclusión es que la banca suiza no las tiene todas consigo para hacer prevalecer sus leyes sobre las leyes de los países de origen de sus clientes.
 
No se, a mi me parece muy clara cual es la preocupación de la que hablan estos documentos. Fijate en el párrafo que dice "acts performed exclusively or largely outside the country, e.g. on Swiss territory" (actos realizados exclusivamente o en gran parte fuera de su país, es decir en territorio suizo).

Para mí la conclusión es que la banca suiza no las tiene todas consigo para hacer prevalecer sus leyes sobre las leyes de los países de origen de sus clientes.

En la banca suiza tradicional, no han tenido nunca ningun problema en prevalecer la legislacion suiza independientemente de los paises de origen o residència de los clientes. El que la cuenta se abra presencialmente, por fax, correo o Internet, no deberia afectar a dicha practica habitual.
 
Respecto a la tributación de los intereses obtenidos en Suiza debe de puntualizarse que en términos económicos tanto da declararlos como no.
Si no los declaras, no tributas y punto, es decir, coste fiscal igual a cero.
Si los declaras, tributas al tipo fijo de los intereses en el IRPF, pero en la misma declaración te aplicas la deducción por doble imposición internacional, que es la menor entre lo pagado allí (35%) o lo pagado aquí, con lo que al final de la declaración el coste fiscal sigue siendo cero.

Eso si, tanto en un caso como en el otro los intereses obtenidos en Suiza tienen un sobrecoste fiscal que es la diferencia entre el tipo español y el 35% Suizo.
 
- No estoy seguro si puse a mi muyer como cotitular ¿Hay algún apartado en la página para saber los datos de la misma, incluido los titulares de la misma? Supongo que la podré poner ahora pero tampoco encuentro desde dónde descargar el documento correspondiente (el enlace que alguno habéis puesto para descargarlo no funciona).

En principio, en la página web yo no he encontrado ningún sitio donde aparezcan los titulares de la cuenta, pero hace poco me han llegado un par de notificaciones al buzón de Swissquote (te mandan un email diciendo que tienes notificaciones en tu buzón, haces login, te vas a notificaciones->mailbox y alli puedes leerlas). Pues bien, estas notificaciones son una especie de "extracto de cuentas" en pdf donde aparecen datos sobre lo que tienes en las cuentas, y en el encabezado de dichos documentos si que aparecen ambos cotitulares como "account owners".
 
Cuando enviáis los 3 DD1 para declarar la cuenta, el IBAN que metéis es el mismo (el acabado en 00) pero especificando en cada uno la diferente moneda?

O cambiaís el IBAN usando 00 para CHF, 01 para EUR y 02 para USD?

La verdad es que me he liado con eso de los 3 números de cuenta...
 
Omite esos dos dígitos q mencionas (debe ser la misma, en distitna divisa)
 
Muchas gracias. Ahora voy a hacer la última pregunta y ya me queda todo claro:

Entiendo que si relleno el papel para la opción B (desestimación del secreto bancario y demás), a la hora de rellenar la declaración de hacienda, es como si tuviese la pasta en una cajita española, correcto? Es decir, que automáticamente se cargan mis datos fiscales y aparece en la declaración, junto con la cantidad de impuestos a pagar -> todo automático y 0 problemas.

Peeero en caso de que quiera mantener el secreto bancario, y por tanto los impuestos en vez de ser pagados de manera individual en la declaración se paguen de manera 'colectiva', ¿tengo que rellenar algo en la declaración? ¿Cómo se informa a hacienda que sí que he pagado mis impuestos, que se lo reclamen a los suizos?
 
Claro, como solo hay 1270 mensajes.... 😛

Mejor que empiece por el resumen: http://www.burbuja.info/inmobiliari...wissquote-guardar-ahorros-94.html#post6474819

Y si le quedan dudas que utilice el buscador dentro del tema.
Please, ¿hay un buscador DENTRO de un UNICO tema¿

Pq es mortal las búsquedas stándard. Busca simplemente el hilo desde la hoja 1. Y no veo en "Búsqueda Avanzada" que permita una búsqueda en un hilo EN CONCRETO.

¿Lo sabe alguno?

P.D.: estoy buscando alguna respuesta que diga cuando se considera la fecha de apertura de cuenta. (Tengo la fecha de llegada de la password, pero luego tengo la fecha de la primera vez q entré con mi clave...)
 
Please, ¿hay un buscador DENTRO de un UNICO tema¿

Pq es mortal las búsquedas stándard. Busca simplemente el hilo desde la hoja 1. Y no veo en "Búsqueda Avanzada" que permita una búsqueda en un hilo EN CONCRETO.

¿Lo sabe alguno?

P.D.: estoy buscando alguna respuesta que diga cuando se considera la fecha de apertura de cuenta. (Tengo la fecha de llegada de la password, pero luego tengo la fecha de la primera vez q entré con mi clave...)

Desde que te llega el password. Pero tienes un més pero mas vale hacerlo cuanto antes por si acaso.
 
Please, ¿hay un buscador DENTRO de un UNICO tema¿

Pq es mortal las búsquedas stándard. Busca simplemente el hilo desde la hoja 1. Y no veo en "Búsqueda Avanzada" que permita una búsqueda en un hilo EN CONCRETO.

¿Lo sabe alguno?

Si esta dentro de un hilo, en la parte de arriba, justo debajo de los números de paginas, hay una barra con varias opciones. Una de ellas es Buscar en Tema
 
Please, ¿hay un buscador DENTRO de un UNICO tema¿
...
P.D.: estoy buscando alguna respuesta que diga cuando se considera la fecha de apertura de cuenta. (Tengo la fecha de llegada de la password, pero luego tengo la fecha de la primera vez q entré con mi clave...)

Si, busca arriba de la página, no en la barra de menu principal, sino en la del hilo, justo encima del primer mensaje de cada página. Pone "Herramientas" y a la derecha "Buscar en el tema".

La fecha mas prudente (peor caso) y que la mayoria hemos utilizado es la fecha que aparece en la carta donde te envian el password, que te enviaron el dia que te activaron la cuenta. De todas maneras, no creo que pase nada por entregarla 10 o 20 dias mas tarde, lo importante es notificarla, y si lo haces antes de enviar dinero, pues ya tranquilidad total.
 
Te contesto en tu mensaje.

Gracias por tu respuesta.

No envié el documento que me indicas (que, por cierto, no se cual es porque en el enlace que pones no sale nada) para incluir a mi muyer como cotitular. He enviado una pregunta sobre cómo hacer para incluirla y me han contestado lo siguiente:

"Thank you for your message.

We kindly inform you that you could add your vvife as a
beneficial owner and second account holder to your current
account by filling in the form "Joint account agreement"
which is available on our website on "Support" and "Forms".

A "Power of attorney" would be the correct form to just
authorise your vvife to maintain the account too. The form
is downloadable on the above mentioned path.

Please note that a certified passport copy of the 2nd
account holder is mandatory for a joint account whereas a
simple ID copy is sufficient for a power of attorney.

For both forms, your vvife would get access to the account
as soon as our headquarters have received the correctly
filled in and signed form.

Should you have further questions, please do not hesitate
to contact us. Our customer call agents will be at your
service from Monday to Friday 08h:00 - 22h:00.

Kind regards,
Swissquote Bank Ltd. "


Traducido por Google:

Les informamos que se puede añadir a su esposa como un
beneficiario y el titular de la cuenta corriente de un segundo a su
cuenta mediante la cumplimentación del formulario de "contrato de cuenta común"
que está disponible en nuestro sitio web en "Ayuda" y "Formularios".

Un "poder" sería la forma correcta de solo
autoriza a su esposa para mantener la cuenta también. La forma
se puede descargar en el camino antes mencionado.

Por favor, tenga en cuenta que una copia certificada del pasaporte de la segunda
titular de la cuenta es obligatoria para una cuenta conjunta, mientras que un
El ID de copia simple es suficiente para un poder de abogado.

Para ambas formas, su esposa tendría acceso a la cuenta
tan pronto como nuestra sede han recibido la correcta
cumplimentado y firmado.


De lo que deduzco que hay dos formas:

- Rellenando el "Joint account agreement" o Contrato de Cuenta Común, y adjuntando una copia del pasaporte certificada por un notario (como hice con el mio cuando contraté la cuenta).

- Otorgar un poder notarial a mi muyer para lo cual tengo que enviar el formulario "Power of attorney" más el poder notarial, claro.

¿He entendido bien? Yo me decantaría por la primera opción (con la salvedad de que compulsaría la copia del pasaporte en la policía que tengo entendido que es gratis y vale igual) ¿Estáis de acuerdo?

Gracias y un saludo.
 
Pues bien, estas notificaciones son una especie de "extracto de cuentas" en pdf donde aparecen datos sobre lo que tienes en las cuentas, y en el encabezado de dichos documentos si que aparecen ambos cotitulares como "account owners".

Perdona, no había visto tu mensaje.

Efectivamente, en ese documento sólo figuro yo. Por tanto, si en los casos de cotitularidad figuran ambos está claro que no envié la documentación correspondiente.

Gracias y un saludo.
 
¿He entendido bien? Yo me decantaría por la primera opción (con la salvedad de que compulsaría la copia del pasaporte en la policía que tengo entendido que es gratis y vale igual) ¿Estáis de acuerdo?

Gracias y un saludo.

La compulsa de la policía no es válida, y tendrás que volver a enviarlo, así que mejor que te lo compulse un notario y te evitas perder tiempo y dinero.
 
Please, ¿hay un buscador DENTRO de un UNICO tema¿

P.D.: estoy buscando alguna respuesta que diga cuando se considera la fecha de apertura de cuenta. (Tengo la fecha de llegada de la password, pero luego tengo la fecha de la primera vez q entré con mi clave...)

la fecha de la apertura de la cuenta es la fecha que viene en la carta donde te envían la passaword. Se lo pregunté directamente a SQ y es lo que me dijeron ellos.
 
Gracias por tu respuesta.


De lo que deduzco que hay dos formas:

- Rellenando el "Joint account agreement" o Contrato de Cuenta Común, y adjuntando una copia del pasaporte certificada por un notario (como hice con el mio cuando contraté la cuenta).

- Otorgar un poder notarial a mi muyer para lo cual tengo que enviar el formulario "Power of attorney" más el poder notarial, claro.

¿He entendido bien? Yo me decantaría por la primera opción (con la salvedad de que compulsaría la copia del pasaporte en la policía que tengo entendido que es gratis y vale igual) ¿Estáis de acuerdo?

Gracias y un saludo.

Lo que entiendo es que en la segunda opción (power of attorney), tu muyer no sería titular de la cuenta; le estás autorizando a actuar en la cuenta, con poderes ilimitados, pero legalmente no sería titular. Es más, le puedes retirar el poder en cualquier momento.

El formulario del "power of attorney" es el "poder" que se otorga, y en este caso no necesita que sea visado por un notario, solo que sea firmado por el titular y por la persona a la que se otorga el poder. Ademá te dicen los de SQ que solo se necesita una fotocopia simple del DNI.
 
Última edición:
buuuuf esto es un simpaticeo... A algunos les vale la compulsa de la policía ya otros no... En que quedamos? :roto2:

Al principio la compulsa era aceptada sin problemas. Últimamente, supongo que ante la cantidad de altas, son más estrictos y piden algo más oficial, como una fé notarial. Cualquier notaría te la hará por 4-6 euros y no perderás el tiempo, como bien te aconsejan.
 

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