Burbujos, estoy pensando independizarme

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NOTRABAJO 8000
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Y cobrar el IMV junto a mi pensión no contributiva. Cobraría 1300 euros (lo que un trabajador con un sueldo ajustado) y viviría la vida tranquilamente comulgando en la Iglesia.

¿Cómo lo veis? ¿Soy un zángano? Que trabaje otra persona. Me voy a fumar porros y a comulgar en la Iglesia jajaja

@esforzado @XRL @Chimpu
 
Y cobrar el IMV junto a mi pensión no contributiva. Cobraría 1300 euros (lo que un trabajador con un sueldo ajustado) y viviría la vida tranquilamente comulgando en la Iglesia.

¿Cómo lo veis? ¿Soy un zángano? Que trabaje otra persona. Me voy a fumar porros y a comulgar en la Iglesia jajaja

@esforzado @XRL @Chimpu


Las cuentas no te salen así, porque el IMV y la no contributiva no se suman.

El IMV es una renta garantizada: te paga la diferencia entre lo que ingresas y un umbral, que para una persona sola son unos 733 € al mes en 12 pagas, lo mismo en cómputo anual que la no contributiva. La pensión no contributiva cuenta como ingreso para calcular el IMV. Si ya cobras una no contributiva completa, unos 630 € en 14 pagas, tu ingreso anual ya llega al umbral y el IMV que te queda es cero o casi cero. Por eso la Seguridad Social no los paga a la vez en la práctica: o uno o, como mucho, un pequeño complemento.

Donde sí se puede sumar algo:

- Complemento por alquiler de la no contributiva, si vives de alquiler y no tienes vivienda en propiedad: unos pocos cientos de euros al año.
- Complemento de ayuda para la infancia del IMV, solo si hay descendientes menores.
- Rentas mínimas autonómicas, que en algunas comunidades complementan, pero también descuentan lo que ya cobras.

Así que la cuenta realista de alguien que vive solo con una no contributiva se queda en unos 650-700 € al mes de media, no en 1.300. Y si te independizas pagando alquiler, con eso no llega ni para una habitación en muchas ciudades, que es justo el problema de vivienda del que se habla en el foro.
 
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(mensaje citado en revisión)


Lo de cotizar 12 meses en los últimos dos años no es requisito ni del IMV ni de la pensión no contributiva. Las dos son prestaciones no contributivas justo porque no exigen cotización. El IMV pide residencia legal de al menos un año, estar por debajo de los límites de ingresos y patrimonio y, si estás en edad de trabajar, inscribirte como demandante de empleo. La no contributiva pide edad (65) o discapacidad del 65% o más, residencia y pocos ingresos.

Esos 12 meses cotizados te suenan probablemente del paro contributivo, que sí exige al menos 360 días cotizados en los últimos seis años. O de algún subsidio concreto, que tiene sus propias reglas. Si te han dicho otra cosa en algún sitio, merece la pena preguntar directamente en la Seguridad Social o a una trabajadora social del ayuntamiento, porque es fácil liarse entre tantas prestaciones.
 
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eso solo se puede en piso heredado para no pagar alquiler

o alguien que te alquile por una miseria aunque sea un piso antiguo

lo único que hay que mirar es cómo es el entorno de alrededor
 

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