Follow along with the video below to see how to install our site as a web app on your home screen.
Nota: This feature may not be available in some browsers.
Con 300€ eres un indigente vayas donde vayas. Con una pensión de 2500 ya es otra cosa, y si la complementas con algunas rentas más eres el rey. Claro que, como dicen más arriba, con ese dinero te quedas en algún pueblo en la España vaciada y también lo eres, aunque ya tienes que lidiar con la burocracia local: políticos, funcionarios, control digital, Agenda 2030, DGT y todas esas cosas. Yo veo Paraguay como un sitio al que huir cuando España sea como Bolivia, que cada vez falta menos.Vi dos zonas, zona urbana (apartamento) y bien amoblado, moderno, zona rural (chalet) y también, casa de teja (estuve viendo de comprar). Me pareció eso, que los servicios estaban en pañales, poca urbanización. La Sanidad te la has de pagar a donde vayas. Con 300€ no creo que "hagas la fiesta" eso me parece un bulo.
Es el único mensaje del hilo con datos, así que le contesto con datos, y hay que corregir cosas.
El convenio existe y es mucho más nuevo de lo que parece: firmado en Santo Domingo el 25 de marzo de 2023, publicado en el BOE el 29 de julio de 2024 y en vigor desde el 14 de octubre de 2024. Y dice justo lo contrario de lo que usted teme. El artículo 17 establece que las pensiones y remuneraciones similares pagadas por razón de un empleo anterior solo pueden someterse a imposición en el Estado de residencia. Solo. Una pensión del régimen general de alguien que se hace residente fiscal en Paraguay queda fuera del alcance de Hacienda, sin recaptura ninguna.
La cláusula que usted recuerda es el artículo 26.4, y no es de recaptura, es un test de propósito principal de los que trae el proyecto BEPS. Son animales distintos. Una cláusula de recaptura, o de sujeción efectiva, grava la renta cuando resulta no tributar en ninguna parte. Un test de propósito principal deniega el beneficio cuando es razonable concluir que obtenerlo era uno de los propósitos principales de un instrumento u operación. Mudarse de verdad, con vida, casa y arraigo, es mal candidato para un test de propósito principal. Mudarse en el papel, no.
Y falta la partición que de verdad decide los casos individuales y que no ha dicho nadie: el artículo 18.2. Las pensiones pagadas por un Estado por servicios prestados a ese Estado tributan en el Estado que paga, salvo que el perceptor sea residente y además nacional del otro. Traducido: pensión de régimen general, tributa en Paraguay; pensión de funcionario o de clases pasivas, sigue tributando en España se ponga usted donde se ponga. Dos jubilados de la misma edad y el mismo importe, resultado opuesto.
Ahora el dato que se lleva por delante el planteamiento entero del hilo, y que no depende de ningún convenio. El complemento a mínimos no es exportable. El artículo 59 de la LGSS condiciona el derecho a residir en territorio español. La pensión contributiva viaja a donde usted quiera, es un derecho consolidado; el complemento hasta la mínima no sale de España. Y fíjese en la ironía: el jubilado al que mejor le salen las cuentas de emigrar, el de pensión pequeña que se va donde la vida es barata, es exactamente el que pierde el trozo más grande al cruzar la frontera. El que está por encima de la mínima no pierde nada. El que está por debajo pierde toda la diferencia. Eso pesa más que el 10 de IVA, el 10 de IRP y el 10 de sociedades juntos.
Y una última que se da por hecha y no lo es. Dejar de ser residente fiscal en España no se decide, se acredita. Artículo 9 de la LIRPF: 183 días, o tener aquí el núcleo principal de sus intereses económicos, y encima la presunción de residencia si el cónyuge no separado legalmente y los descendientes menores siguen viviendo en España. Con certificado paraguayo y todo, quien conserva aquí el piso, la familia y el banco, y baja a Asunción a pasar el invierno, es residente español y paga aquí. La visa de jubilado paraguaya es un permiso de estancia, no un certificado de residencia fiscal, y en el foro se confunden las dos cosas continuamente.
Con 300€ eres un indigente vayas donde vayas. Con una pensión de 2500 ya es otra cosa, y si la complementas con algunas rentas más eres el rey. Claro que, como dicen más arriba, con ese dinero te quedas en algún pueblo en la España vaciada y también lo eres, aunque ya tienes que lidiar con la burocracia local: políticos, funcionarios, control digital, Agenda 2030, DGT y todas esas cosas. Yo veo Paraguay como un sitio al que huir cuando España sea como Bolivia, que cada vez falta menos.
Con 300€ eres un indigente vayas donde vayas. Con una pensión de 2500 ya es otra cosa, y si la complementas con algunas rentas más eres el rey. Claro que, como dicen más arriba, con ese dinero te quedas en algún pueblo en la España vaciada y también lo eres, aunque ya tienes que lidiar con la burocracia local: políticos, funcionarios, control digital, Agenda 2030, DGT y todas esas cosas. Yo veo Paraguay como un sitio al que huir cuando España sea como Bolivia, que cada vez falta menos.
A lo mejor es porque están en edad de trabajar y quieren ganar dinero. Paraguay no es un país para trabajar, es un país para vivir de rentas alejado del mundanal ruido, del infierno fiscal español y de la cárcel normativa en que se ha convertido la UE.Conozco un par de Paraguayos y por que será q no quieren volver a su país?
No tiene mar,no me sirve como destino de huidaA lo mejor es porque están en edad de trabajar y quieren ganar dinero. Paraguay no es un país para trabajar, es un país para vivir de rentas alejado del mundanal ruido, del infierno fiscal español y de la cárcel normativa en que se ha convertido la UE.
Mas de un jubilado español, con pension contributiva y residiendo en Hispanoamerica, ha dejado de cobrar la pension, por estar oficialmente fallecido y han tenido que regresar a toda velocidad a reclamarSe te ve puesto en el tema, que ya de por si es enrevesado. Pero yo he preferido ir al meollo y no al regimen general para no tener que hacer un tocho.
De acuerdo con lo que quiere decir el art 17, el problema es que nuestra sacrosanta AEAT lo retuerce todo y establece presunciones a su favor para concluir que realmente no te has pasado 183 días en Py aunque lo parezca, y que aunque los hayas pasado tu vida está realmente aquí y no allá, que es ya rizar el rizo.
A lo que yo voy es que una vez que lo has hecho todo impecable y crees que has llegado a buen puerto llega la AEAT y te recuerda el art. 26.5 del Convenio (no el 26.4 que habría que descifrar porque yo al menos no entiendo nada), y te dice esto:
5. En tanto que uno de los Estados contratantes mantenga un criterio de territorialidad en su sistema tributario, cuando por aplicación de lo dispuesto en los artículos 6 a 20 de este convenio, corresponda a ese Estado la potestad exclusiva de gravamen y con arreglo a dicho criterio de territorialidad una renta no se considere procedente de ese Estado, dicha renta podrá ser gravada en el otro Estado, como si el Convenio no hubiera entrado en vigor.
Para mi es claro, si aplicado el convenio resulta que quedas bajo jurisdicción de la hacienda de Py y esta dice que tu pensión no tributa allá entonces la AEAT tiene derecho a liquidarte el IRNR para evitar que su pensión no tribute en ninguna parte. Es el único convenio que tengo conocimiento de que contenga esta auténtica burla. Respecto al 26.4 supongo que quiere llegar al mismo resultado pero me parece ambiguo y arbitrario, porque parece que da a la AEAT la potestad de de decidir cual es tu verdadera intención. Me parece un claro ataque extremista violento contra el principio de seguridad jurídica.
Mas de un jubilado español, con pension contributiva y residiendo en Hispanoamerica, ha dejado de cobrar la pension, por estar oficialmente fallecido y han tenido que regresar a toda velocidad a reclamar
Este mensaje y otros no están disponibles para visitantes. Regístrate para leerlo.
(mensaje citado en revisión)
Paraguay es un destino penoso y con un clima malo, lo más parecido a nuestra forma de vida occidental es vivir en Buenos Aires, Montevideo o zonas rurales próximasParaguay no deja de ser un país con amplias zonas naturales y vírgenes, cosa que ya saben desde hace tiempo los alemanes que llevan siglos instaurando colonias (convenientemente aisladas de la población local) y que por cierto son la franja de población que más contribuye al producto interior bruto del país y casi todas las empresas básicas de alimentación y del sector primario pertenecen a menonitas.

Di que si fiera. Por eso miles de paraguayitas de vienen a España todos los diasSi Shurs, el país del 10-10-10, 10 de IVA, 10 de IRPF y 10 de Sociedades, un país con una moneda que crece de valor frente al dólar, un país pujante con una economía superior a la de Argentina, un país en el que incluso el seguro de automóvil no es obligatorio, un país de estado reduccionista enemigo de socialismos, un país que está atrayendo a empresas desde Brasil y Argentina por sus bajos impuestos y regulaciones, creo firmemente que es un país a considerar para emigrar con pensión de España y quedarse allí.
Ya, pero tú te has ido a un país civilizado que ya conocías de sobra previamente, no a casa Cristo de la frontera que sólo conoces por google maps.Porque la vida de cada uno es distinta.
Hay millones de europeos que esperan a jubilarse para dejar su país y venirse a España. Yo me jubilé en mayo y me marché de España en junio. Todo depende.
(mensaje citado en revisión)
Los mayores y los más jóvenes tienden a ser hipocondríacos y a necesitar atención médica continua, en cambio existimos otro tipo de personas con soberanía sobre nuestra salud y no necesitamos batas blancas, como mucho mecánicos del cuerpo para fracturas.¿Cuántos años tienes...valiente?
Los mayores de Sudamérica se vienen aquí para atenderlos con mi dinero.
A lo mejor lleva ya pagado más de lo que vas a cotizar tú en toda tu vida.
Se te ve puesto en el tema, que ya de por si es enrevesado. Pero yo he preferido ir al meollo y no al regimen general para no tener que hacer un tocho.
De acuerdo con lo que quiere decir el art 17, el problema es que nuestra sacrosanta AEAT lo retuerce todo y establece presunciones a su favor para concluir que realmente no te has pasado 183 días en Py aunque lo parezca, y que aunque los hayas pasado tu vida está realmente aquí y no allá, que es ya rizar el rizo.
A lo que yo voy es que una vez que lo has hecho todo impecable y crees que has llegado a buen puerto llega la AEAT y te recuerda el art. 26.5 del Convenio (no el 26.4 que habría que descifrar porque yo al menos no entiendo nada), y te dice esto:
5. En tanto que uno de los Estados contratantes mantenga un criterio de territorialidad en su sistema tributario, cuando por aplicación de lo dispuesto en los artículos 6 a 20 de este convenio, corresponda a ese Estado la potestad exclusiva de gravamen y con arreglo a dicho criterio de territorialidad una renta no se considere procedente de ese Estado, dicha renta podrá ser gravada en el otro Estado, como si el Convenio no hubiera entrado en vigor.
Para mi es claro, si aplicado el convenio resulta que quedas bajo jurisdicción de la hacienda de Py y esta dice que tu pensión no tributa allá entonces la AEAT tiene derecho a liquidarte el IRNR para evitar que su pensión no tribute en ninguna parte. Es el único convenio que tengo conocimiento de que contenga esta auténtica burla. Respecto al 26.4 supongo que quiere llegar al mismo resultado pero me parece ambiguo y arbitrario, porque parece que da a la AEAT la potestad de de decidir cual es tu verdadera intención. Me parece un claro ataque extremista violento contra el principio de seguridad jurídica.
Aquí se está hablando de inseguridad. Y es un hecho que hay menos en Guinea que en esos países hispanoamericanos de los que se está hablando.Eres un lince... huyes de un sitio para meterte en otro.
Vaya desastre en el vídeo. ¿Y eso lo venden como pogre? Además también ha llegado el pádel allí.En Paraguay no se conoce a la Pachamama. Paraguay no es un país andino, por si se le pasó por alto a alguno que también cree que Asunción está a un tiro de piedra de Cochabamba o Lima. Eso sí, la humedad va en el pack, como la calóh en Sevilla en veranito (miento , pasé menos calor allí que en Sevilla o incluso Roquetas hace un par de años) pero, la calidad de vida en Asunción para un ejpañol viejuno, e incluso algún yogurín que no teme ser devorado por Ao Ao o Teju Jagua, y no lo digo sólo yo, como de aquí a Lima. 😉
Pues contrata tú uno a todo riesgo.Hasta un país dónde el seguro del coche no es obligatorio he leído
Qué guay! que vaya cualquier orate sin seguro por ahí con el coche, te choque o te atropelle y se declare insolvente