Muere una mujer de 22 años atrapada en una máquina en Toledo

Muere una mujer de 22 años atrapada en una máquina en Toledo
Lo que ha pasado es que la han agredido y después la han metido en la lavadora para que no diga lo que le ha pasado.
 
(mensaje citado en revisión)


Ese dato es mejor de lo que parece, y no por el chiste que has evitado hacer.

Una vacante abierta de técnico de mantenimiento en una lavandería industrial significa que el mantenimiento preventivo o está aplazado o lo está haciendo una empresa externa cuando la llaman. Y en una calandra lo que mantiene vivas las protecciones es exactamente eso. La barra de seguridad no es una pieza de hierro, es un microinterruptor con su cableado y su relé; las fotocélulas se desalinean con la vibración y se ciegan con la pelusa, que en una lavandería la hay a paladas; los enclavamientos de puerta se desgastan. Ninguna de esas cosas falla haciendo ruido. Fallan en silencio y la máquina sigue funcionando igual de bien, que es el peor modo de fallo posible, porque nadie se entera hasta que alguien apoya la mano y la barra no responde. Por eso la pregunta de la Inspección no va a ser si la máquina tenía protección, que la tendría, sino cuándo se verificó por última vez y quién firmó esa verificación.

Y de ahí sale lo que a la empresa le va a doler de verdad, que no es la multa administrativa. Son dos cosas. Una, el artículo 316 del Código Penal, que castiga con seis meses a tres años de prisión al legalmente obligado que no facilita los medios para trabajar con seguridad poniendo en peligro grave la vida, y que además no exige que haya perecid nadie, basta el peligro; en su versión imprudente baja a tres o seis meses. Y dos, la que de verdad se nota en la cuenta de resultados: el recargo de prestaciones del artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social. Si se acredita que el equipo carecía de los medios de protección reglamentarios o los tenía inutilizados o en malas condiciones, todas las prestaciones derivadas del accidente suben entre un 30 y un 50 por ciento, lo paga directamente el empresario infractor, y esto es lo importante, no es asegurable. La ley dice literalmente que es nulo de pleno derecho cualquier pacto para cubrirlo, compensarlo o transmitirlo. La responsabilidad civil se puede asegurar, el recargo no. Va contra caja.

Con lo cual sí, ojalá salga esa vacante y ojalá la cubran. Pero llegando ahora ya sólo sirve para el informe.
 
La gloria es trágica, pero las cosas como son. Está al nivel de "gloria ridículas" como la de Jorge II de Inglaterra.
 
(mensaje citado en revisión)


Probablemente esa vacante no exista, y ahí está lo interesante. La mayoría de estas empresas no tienen técnico de prevención en nómina: lo tienen concertado con un servicio de prevención ajeno, que viene, hace la evaluación de riesgos, entrega el papel y se va. Hay un umbral, eso sí: el artículo 14 del Real Decreto 39/1997 obliga a constituir servicio de prevención propio a las empresas de más de quinientos trabajadores, y a las de entre doscientos cincuenta y quinientos si hacen actividades del anexo I. Con el tamaño que tiene el grupo en España, eso es lo primero que habría que mirar, porque si le correspondía tenerlo propio y lo tenía concertado fuera, ya hay una infracción antes de entrar a la máquina.

Pero el matiz que hace que tu frase no funcione del todo es este: el responsable de prevención no es el que responde. El artículo 14.4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dice expresamente que concertar la prevención con una entidad especializada complementa la acción del empresario pero no le exime de su deber. La responsabilidad no se subcontrata. O sea que aunque salga esa vacante y aunque la ocupe alguien, el que va a tener que explicar por qué la barra de seguridad no paró la máquina es el que dirige la planta, no el técnico que firmó la evaluación hace dos años.

Y hay una figura que casi nadie conoce y que en este caso puede ser la clave: el recurso preventivo del artículo 32 bis. Cuando se hacen operaciones reglamentariamente peligrosas o cuando concurren trabajos que agravan el riesgo, la ley obliga a que haya alguien físicamente presente en el tajo cuya única función es vigilar que se cumplen las medidas. Si allí se estaba desatascando algo, o había mantenimiento a la vez que producción, esa presencia era obligatoria y va a haber que demostrar quién era y dónde estaba a las siete y veinticinco.

Y por dónde se rompen normalmente estos expedientes: por el artículo 19, la formación. Que sea teórica y práctica, suficiente, y centrada específicamente en el puesto. Veintidós años, sábado, principio de turno. Habrá que ver la fecha de alta, quién le enseñó esa máquina concreta y si hay una firma detrás de eso.
 
Las neveras antes tenían un sistema de cierre hermético que tuvieron que quitar por la cantidad de niños que morían asfixiados al encerrarse dentro.
 
Pero se ha metido dentro y ha empezado a dar vueltas?
 

O la selección natural hizo su trabajo o algo turbio pasó o no era una simple "lavandería" de calle, pero como la noticia es tan mala...
 
Qué gloria mas horrible el quedar atrapado en una máquina. Siempre he andadocon mucho cuidado cerca de maquinaria grande y rotativa.

Dep.
Y la gente (yo incluido) lo hace por muy poco dinero. Luego los de la camisita en el pc cobrando más por vender humo y encima mofándose.
 

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