Un vecino de burgos pierde su pensión de jubilación a los 69 años tras más de 27 de cotización en la seguridad social

hay que mirarse las normas

no ha "perdido" su pensión: nunca tuvo derecho dado que no cotizó el mínimo requerido dentro de los 15 años últimos

de todas formas, todo hay que ponerlo en perspectiva

que no pueda cobrar ni un porcentaje, justo no es

como justo no es que el descendiente único de un matrimonio que llegue a los 80 años cobrando la pension máxima vaya a heredar una cantidad de seis cifras ahorrada por sus padres con la pension que todos pagamos y en algunas comunidades (madrid) no tributara nada

solo con que sus padres ahorren 2000 euros al mes, rendimientos aparte, 360.000 que se va a llevar de gorra

padres longevos+comunidad sin sucesiones+descendiente unico+pensiones máximas = heredar pastón de los impuestos de todos, tambien la de ese pobre hombre que se queda sin pension

el sistema tiene muchas injusticias



QUE NIVEL MARIBEL

todavia queda gente que se piensa que la seguridad social es un sistema de capitalizacion

y encima me llama […], cuando el mismo deja claro quien es el […]

Sabes que de "ese pastizal" ya se encarga hacienda de pillar su buena mordida entre casas, propiedades, acciones y demás que tengas, que a lo mejor al final sales hasta a pagar, ¿no? Te lo digo porque más de uno ha tenido que renunciar a la herencia. Además, 360.000 euros es una cantidad modesta, te sonará a rico porque vivimos ya en una situación complicada, pero es lo que cualquier empresario que se dedique aunque sea a las gominolas tiene en su cuenta; las personas tienen gastos (a mayor paga mayores gastos) y jamás meten la paga íntegra en la cuenta. Lo que sí es una vergüenza es que un político socialista (del socialismo azul o del rojo me da igual) cobre varias veces esa cifra por robarnos.
 
Última edición:
Lo absurdo es que no se pague una pension proporcional a lo contribuido.

Con un solo mes cotizado deberian de pagar una pension, diminuta de solo unos centimos de euro, pero deberian de pagarla. En otros paises es asi, y tambien se permite cobrar la pension en efectivo o pasarla a un fondo privado. Lo cual es util si quieres moverte a otro sitio en un tiempo.

Es mas, yo creo que el sistema actual, ademas de tener incentivos bastante perversos, es ilegal de acuerdo al derecho de la UE porque impide la libre circulacion de trabajadores. Pero claro, nadie se ha puesto a denunciarlo. En Dinamarca el Gobierno permitio cobrar todo en efectivo para los trabajadores que quieran volver a casa porque hubo quejas al respecto.

Por ejemplo, un nacional que haya cotizado cierto tiempo, y se quede en el paro y/o se canse y emigre ha tirado todas sus cotizaciones.

De todo eso el ciudadano medio no dice nada aunque no lo sepa. Para él, todo el que tenga menos de 35 años cotizados es un vago que no merece pensión. El que haya dejado trabajos precarios también. Un vago y flojo. Eso sí, con las pagas a quien ya sabemos ni pío, no le vayan a señalar. Y la mayoría que tienen esta forma de pensar son pogre.
 

El afectado decidió llevar su situación al Juzgado de lo Social nº 1 de Burgos, que desestimo su demanda; el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, tampoco revirtió la situación​

(adjunto visible para usuarios registrados)
TSJCYL.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos

Un trabajador burgalés ha visto cómo la pensión de jubilación, por la que había trabajado durante más de 27 años, le es denegada debido a un requisito que parece sencillo, pero que ha resultado crucial en su caso: la falta de cotización durante los últimos 15 años de su vida laboral. Con 69 años de edad y más de un cuarto de siglo de aportes al sistema, el afectado se enfrenta a una difícil realidad tras la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La legislación española establece que, para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, los trabajadores deben haber cotizado al menos 15 años a lo largo de su vida laboral. De esos 15 años, se exige que, al menos, dos de esos años se encuentren dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud, lo que se denomina “carencia específica”. Es aquí donde el caso del trabajador de Burgos se complica: aunque había cotizado más de 27 años, no cumplió con esta condición en los últimos 15 años, lo que provocó la denegación de su pensión.

¿Qué hizo los 15 últimos años?

¿De qué vivía?
 
o sea, todo lo que se cotiza desde los 18 hasta los 50 es tirar el dinero

Que no, que lo que se exige es tener dos años cotizados dentro de los últimos 15 años. Si tienes 50 años y 13 años cotizados podrías dejar de remar y luego cotizar dos años hasta los 65 para cobrar una contributiva. Lo que te toque, que sería una miseria pero bueno.
 
Que no, que lo que se exige es tener dos años cotizados dentro de los últimos 15 años. Si tienes 50 años y 13 años cotizados podrías dejar de remar y luego cotizar dos años hasta los 65 para cobrar una contributiva. Lo que te toque, que sería una miseria pero bueno.

ya, está claro, pero es una prueba más de que la ss es un sistema muy deficiente, ¿cómo es posible que se diga que todo lo que has pagado toda tu vida no sirva absolutamente para nada? el trabajador no puede cotizar por sí mismo. Si es viejo y nadie lo contrata a los 50, entonces se le puede quitar todo lo que ha pagado?
 
Última edición:
ya, está claro, pero es una prueba más de que la ss es un sistema muy deficiente, ¿cómo es posible que se diga que todo lo que has pagado toda tu vida no sirva absolutamente para nada? el trabajador no puede cotizar por sí mismo. Si es viejo y nadie lo contrata a los 50, entonces se le puede quitar todo lo que ha pagado?

Si, es una trampa pero para eso se permite cotizar esos dos años con un acuerdo con la ss como se ha dicho. Lo de ese hombre es muy raro. Lo primero por no jubilarse cuando le tocaba y a lo mejor habia pillado esos dos años en el periodo y lo segundo... ¿No cobraba la ayuda de los 52 que también cotiza? Me parece que es autónomo. Otra cosa no me explico. De todas formas muy mal asesorado o nulamente. A lo mejor no habia ansioso del pueblo.
 
Es un sistema absurdo. El sistema deberia de ser un fondo de pensiones. Tanto contribuyes, tanto recibes. Da igual que sea 1 mes o 45 anos. Ahora mismo, es un timo piramidal. Y nada de pensiones "no contributivas" ni engañas similares. Si quieren sacar paguitas, que lo hagan a cargo de otro sitio. Ademas, deberia de haber muchos planes privados. No solo uno publico, lo cual aumenta mucho el riesgo porque esta todo concentrado. Y ademas, los politicos meten la mano en la caja.

El unico pais de la UE que tiene un sistema asi, y el unico que es sostenible es Dinamarca. El resto estan todos con la movida de que hay que traer pagapensiones, que encima son receptores netos de ayudas, y marean la perdiz sin solucionar el problema. Es lo mismo que la vivienda. Es facil de solucionar, pero no les conviene. Si el pais crece en poblacion, se necesita mayor parque de pisos. De otro modo, los precios se disparan.
 


el estado no te debe nada... repito, nada... y mañana puede salir una ley que diga que la pensión máxima es de cien euros...

digo más, lo único que impide que salga esa ley es el balance de mayorías, y que finalmente se llegaría a la violencia en las calles...

la pensión no es una cuenta bancaria "privada" donde aunque tú lleves quince años sin meter nada siempre puedes sacar lo que metiste antes... es una paga que te dan bajo ciertas condiciones que estás obligado a cumplir (y que pueden cambiar y cambian en cualquier momento)...

que el hecho de que la pensión todavía tenga cierta correlación (no muy grande) con lo cotizado, no nos lleve al engaño de pensar que es un contrato donde tú has adquirido derechos por encima de la voluntad del estado...

algunos llevamos gritando desde el principio que la jubilación debería estar capitalizada... capitalizado no significa que el estado la tenga que invertir en bolsa, por mí la puede invertir en el país... capitalizado significa que cada euro que yo te dé me lo tienes que devolver, más el rendimiento...

egoístamente, mi deseo es que a millones de personas les ocurra lo de este tío... a ver si despertamos de una vez y empezado a dejar de perseguir la zanahoria de trincar de lo de los demás ignorando el riesgo de que al final sean los demás los que trinquen de lo nuestro... justicia, y que cada uno se pague su propia vida...
 
Una ley del 2000 y haciendo referencia a las condiciones de las pensiones del 1985 además de que hasta hace no mucho los autónomos podían cambiar la base de cotización a voluntad, lo que acabas de poner esta al nivel de decir que la corrupción es ilegal.


He dicho 'Esa jugada magistral (que no se le podía ocurrir a casi nadie) estaba y está tipificada como infracción muy grave en la LISOS (ley de infracciones y sanciones en el orden social)'

Y he citado el artículo 23 de la actual LISOS

En la anterior LISOS (derogada por la actual) está en el artículo 15


Artículo 15. Infracciones muy graves.​


Son infracciones muy graves:

(...)

3. Incurrir en connivencia con sus trabajadores o con los demás beneficiarios para la obtención de prestaciones indebidas o superiores a las que procedan en cada caso, o para eludir el cumplimiento de las obligaciones que a cualquiera de ellos correspondan.

(...)

5. Incrementar indebidamente la cotización del trabajador a los efectos de conseguir mejoras en las prestaciones.



Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre infracciones y sanciones en el orden social​



Anteriormente a esta LISOS de 1988 esta infracción estaba recogido en su normativa específica derogada con la entrada en vigor de esta ley (que a su vez fue derogada por la LISOS del 2000)

Por otra parte ¿a cuantos autónomo-saurios jubiletas has conocido que les hubiera ansioso bien la jugada de subirse la base al máximo cuando el cálculo se hacía con los dos últimos años? Tendrían que ser abrumadora mayoría. La evidencia nos demuestra que la jugada de subirse la base no era una práctica generalizada entre otras cosas por esta previsión legal.

Aparte la limitación de bases máximas a los autónomos (en un principio a los 50 años cuando el cálculo de la base reguladora se hacía con los últimos 15 años rebajado a los 47 años cuando empezó el periodo transitorio de 2013 a 2022 pasando este cálculo a 25 años) impuesta hasta el 01/01/2023, cotización por ingresos reales, que si bien los autónomos podrán seguir eligiendo bases dentro de los tramos establecidos hasta el fin del periodo transitorio en 2032 (ya no se podrá elegir base, la cotización se fijará en función de los ingresos) esta elección está mucho más restringida.
 
Que digo yo que si le contrata alguien esos dos años aunque lo tenga que pagar él (cualquier conocido) se ahorra tanto juzgado y tantos problemas y dos años pasan volando
 
Última edición:
No entiendo de qué se puede quejar, con la pensión que pensaba cobrar tras casi 30 años trabajando, nos da justito para mitad de la pensión de otra persona de este mes.
 
Lo suyo, haber cotizado por su cuenta los dos últimso años para cobrarla, y a lo mejor todavía puede hacerlo.

Estaba mal aconsejado o no fue al INSS.

No, aunque cotice creo que no cuenta a partir de la edad de jubilación legal, si que cuenta para aumentar la pensión si se tiene derecho a ella.

Si hubiera ido al INSS a los 55 años, ahora creo que es a los 50 años, tiene derecho a una paga que es contributiva o sea cuenta para la jubilación, también hay un mínimo de años cotizados para que te la den, no se cuantos son, si 20, 25 o 30 años y esa paga cuenta como trabajado durante los últimos 15 años o sea que tendría 27 años + los años hasta la edad de su jubilación legal cotizados.
 
Ese pobre hombre se ha puesto en manos de abogados y le han sacado los cuartos, en vez de ponerse dos años a cotizar que seguramente le hubiese costado bastante menos dinero y ahora estaría cobrando su pensión.
En esa profesión hay personajes poco recomendables y te meten mano en la cartera con gran facilidad.
 
Ese pobre hombre se ha puesto en manos de abogados y le han sacado los cuartos, en vez de ponerse dos años a cotizar que seguramente le hubiese costado bastante menos dinero y ahora estaría cobrando su pensión.
En esa profesión hay personajes poco recomendables y te meten mano en la cartera con gran facilidad.

Eso o que se ha creído la peli de Caballero sin Espada (Mr Smith Goes to Washington originalmente)

​





 
Pensión de jubilación no contributiva: 568x 14

Pensión de jubilación mínima contributiva: 1127 x 14

Le quedará la mitad más o menos.
 
Estaba mal aconsejado o no fue al INSS.

No, aunque cotice creo que no cuenta a partir de la edad de jubilación legal, si que cuenta para aumentar la pensión si se tiene derecho a ella.

Si hubiera ido al INSS a los 55 años, ahora creo que es a los 50 años, tiene derecho a una paga que es contributiva o sea cuenta para la jubilación, también hay un mínimo de años cotizados para que te la den, no se cuantos son, si 20, 25 o 30 años y esa paga cuenta como trabajado durante los últimos 15 años o sea que tendría 27 años + los años hasta la edad de su jubilación legal cotizados.
Eeehhhh!!!!
La primera vez que oigo hablar de esa paga
 
Eeehhhh!!!!
La primera vez que oigo hablar de esa paga
Es la paga para mayores de 52. Pero no puedes tener rentas que lleguen al SMI o algo así, y supongo que si tienes patrimonio tampoco te la dan. Lo que hace esa paga es que te cotiza por el 125% de la base mínima hasta que te jubiles, hay que tener 15 años cotizados. Y también hay rellenado de lagunas en cotizaciones por la base creo que mínima, que supongo que es lo que aplica a este caso. Este tipo, si no pidió esa paga teniendo años cotizados, quizá es que tenía ingresos (de trabajo no declarados o de patrimonio), en ese caso no le iban a dar la paga pero quizá sí rellenarle lagunas de cotización.
 
Última edición:

Estadísticas del foro

Temas
2.063.131
Mensajes
58.555.037
Miembros
191.138
Último miembro
pintacolas

El blog de burbuja.info

Volver