Como siga lloviendo así, la comunidad valenciana desaparecerá del mapa.

Es decir que si veo a un familiar atrapado en un incendio,¿no.debo llamar a los bomberos hasta que él me lo pida?

A tomar por saco las "responsabilidades burocráticas"

El estado debería haber actuado rápidamente, sin esperar a politiqueos varios...

Lo primero son las vidas humanas

Si eso es ser deleznable, que baje dios y me juzgue
Para estos lo primero es el partido que es lo que les da de comer y si muere gente que muera.
 
PPVOX se enorgullece de suprimir lo público a favor de lo privado, pero cuando vienen mal dadas los votantes de PPVOX van corriendo al Estado a que les saque las castañas del fuego.
 
Pero a que te refieres??

El gobierno debería haber decretado el estado de alarma y un mando único de gestión

Eso es lo que quiero decir y vengo pidiendo desde el miércoles por la mañana
Competencias transferidas. Lo tiene que solicitar la CCAA, de hecho para tomar el control "Madrid" lo mismo tiene que meter el 155 o algún articulo similar de no haber peticion.

Las comunidades autónomas están muy protegidas a nivel legislativo, vamos, así lo han querido ellas mismas.
 
La embajada de Japón envió un SMS avisando de la DANA a sus empleados horas antes que las propias autoridades españolas.

Bomberos franceses denuncian también ser “los primeros en llegar” a diferentes zonas del desastre: “No hay autoridades españolas aquí, nos sorprende mucho”


De hecho algunos japoneses llegaron en vuelos regulares y andando antes que el ejército español acuartelados en la zona cero
 
Competencias transferidas. Lo tiene que solicitar la CCAA, de hecho para tomar el control "Madrid" lo mismo tiene que meter el 155 o algún articulo similar de no haber peticion.

Las comunidades autónomas están muy protegidas a nivel legislativo, vamos, así lo han querido ellas mismas.
Negativo, ja lo dejo preparado Rajoy.
Son emergencias de interés nacional:

1. Las que requieran para la protección de personas y bienes la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio.

2. Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico.

3. Las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional.

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[Bloque 42: #a29]

Artículo 29. Declaración.
En los supuestos previstos en el artículo anterior, corresponderá la declaración de interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas. Cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior, se precisará, en todo caso, previa comunicación con la Comunidad Autónoma o Comunidades Autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública.
 
(mensaje citado en revisión)



 

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