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  • Autor del tema Autor del tema Alan__
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En una empresa, en particular en las pequeñas y medianas, se mantiene la disciplina por el terror. En el caso de los móviles, al que le pillen, lo despiden y ya está. El costo es muy bajo: 33 días por año.
 
Es burbuja en concreto o los foros en general redes sociales?? Por qué entonces nosotros también estamos enganchados a las redes sociales
 
Imaginaos que tenéis un empleado cuya prioridad es el puro movil y el instagram, esto es, su tarea principal es esa, y entre rato y rato hace su trabajo lo mínimo para cubrir y vuelve a la silla a usar el puro movil.

Le mandas algo y lo hace deprisa y corriendo para volver al movil, continuamente.

Despedirlo por eso puede ser nulo ya que es entrometerse en su vida privada o sus comunicaciones segun la asesoria.

Se podria poner por contrato alguna clausula para queb un nuevo empleado no haga eso ni use el movil mas que para una emergencia?
Puedes limitar el uso e incluso prohibirlo en horario laboral.
Has echado un ojo a "faltas y sanciones" del convenio colectivo de aplicacion?
Suele estar prohibido las distracciones en el trabajo y cada vez se incluye mas normativa respecto del uso del movil.
Trabajo por cuenta ajena, solo permitido el uso de medios ajenos.
Puedes si no hacer acuerdo especifico con la RLT del centro de trabajo.
No se trata de despedir de buenas a primeras, pero si de empezar a amonestar.
Primero verbalmente y luego por escrito. De leve a grave y posteriormente a muy grave si se reunen las condiciones.
Avisa primero y por escrito de que a partir de x momento se va a empezar a sancionar y luego hazlo. Le toque a quien le toque.
Si no, te tirara atras la falta un juez diciendo que siempre ha habido tolerancia y no se habia tomado accion
 
Puedes limitar el uso e incluso prohibirlo en horario laboral.
Has echado un ojo a "faltas y sanciones" del convenio colectivo de aplicacion?
Suele estar prohibido las distracciones en el trabajo y cada vez se incluye mas normativa respecto del uso del movil.
Trabajo por cuenta ajena, solo permitido el uso de medios ajenos.
Puedes si no hacer acuerdo especifico con la RLT del centro de trabajo.
No se trata de despedir de buenas a primeras, pero si de empezar a amonestar.
Primero verbalmente y luego por escrito. De leve a grave y posteriormente a muy grave si se reunen las condiciones.
Avisa primero y por escrito de que a partir de x momento se va a empezar a sancionar y luego hazlo. Le toque a quien le toque.
Si no, te tirara atras la falta un juez diciendo que siempre ha habido tolerancia y no se habia tomado accion

Es caso perdido, abrir grupos ha sido el fin.
 
Imaginaos que tenéis un empleado cuya prioridad es el puro movil y el instagram, esto es, su tarea principal es esa, y entre rato y rato hace su trabajo lo mínimo para cubrir y vuelve a la silla a usar el puro movil.

Le mandas algo y lo hace deprisa y corriendo para volver al movil, continuamente.

Despedirlo por eso puede ser nulo ya que es entrometerse en su vida privada o sus comunicaciones segun la asesoria.

Se podria poner por contrato alguna clausula para queb un nuevo empleado no haga eso ni use el movil mas que para una emergencia?
hace su trabajo lo mínimo para cubrir
Si te hace el mínimo que exiges, ¿de qué te quejas exactamente?
¿Cuál es el trabajo que tiene que hacer (curiosidad)?
 
Pues q lo deja todo para el final, inventariar, limpiar solo si esta muy sucio, si ve algo que se cae al suelo no lo coje, lee correos los deja en leidos y ni responde ni dice nada sobre la info del correo a sus jefes que puede ser relevante.

Es todo movil movil y movil.
Pues q lo deja todo para el final,
¿Lo hace a tiempo?

inventariar,
¿Lo hace a tiempo?

limpiar solo si esta muy sucio,
¿Está en las teareas de su puesto de trabajo?
¿Está estipulado en algún sitio cuándo limpìar?

si ve algo que se cae al suelo no lo coje,
Algo...
¿Qué algo?

lee correos los deja en leidos y ni responde
¿Debe responderlos?

ni dice nada sobre la info del correo a sus jefes que puede ser relevante.
Si esa cuenta de correo recibe correos con info relevante, la empresa debería tener una copia automática a los jefes de él.
No es culpa suya.

Un tipo que en sus funciones de puesto de trabajo debe hacer inventario, barrer, limpiar y entender correos electrónicos así como responderlos, no e sun puesto de trabajo con tareas coherentes.
Algo FALLA en lo qeu dices.
Me da a mí que tú eres un gilipilas explotador, y que tu empleado pasa de ti como de la guano.
Y con ese nick de Alan, ¿eres hispanoamericano brother?
 
No es tan fácil, lo pueden declarar nulo...
Si se cumplen las formalidades bien, con la carta y los motivos del despido, lo podrán declarar improcedente, pero no nulo. Es igual que los motivos que se aleguen sean falsos...
 
@OP, no hagas caso a leguleyos. En España el despido es libre, y no estás vulnerando ningún derecho fundamental por despedir a un jeta.
 
Vas a pagar la indemnización igual. La buena noticia es que son dos duros.
 
@OP, no hagas caso a leguleyos. En España el despido es libre, y no estás vulnerando ningún derecho fundamental por despedir a un jeta.

Estará cumpliendo su deber como empresario. Hoy en día, la indemnización por despido es pequeña, pero es que aunque fuera mucho mayor, estaría plenamente justificado pagar mucho más con tal de librarse del individuo del móvil...
 

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