Lo de los interinos

estulto, llevas un hilo con mas de 1000 mensajes copiando tweets de charos que solo tu lees, entras aqui rabiando como un perro... meparto:meparto:meparto:meparto:

Pero que clase de demorado eres?
Ponte a estudiar, me gusta la fruta
Jo,jo. Mientes y demostrado esta, con datos. Te queda la mala educación. De todas maneras si de verdad te interesa el tema, que lo dudo, te dejo un enlace muy didáctico sobre lo aprobado. Como puedes ver eso de interino de mas 5 años directo a funcionario es MENTIRA.
Un saludin.

 
Los interinos NO exigen que se les haga funcionarios sin oposición, sino indefinidos a extinguir, como de hecho hizo el Estado al absorber empresas PRIVADAS y asumir a su personal, y se lo niega ahora a sus propios trabajadores. Además, no es concurso a 5 años sino a SEIS (porque tiene más letra pequeña que una Biblia de los Testigos de Jehová) y no para todo tipo de plazas, es sencillamente FALSO, y lo del 40% MENTIRA TAMBIÉN, sólo si los procesos no son eliminatorios, que puede ser que sí lo sean. A quienes favorecen es a los ENCHUFADOS EN EMPRESAS PÚBLICAS, al resto, ERE. Porque velan sólo por los intereses de la mafia sindical cobracursos para baremo y la otra mafia, la del blanqueo de dinero y enchufes a hijos de que supone el sistema de oposiciciones y cacademias. (Y si abuso es a 3, por qué lo de 6... !!??)
Esta cosa de decretucho, al TJUE y a la Comisión ahora mismo, y que no les suelten ni un duro.
 




Dejo por aquí amena lectura (que no se a leer ni Dios) y me voy




septiembre 2003
PROPUESTA DE IGEVA PARA EL PROCESO DE ESTABILIDAD Y CARRERA PROFESIONAL.
De la convocatoria de un proceso extraordinario de consolidación del personal interino y laboral no fijo al servicio de la Generalitat Valenciana.
Declaración de la situación de excepcionalidad

La situación excepcional en la función pública valenciana se concreta por el alto porcentaje de temporalidad que alcanza el 35% de sus efectivos lo que a su vez provoca una alta inestabilidad laboral lastrando de manera singular y significativa el funcionamiento de la propia administración situación excepcional que se agrava por el prolongado tiempo de permanencia en esta situación de ese colectivo ocupando puestos vacantes con carácter estructural y permanente.

Objeto de la convocatoria.

La presente Ley tiene por objeto la consolidación del empleo a través del desarrollo de un proceso extraordinario de selección de personal en el ámbito de la administración de la Generalitat Valenciana.
A tal fin se habilita a la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas para celebrar, por una sola vez, las convocatorias extraordinarias de consolidación del empleo y sus fases de selección, así como efectuar las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo.

Principios Generales

Los procesos de selección y provisión regulados por esta Ley se rigen por los siguientes principios generales:
a) sometimiento pleno a la Ley y al Derecho de todas las actuaciones en los procesos selectivos de consolidación de empleo y provisión
b) igualdad, méritos, capacidad y publicidad
c) libre concurrencia
d) eficacia, imparcialidad y agilidad en la actuación de los tribunales y demás órganos responsables del proceso
e) participación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de la Función Pública en los tribunales y órganos establecidos para el desarrollo de los distintos procesos.

Convocatoria del Proceso Extraordinario de Consolidación

Se convocará un proceso extraordinario de consolidación del personal interino y laboral no fijo al servicio de la administración de la Generalitat durante los años 2004 al 2006, en el que se prevea la apreciación del tiempo trabajado en la propia administración de la Generalitat Valenciana como criterio prioritario de valoración del mérito y la capacidad de los ciudadanos que quieran acceder a la función pública.
En dicho plazo la Generalitat Valenciana convocará, por una sola vez y con carácter extraordinario, cuantas convocatorias sean necesarias para la provisión de las plazas que tenga cubiertas por personal interino incluido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública, de acuerdo con las prescripciones de la presente Ley.
El número de plazas convocadas será, como mínimo, igual al número de puestos cubiertos por personal interino al servicio de la Administración de la Generalitat Valenciana a fecha de 31 diciembre de 2002.
En las convocatorias que se efectúen para la consolidación del empleo temporal deberán hacerse constar expresamente dicho extremo en las bases.
Se acumularán a esta convocatoria todas las plazas incluidas en las ofertas públicas de empleo de 2000 y 2001 y que no se hayan iniciado sus convocatorias así como aquellas convocatorias cuyas bases ya hayan sido públicas en el DOGV quedando anuladas a todos los efectos.

Bolsas de empleo temporal

Durante el proceso de consolidación de empleo, y hasta la finalización del mismo, se constituirán Bolsas de Trabajo de Empleo Temporal de todos los grupos de titulación y categorías profesionales de administración general, Especial, Laborales e Indistintos, afectados por las citadas ofertas de consolidación.
El personal funcionario interino y laboral temporal, que como consecuencia de la Resolución de las Convocatorias de los procesos de provisión de puestos de trabajo cese en un puesto de trabajo, pasará automáticamente a la Bolsa de Trabajo de la categoría correspondiente con la finalidad de proceder a su recolocación.
Dichas Bolsas se ordenarán por el criterio de antigüedad en el tiempo trabajado en la Administración de la Generalitat Valenciana.
Se crea una Comisión de Seguimiento de las Bolsas de Empleo Temporal que estará formada de manera paritaria por representantes de la administración y de las Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de la Función Pública. Dicha Comisión tendrá carácter de órgano de Gestión, Seguimiento, Constitución y Funcionamiento de las bolsas, así como de foro técnico de participación sindical en las cuestiones a ella relativas, sin perjuicio de las competencias atribuidas legalmente a los foros de negociación colectiva.
Corresponde a la Comisión de Seguimiento:
a) Comprobar y evaluar los méritos de los aspirantes en los procesos de constitución de las bolsas, así como adjudicar los puestos en base a los citados méritos
b) Conocer periódicamente el estado de las bolsas que incluirán categoría, fecha de inicio y cese de cada nombramiento o contrato.
c) Informar la resolución de las reclamaciones que se formulen en esta materia.
d) Proponer las medidas que estime oportunas para la formación y gestión de las bolsas, criterios de exclusión y fijación del ámbito.
A efectos de la válida constitución de la Comisión, así como de la adopción de acuerdos se requerirá la mayoría absoluta.

Procedimiento de las pruebas extraordinarias de consolidación.

La forma de acceso a la función pública en este proceso extraordinario consistirá en un concurso-oposición.
La fase de oposición consistirá en dos ejercicios.
El primer ejercicio de carácter teórico eliminatorio evaluado mediante un test de preguntas cerradas adaptada en contenido a cada una de las categorías y funciones de la administración.
Las preguntas contestadas erróneamente computarán negativamente para la obtención de la puntuación final.
De esta prueba quedarán exonerados aquellos aspirantes que tengan o hayan tenido la condición de funcionario interino con al menos 2 años de antigüedad continuada en la administración de la Generalitat Valenciana en el mismo grupo de titulación en el momento de la publicación de esta Ley.
Los aspirantes que no tengan dicha condición deberán superarla para poder pasar a la siguiente prueba obteniendo una calificación de APTO.
El segundo ejercicio de la fase de oposición, de carácter no eliminatorio, consistirá en la evaluación de conocimientos prácticos y la evaluación de la capacidad del aspirante.
La prueba práctica consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico, una memoria o de un test adaptado a cada una de las categorías y funciones de la administración a la que deberán concurrir los aspirantes.
Las materias del temario serán referidas a un grupo tasado de leyes y normas reglamentarias o supuestos prácticos adaptadas a cada grupo de titulación recogidas en cada convocatoria.
Se otorgará hasta un máximo de 45 puntos.
La evaluación de la capacidad se realizará mediante la valoración de la formación profesional de cada aspirante.
Se otorgará hasta un máximo de 10 puntos conforme a lo establecido en el anexo de baremos.
La fase de concurso se valorará hasta un total de 45, otorgándose 0,37 puntos por mes completo trabajado en el mismo grupo de titulación al que se opta como personal temporal en la Generalitat Valenciana.
La puntuación final se obtendrá por la suma de la puntuación obtenida en la prueba práctica, en la evaluación de la capacidad y en la fase de concurso situándose la nota de aprobado cuando el número de aspirantes sea igual al de plazas convocadas.


Ya lo decía Camilo Sesto:

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Pues claro que se han hecho previamente procesos extraordinarios de consolidación y han sido absolutamente legales, vamos ni que este fuera el primero. Es una chorrada lo de que es inconstitucional, la ley lo permite perfectamente e incluso si no fuera así prima el derecho y la normativa europea.
 
Pues claro que se han hecho previamente procesos extraordinarios de consolidación y han sido absolutamente legales, vamos ni que este fuera el primero. Es una chorrada lo de que es inconstitucional, la ley lo permite perfectamente e incluso si no fuera así prima el derecho y la normativa europea.

La Abogacía del Estado que de otras cosas no sabrá pero que de leyes algo entiende ya se ha pronunciado acerca de esta cacicada y constitucional dice que entre poco y nada.

Y aparte de leyes también saben de oposiciones, que éstos no son de los de apuntarse en una bolsa y que con el paso de los años les llueva el maná...

 

EL BILLETE / OPINIÓN
Lo de los interinos
Foto: ROBER SOLSONA/EP
oto: ROBER SOLSONA/EP

5/12/2021 -
Me recomiendan que me calle porque son muchos y muy reivindicativos, pero es que si no lo digo reviento –a riesgo de que si lo digo me revienten–: lo de convertir por la patilla a los interinos que llevan cinco o más años en un puesto que no es suyo en funcionarios con la plaza en propiedad es una injusticia, una cacicada mayúscula que el Tribunal Constitucional tendrá que anular en nombre de la igualdad y la justicia, dos de los pilares de nuestro estado de derecho.

Aquí un resumen, por si alguien no está al tanto: el Congreso de los Diputados ha aprobado una ley promovida por Miquel Iceta cuando era ministro de Política Territorial y Función Pública para acabar con la vergonzosa temporalidad del empleo en las Administraciones Públicas. Una ley que se salta a la torera los principios de igualdad, mérito y capacidad que la Constitución establece como imprescindibles para el acceso a la función pública. Bueno, el de mérito no, porque precisamente es la experiencia en el puesto de trabajo, después de estar ocupándolo de forma temporal cinco años, lo que se quiere convertir en mérito suficiente para quedárselo, sin examen.

Y aún hay más, se ha aprobado también que quienes lleven menos de cinco años pero más de tres como interinos en un puesto tendrán que pasar un concurso-oposición en el que los méritos del concurso, especialmente la experiencia, sumará hasta 40 puntos sobre cien, mientras el examen no será eliminatorio. Es decir, que si los puntos por experiencia son 40, podría ocurrir que consiguiera la plaza aún sin aprobar el examen, siguiendo la tónica de las últimas corrientes educativas según las cuales se puede pasar de curso en la ESO o Bachillerato con varios suspensos o iniciar un máster universitario sin haber acabado la carrera.

El ministro Miquel Iceta. Foto: A. PÉREZ-MECA

El ministro Miquel Iceta. Foto: A. PÉREZ-MECA


Pues, con todo eso, no están contentos los que se manifiestan bajo el lema "fijeza ya" y califican la ley como "Icetazo". Los interinos exigen ser fijos automáticamente a los tres años de ocupar la plaza, como pasa con los empleados temporales de las empresas privadas. Pero el Tribunal Supremo ya ha dicho que ese "abuso de la temporalidad" deriva no en la conversión de los interinos en funcionarios, sino en indefinidos no fijos, con el mismo derecho a una indemnización que cualquiera si pierden el puesto de trabajo.

Uno de los argumentos de los interinos es que han trabajado al servicio del interés público durante años y no merecen ser despedidos si otro gana la plaza que ocupan. En algunos reportajes salen hasta con la familia. La realidad es que han ejercido un trabajo por el que han cobrado un sueldo, como cualquier empleado del sector privado, pero no tenían una plaza en propiedad, por lo que estaban expuestos a perder este empleo exactamente igual que lo han perdido millones de españoles en la anterior crisis y en la actual.

La ley, que ahora ha iniciado su tramitación en el Senado para su aprobación definitiva, es una injusticia para los servidores públicos que sí accedieron al puesto en condiciones de igualdad, mérito y capacidad, es decir, que se presentaron a una oposición y, tras años de estudio, lograron una plaza. Es una injusticia igualmente para los funcionarios que, teniendo ya una plaza y pudiendo promocionar a un puesto mejor según lo previsto en la ley, veían bloqueados muchos de esos puestos porque no salían a concurso-oposición, ocupadas como estaban por interinos. Y ahora resulta que ya no saldrán.

Foto: ROBER SOLSONA/el

Foto: ROBER SOLSONA/el


La RAE define así "interino" en su segunda acepción: "Que ejerce un cargo o empleo por ausencia o falta de otro". Procede del latín interim, que significa "mientras tanto". Ni antes ni después, mientras tanto. Es obvio que la interinidad es lo contrario de la fijeza.
La ley es, además, una injusticia para los millones de jóvenes que han terminado sus estudios y aspiran a ingresar en la Administración a fuerza de continuar unos años más estudiando sin disfrutar del sol ni de sus amigos. Uno se pregunta dónde está la juventud que se queja de la falta de empleo y de la precariedad. ¿No se han enterado de que el Parlamento les están birlando decenas de miles de puestos fijos, bien remunerados y con condiciones de trabajo mejores que en el sector privado, a los que podrían acceder mediante concurso-oposición?

Uno puede entender que exista cierta aversión al examen entre quienes llevan muchos años sin tocar un libro; que se sienten en desventaja frente a los recién egresados, pero el menor hábito estudiantil se compensa con la parte del concurso, donde lo que cuenta es la experiencia. Aversión al examen y al estudio. Recuérdese lo que pasó con los profesores de las bolsas de trabajo a los que María José Catalá, siendo consellera de Educación en 2013, dio cuatro años para que acreditasen competencias en valenciano. Si no, quedarían desactivados en la bolsa y no podrían seguir ejerciendo como interinos. Y al cabo de cuatro años había cerca de 2.000 profesores que no habían tenido tiempo ni ganas –se presume que capacidad sí que tienen– y Marzà, presionado por los sindicatos, les dio otros cuatro años, que acaban el año que viene. Y seguro que al cabo de ocho años hay más de uno que monta un cirio porque no ha tenido tiempo. Y pedirá la fijeza.

Miedo al colectivo

El pasado mes de julio se contabilizaban en España 622.295 interinos en las administraciones públicas. En las manifestaciones dicen que son 800.000. Hartos de abusos laborales, hace años que empezaron a organizarse para, por ejemplo, tener prácticamente los mismos derechos que los funcionarios de carrera que desempeñan su labor en la mesa de al lado. No obstante, la pretensión de fijeza sin concurso-oposición encontró de inicio el rechazo de sindicatos y partidos políticos.

https://valenciaplaza.com/public/Image/2021/12/manifestacion-david-astutaquino-ep_forCrop.jpg
Foto: DAVID astutaQUINO/EP


Los primeros en claudicar fueron los sindicatos, temerosos de que alguna organización en defensa de los interinos acabara cogiendo fuerza en el sector público. Los sindicatos siempre han defendido a quien tiene trabajo frente al que no lo tiene, así que tampoco les supuso mayor esfuerzo crear una sección de interinos dentro de su organización y olvidarse de los que esperan en la calle una oferta pública de empleo.
A continuación cayeron los partidos políticos, cuanto más a la izquierda menos defensores de la igualdad en el acceso a la función pública. Sorprende ver a Unidas Podemos en esa batalla porque se supone que uno de sus caladeros de votos más importante está en la gente joven sin empleo. Detrás fue el PSOE, que primero se negó, luego anunció que aceptaría la fijeza a partir de los diez años en el puesto y, finalmente, ha terminado apoyando que sean cinco años.
Lo de los diez años tenía una explicación maliciosa, y es que convertir en funcionarios a los que llevaban una década en el puesto significaba consolidar a quienes se habían colado en las bolsas en la época de Zapatero, que acabó su mandato en 2011. Las dos tazas que se tuvo que beber el PSOE, servidas por ERC y PNV, también tienen su explicación. Y es que la formación de las bolsas de trabajo tienen muchos menos controles que un concurso-oposición, por lo que el enchufe a través de las bolsas está a la orden del día.

Foto: A. PÉREZ-MECA




Dado que no en todas las CCAA gobiernan o han gobernado PSOE, ERC o PNV, de la fijeza también se van a beneficiar jetas próximos a otros partidos, como el PP en la Comunitat Valenciana. Además la nueva ley se extiende a todas las administraciones incluidas las empresas públicas como À Punt.

Los últimos en sucumbir han sido PP y Ciudadanos, que se abstuvieron en la votación en el Congreso. Lo de Pablo Casado se puede explicar porque el PP ha gobernado y tienen gente que consolidar en sus puestos. Lo de Arrimadas es inexplicable. Al final, solo Vox votó en contra de la ley y anunció un recurso –otro más– al Constitucional. Es incómodo tener que coincidir solo con Vox, pero quienes han cambiado de opinión han sido los demás.
Jajaja sigue opositando comemierda jajajja
 
Así se mueran todos los me gusta la fruta del estado. Todos es todos.
 
La Abogacía del Estado que de otras cosas no sabrá pero que de leyes algo entiende ya se ha pronunciado acerca de esta cacicada y constitucional dice que entre poco y nada.

Y aparte de leyes también saben de oposiciones, que éstos no son de los de apuntarse en una bolsa y que con el paso de los años les llueva el maná...


Es lo que tiene estar en Europa, hay que cumplir la normativa europea
 
Muchos opositores votarían al PSOE por las generosas ofertas de empleo público que prometió en 2019. Pues ahí las tenéis... Pero no van a ser para vosotros. Espero que voten en consecuencia, o que al menos se abstengan por dignidad
 
es inconstitucional de libro hacer funcionarios a gente que no ha aprobado la oposición, y un agravio contra todos los que no se han podido presentar a la oposición y serán toda la vida currantes por cuenta ajena.
 
es inconstitucional de libro hacer funcionarios a gente que no ha aprobado la oposición, y un agravio contra todos los que no se han podido presentar a la oposición y serán toda la vida currantes por cuenta ajena.
Eso que dices se ha hecho muchas veces antes
 
Que España sea un país de ciegos, no me va a tentar para sacarme un ojo. Pero me pongo el parche todo lo que puedo... Basta y sobra.
 
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