Si el interesado se persona con su abogado en el Juzgado que lleve el asunto se le toma declaración sobre la marcha y obviamente se pide (y obtiene) el levantamiento de órdenes de busca que pueda haber, puesto que ya se ha personado. Es lo propuesto desde el principio.El problema de la detención es cierto que son los antecedentes policiales, pero recuerda que estos valen mucho menos que los penales, y con una sentencia positiva puedes solicitar su anulación .
El problema de lo que dice el amigo covaleda es que sin detenido no hay juicio rápido , con lo que si te ahorras ese paso, pero también es cierto que entras en búsqueda y captura hasta el juicio, que puede ser......a saber . Eso puede suponer una detención posterior, que te perjudicará en un juicio posterior más que una detención normal, o que estás a escondidas a espera de juicio.
Hablamos de unos pocos días.