t_chip
Facilisimo
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La educación es para las personas.No flipes tanto en un floro. Un poco de educación, porfa.
Tu eres un insecto.
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La educación es para las personas.No flipes tanto en un floro. Un poco de educación, porfa.
Qué bien te sabes esas, pero qué poco te interesa mencionar que no concurre ninguna de las razones para decretar prisión provisional sin fianza.En este caso no. Ha disparado a bocajarro.
Los requisitos objetivos y subjetivos para considerar que un hecho haya de concebirse como de legítima defensa son los que se recogen en el artículo 20.4 del Código Penal.
Se tiene que haber producido una agresión ilegítima recientemente sobre bienes que fueran protegibles. Los bienes dañados por tal agresión han de ser protegibles. No cabe alegar legítima defensa ante un daño que hubiera sido provocado hace años, al igual que tampoco se puede alegar esta causa de justificación ante el perjuicio realizado sobre unos bienes que no se pudieran proteger.
La defensa ha de ser racional y proporcional a la agresión recibida. La explicación a este punto se puede entender mejor con un simple ejemplo: no sería justificable que el tendero de una tienda de chuches matara a un niño que hubiera robado un par de gominolas.
Tiene que haber falta de provocación suficiente. A lo que el legislador se refiere con ello es que, no se puede alegar como causa de justificación la legítima defensa frente a un agresor, cuando a éste se le hubiera provocado para actuar ilícitamente.
Elemento subjetivo de la actuación en defensa. Este requisito se identifica con la exigencia de que el defensor sea consciente de que se dan los presupuestos objetivos de la legítima defensa, sin que además sea necesario que su intención última sea defender. Si se actuara contra el agresor, sin intención de defenderse y únicamente con ánimo lesivo, la defensa no sería lícita. Sin embargo, al ser una cuestión subjetiva, es difícil de probar.
Las cosas so mucho más fáciles de hecho, solo tienes que hacer desaparecer las manos y la cara, y tirar el cuerpo al monte o en algún cuerpo de agua. Siempre y cuando el cadáver no tenga tatuajes o cicatrices muy únicas, porque entonces sería identificable incluso sin manos ni cara.Es que alguno parece que ha visto muchas pelis. No es fácil cavar una fosa para meter un cuerpo y que no quede rastro. Y cosas como la cal viva o similares tampoco son coser y cantar.
So hubiera sido un segarro amego el que hubiera pegado un tiro siendo menor ni pisaba la carQué fruta vergüenza la "justicia" de este país... qué fruta vergüenza.
Y luego indemnización multimillonaria + paguita de por vida.Esto es el mundo a revés.
Lo único que se me ocurre es si tienes posibilidad intentar no cargártele, apuntar a las piernas y reventarle las piernas con el disparo.
Si un problema es muy rellenito, siempre se puede intentar resolverlo por partes.No es fácil cavar una fosa para meter un cuerpo y que no quede rastro.
Haz la prueba con un pollo o, si te lo puedes permitir, con un gorrino.Mira, tío, deja de flipar.