Perdonad, pero en ese cálculo ¿no se utilizan unas tablas ya prefijadas por el ayuntamiento y aprobadas en ordenanza?
(Por eso, al estar aprobada en una norma jurídica reglamentaria, por tanto obligatoria y general, lo primero que te dicen es que ese impuesto se gira automáticamente, y que el que quiera protestar que se busque la vida intentando demostrar que su caso no es así)
Porque eso de que sea diferencia entre el valor documentado en escritura de venta y de compra no lo he oido en la vida, sólo en la plusvalía de IRPF que es sobre la diferencia de valor GLOBAL, no la del suelo.