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Cuando cierras las cuentas, ¿hay que rellenar ese modelo 720 u otro al efecto? ¿Y si las dejas a cero?
yo tengo la cuenta nn con 40.000e
los meses del año pasado me han generado unos 100e
cómo y cuándo los declaro? es obligatorio declararlos? gracias
Bueno los que se lo quieran hacer, que se lo hagan, yo solo digo que lo puede hacer un gestor para los que les da pereza o les da miedo, yo prefiero que me lo haga un gestor y así me aseguro la jugada
Pero lo que quería decir en este hilo, que lo hagais vosotros o lo haga el gestor es sencillo, no temáis a ese trámite
Justo era lo que quería Montoro que os diera pereza y por eso no sacarais el dinero de España
Si, lo de asesor con seguro lo comento más adelante, es parte muy importante de la jugadaEn segundo lugar eso no se está aplicando y si, es una barbaridad
Pero en primer lugar, recordad que por 50 € que cuesta un asesor te aseguras, contra este terror, pues usas el seguro de tu asesor, que si la defeca ya estará asegurado, como es lógico y ya te indemnizará
---------- Post added 25-sep-2018 at 13:37 ----------
De momento en nada, ahí siguen, pero por eso no aplican a fondo, saben que es disparatado
explica un poquito el procedimiento, que lo voy a tener que hacerPues comparta que asesor es, porque a mí lo menos que me cobraban eran 300€ y al final lo hice yo que no es tampoco nada del otro jueves, pero hay que echar una mañana y por 50€ me la ahorro.
Eso no es así. La responsabilidad ante la AEAT es tuya, pues tú firmas la declaración.
Y si luego te pasa algo, tendrás que reclamar al gestor por vía judicial y su seguro hará todo lo posible para no pagar. Y va a tener bastante facil no pagar, porque nadie te ha obligado a firmar.
VEo que la gente tiene miedo a sacar más de 50.000 E al extranjero, por el dichoso formulario 720 que hay que presentar
No temais para nada este trámite, la asesora me cobró 50 € por hacerlo, pagas una asesoría y ya está
A mí lo que me da miedo dejar aquí el dinero
Además como las tienes declaradas cuando televantes con el pie izquierdo, nada te puede impedir mandar todo tu dinero de golpe a cuentas en el extranjero
Si, es correcto. Mas dudoso es si el efectivo lo tienes en la cuenta del broker. Es decir una cuenta en el broker con 60k y solo 40k invertidos. Por lo que he leido en google, dependiendo del broker deberia hacerse el 720. No se si es cierto. Se supone que es asi porque en algunos brokers como Degiro tienen invertida tu liquidez en algun tipo de fondo, por lo que entraria en el mismo grupo que la accionesEntiendo, entonces, que si tengo 40.000 en líquido en una cuenta corriente, y otros 40.000 en un broker extranjero, no estaría obligado a presentar el 720. ¿Es correcto?
Entiendo, entonces, que si tengo 40.000 en líquido en una cuenta corriente, y otros 40.000 en un broker extranjero, no estaría obligado a presentar el 720. ¿Es correcto?