Duda fiscal - Plan de pensiones y renta vitalicia

andresitozgz

Madmaxista
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Le ofrecen a mi progenitora poner un plan de pensiones en una renta vitalicia que sólo genera rendimientos (del 0,5% anual) y al fallecimiento los herederos reciben un 102% del capital.

Hasta aquí el producto un truño, peeero el banquero se empeña (mi progenitora ha ido dos veces porque pensaba que la primera ella lo había entendido mal) en que si se hace de esa manera el capital del plan de pensiones aportado a la renta vitalicia no tributa nunca como rendimientos del trabajo.

Yo creo que no puede ser así, pues le supondría de un ahorro fiscal de un 30%, pero el trabajador lo asegura tras volverle a preguntar.

Es posible??¿Alguien me ilumina como tributaría el dinero en esa renta vitalicia al fallecimiento del titular?
 
La renta vitalicia es la única que no tributa como rendimientos del trabajo, cualquier otro rescate sí.
 
La renta vitalicia es la única que no tributa como rendimientos del trabajo, cualquier otro rescate sí.

Creo que no es asi. Cobrar en forma de renta vitalicia lo que hace es constituirse el propio plan de pensiones como tomador del seguro de renta vitalicia y no obliga a rescatarlo todo de golpe, pero todo lo que se cobre de él deberá ser declarado como rentas del trabajo.

Todo rescate de un plan de pensiones tributa como rendimientos del trabajo. Creo que no hay ninguna excepcion y el ahorro o no vendrá en los tramos del IRPF en los que se encuadre.
 
Creo que no es asi. Cobrar en forma de renta vitalicia lo que hace es constituirse el propio plan de pensiones como tomador del seguro de renta vitalicia y no obliga a rescatarlo todo de golpe, pero todo lo que se cobre de él deberá ser declarado como rentas del trabajo.

Todo rescate de un plan de pensiones tributa como rendimientos del trabajo. Creo que no hay ninguna excepcion y el ahorro o no vendrá en los tramos del IRPF en los que se encuadre.
Es una cosa que tengo que mirar pues
Si te paga el propio plan es renta del trabajo, si te paga la compañía de seguros es renta del ahorro. No sé si el traspasar el plan para constituir el seguro de rentas vitalicias implica rescatar el plan (que tributaría como renta del trabajo, y un rescate de una sola vez, con gran impacto fiscal)
 
Creo que no es asi. Cobrar en forma de renta vitalicia lo que hace es constituirse el propio plan de pensiones como tomador del seguro de renta vitalicia y no obliga a rescatarlo todo de golpe, pero todo lo que se cobre de él deberá ser declarado como rentas del trabajo.

Todo rescate de un plan de pensiones tributa como rendimientos del trabajo. Creo que no hay ninguna excepcion y el ahorro o no vendrá en los tramos del IRPF en los que se encuadre.

No es cierto. Al no producirse rescate sino inversión no se paga impuestos por el plan de pensiones.

La renta vitalicia pasa a formar parte de las rentas del ahorro. Está exento de tributar un 24% a un 40% del bruto percibido de la renta vitalicia. Los herederos tributarán por sucesiones.

Otra ventaja para los herederos es que lo pueden percibir antes de la herencia, siempre que sea nominal, puesto que no forma parte de la masa hereditaria y con ello hacer frente al pago de impuestos.
 
Última edición:

La información que hay no es clara

Por un lado te dicen que una renta vitalicia en caso de fallecimiento tributa por sucesiones.
Por otro lado te dicen que traspasar un plan de pensiones a una renta vitalicia no es considerado rescate sino traspaso, y que siempre y cuando el titular no rescate no hay que pagar rendimientos.

Con esas dos condiciones se entiende, que su una persona que tiene 100.000€ en un plan de pensiones sin perspectiva de necesitarlos, puede dejarlo en barbecho como un fondo de inversión, cuando la persona sea muy mayor lo pasa a Renta vitalicia y los heredores cobran el capital por fallecimiento y lo declaran por sucesiones saltándose la tajada de IRPF??

De ser así es un bombazo.... no entiendo como no se habla claramente sobre este tema, estamos hablando de un 30% de ahorro fiscal
 
Hazte las siguientes preguntas:

¿Quién hace las leyes?

¿Quién tiene suculentos planes de pensiones que no van a necesitar y pueden invertir en renta vitalicia?

Encontrarás la respuesta y más si tu comunidad autónoma bonifica los impuestos de “Herencias y Donaciones”.

Lo mismo ocurre si, siendo mayor de 65, vendes una de tus casas y la inviertes en renta vitalicia. Cobrarás una miseria mientras vivas de la renta vitalicia pero te libras y libras de una morterada de impuestos a tus herederos.
 
Me parece que se la clavan al que lo herede.
Y de golpe.
Dudo que dejen de saquear.
Por no hablar de que pueden recrudecer las reglas. No deberían, pero lo hacen y pinta que más que lo harán.
Hay que leer toda la letra pequeña. Lupa buena manda
 
Pensión vitalicia de 2.792,38 € sin haber cotizado un sólo minuto a la Seguridad Social. Cristina, disculpa, ¿alguna idea revolusionaria para acabar con la desigualdá en este país?

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La información que hay no es clara

Por un lado te dicen que una renta vitalicia en caso de fallecimiento tributa por sucesiones.
Por otro lado te dicen que traspasar un plan de pensiones a una renta vitalicia no es considerado rescate sino traspaso, y que siempre y cuando el titular no rescate no hay que pagar rendimientos.

Con esas dos condiciones se entiende, que su una persona que tiene 100.000€ en un plan de pensiones sin perspectiva de necesitarlos, puede dejarlo en barbecho como un fondo de inversión, cuando la persona sea muy mayor lo pasa a Renta vitalicia y los heredores cobran el capital por fallecimiento y lo declaran por sucesiones saltándose la tajada de IRPF??

De ser así es un bombazo.... no entiendo como no se habla claramente sobre este tema, estamos hablando de un 30% de ahorro fiscal
La plusvalía del muerto.

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