Consultorio de derecho laboral.

gdr100

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Una duda; por hospitalización del abuelo de mi cónyuge tengo el permiso de dos días?

El convenio de la empresa y el sectorial recogen expresamente el permiso en el caso de suegros, cuñados, yernos,... Pero no esté supuesto.

Si vamos al E.T. recoge el derecho al permiso hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad, es decir, abuelos incluidos, pero en el caso de ser abuelo de mi mujer, es segundo grado de afinidad, no?

Por tanto, aunque específicamente no lo recoge el convenio deberían darme el permiso, no?



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atika

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Una duda; por hospitalización del abuelo de mi cónyuge tengo el permiso de dos días?

El convenio de la empresa y el sectorial recogen expresamente el permiso en el caso de suegros, cuñados, yernos,... Pero no esté supuesto.

Si vamos al E.T. recoge el derecho al permiso hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad, es decir, abuelos incluidos, pero en el caso de ser abuelo de mi mujer, es segundo grado de afinidad, no?

Por tanto, aunque específicamente no lo recoge el convenio deberían darme el permiso, no?



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Efectivamente, si estás casado por afinidad te corresponde el permiso. Art 37 ET
 

Wein

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Buenos dias . A ver mi duda es que puede hacer una persona que ha cotizado 15 años o mas pero no los dos ultimos en los ultimos 15 añós.

Hay alguna forma de cotizarlos sin hacerse autonomo? Ni siquiera puede haber convenio especial con la seguridad social y pagarse uno mismo porque también se necesita haber cotizado 3 de los ultimos 12

Había leido que ha aparecido una ley en la que puedes pagarte dos años seguidos de un solo pago, supongo tiene que ver con eso y me pareceria justa.
 

atika

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Buenos dias . A ver mi duda es que puede hacer una persona que ha cotizado 15 años o mas pero no los dos ultimos en los ultimos 15 añós.

Hay alguna forma de cotizarlos sin hacerse autonomo? Ni siquiera puede haber convenio especial con la seguridad social y pagarse uno mismo porque también se necesita haber cotizado 3 de los ultimos 12

Había leido que ha aparecido una ley en la que puedes pagarte dos años seguidos de un solo pago, supongo tiene que ver con eso y me pareceria justa.
Hola. Mucho me temo que o te hacen un contrato, o te das de alta como autónomo. Respecto a lo de pago único, la primera noticia que tengo, pero al fin y al cabo te da igual, puesto que si para firmar y pagar un convenio con la seguridad social necesitas como tu dices haber cotizado 3 años de los 12 últimos, sigues incumpliendo la norma, con lo que tampoco podrías acceder ni pagando un único pago.
Al menos te queda la salida de autónomo, y el primer año está bonificado, con lo que no preocuparse.
Un saludo.
 

Wein

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Hola. Mucho me temo que o te hacen un contrato, o te das de alta como autónomo. Respecto a lo de pago único, la primera noticia que tengo, pero al fin y al cabo te da igual, puesto que si para firmar y pagar un convenio con la seguridad social necesitas como tu dices haber cotizado 3 años de los 12 últimos, sigues incumpliendo la norma, con lo que tampoco podrías acceder ni pagando un único pago.
Al menos te queda la salida de autónomo, y el primer año está bonificado, con lo que no preocuparse.
Un saludo.
Bueno el caso es que eso de que tengas que tener dos años cotizados de los últimos 15 va a jorobar a mucha gente que está llegando a la edad de jubilación. Sí lei algo de una nueva ley en proyecto que puedes cotizarte dos años seguidos pagando 6 000-7000 euros pero no sé si tiene que ver con eso, con otro caso tendría poco sentido
 

Yoclio

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Buenas Atika

Estaba realizando un servicio, la empresa que lo tenia lo pierde y entra una nueva. No es subrogacion. Me contrata la nueva empresa por un año (hasta agosto 2018) y a los 2 meses me despiden sin darme los 15 dias (me dieron 2 dias)

Una amiga mia que es abogada de familia me recomendo a su socia que es laboral. Esta abogada me comento que podiamos ir a juicio por despido nulo ya que en el despido argumentaron causas economicas y por no tener el titulo del idioma valenciano.

La abogada dice que causas economicas no es ya que hay otra persona en mi puesto y el tema del idioma, cuando me contrataron ya sabian que no lo tenia (la empresa dice que la administracion publica les exige que el personal tenga ese titulo)

Total que le he abonado 800€, en la mediacion no hubo ningun resultado y el juicio es para marzo de 2019....

Ella lo plantea como Nulo, con expectativas de salarios e indemnizacion. Y de lo que saque se lleva el 10% aparte de los 800€.

Mis dudas son si cogioel caso por tener opciones o coger el dinero y dentro de año y medio ya veremos, que con el tiempo se enfrian las cosas pero el dinero ya lo tiene...


Como lo veis?? En mi entorno dicen que he perdido el dinero.

Gracias por tu atención
puffff. Hay mil cosas que se me escapan ¿Porqué no hubo subrogación?
Más: La empresa nueva demuestra que es palillera profunda:
1º- Si gana un concurso (porque era un concurso público ¿verdad?) ¿Cómo no va ha haber dinero?
2º- ¿Porqué no te da el preaviso y te despide a los 15 días? Total son 20 días por año, llevas dos meses son 1.6 días de salario... ínfimo para complicarse la vida.
3º- Si hay cambios objetivos en la prestación del contrato, como por ejemplo aprender el dialecto de la taifa en cuestión, el estatuto obliga a que te den un plazo para formarte.
4º- No se yo dónde han vulnerado tus derechos fundamentales ahí, pero bueno.

Respecto a las dudas con la letrada. Yo tambien hubiese cogido el caso. Y de ser la empresa tampoco hubiese pactado en mediación, y más si estoy mal de dinero. Ya pactaré en la puerta del juzgado y mientras me financio a tu costa. Visto lo cual y con la minima información que me das me atrevería a decir que la empresa te ofrecerá la improcedencia en la puerta del juzgado, y como no puedas probar que ha habido subrogación la indemnización va a ser ridícula, porque a ojo salen 3 días de salario. Si la abogada consigue probar que hubo vulneración entonces si que te puede rentar, pero ya te digo, con la información que me das imposible de saber. Yo me fiaría de ella puesto que tiene mucha más información que yo, y si estima ese tipo de demanda por algo será, nadie está tan bobo de presentar una demanda por vulneración cuando el tribunal lo primero que te va a pedir es una prueba indiciaria de dicha vulneración.

Así que resumiendo o cuentas mucho más o no sabría decirte. Y segundo: Yo me fiaría de la letrada, no creo que hayas perdido el dinero. Ah y 3, recuerda que el pleitear contra tu empreas desgrava en la declaración de la renta del año siguiente, así que pide factura.
Un saludo.
Gracias por contestar.

A ver te comento lo mejor que pueda. Resulta que hace 2 años la Generalitat lanzo un servicio y se dividia por lotes segun ambito geografico. Estos lotes se repartieron entre 3 empresas y eran anuales prorogables otro año.
Yo entre en la empresa anterior y estuve algo mas de un año ya que la chica anterior a mi se lo dejo. En la anterior empresa, el lote no requería el idioma valenciano al ser zonas castellanizadas.

Total vuelven a sacar los lotes, pero esta vez agrupan zonas y salen menos lotes. Esta empresa que no estaba antes, puja mas barato y se queda un par de lotes, entre ellas la zona que yo llevaba que ahora la han ampliado y piden el idioma.

Total que me contratan sabiendo que no lo tengo (yo creo que para aprovechar mi red de contactos y el trabajo que habia acumulado durante algo mas de un año, ya que si no partian de cero, sin saber que hacer, a quien contactar, etc).

Total que a los dos meses me dicen que desde la conselleria me tienen que despedir, me querian despedir ese mismo dia que era viernes y al final como quedaban dos dias para acabar el mes me dieron dos dias. Que no me podian tener ni un dia mas contratado porque se lo prohibian. Luego me ofrecieron estar un mes mas si formaba a mi sustituto, lo cual me negue. Me negue a darles informacion, me amenazaron con denunciarme, y la abogada me recomendo darsela y asi lo hice.

A mi esto me malo bastante, me compre un coche ya que el trabajo era ir rodando por esa zona que me tocaba, rechace otro trabajo por la seguridad de estar un año + otro prorrogable...

En la carta de despido pone lo que te comento: causas economicas y no tener el idioma requerido.

Y sobre la abogada, es del despacho de una buena amiga, es un despacho pequeño que lo llevan ellas mismas como socias, han ganado juicios contra grandes franquicias, estudio la subrogacion pero me dijo que en este caso no aplica.

En la mediacion vino el gerente solo, me dio la mano y cuando nos toco entrar dijimos que no hay acuerdo, la del juzgado dijo que el siguiente paso era una demanda (o algo asi dijo), mi abogada dijo que ya estaba redactada y el gerente dijo: Ah, si? como descolocado, se despido y se marcho rapido.

Y hasta aqui mi historia.
Vale, pero poco te voy a poder ayudar:
Lo primero es que habré que hacer caso a la abogada con respecto de la subrogación, si está tan segura, no creo que haya.
Sigo pensando que no has perdido el dinero, si han cambiado las condiciones la empresa tiene la obligación de formarte.
Creo que has hecho bien en demandar, no se porqué la empresa no te ofreció la improcedencia siendo la indemnización como es ridícula. Si tu abogada le gana una demanda con vulneración va a flipar; en el fondo esa es la madre del cordero.
Un saludo.

hola Atika

No se si recoradaras mi caso. Un año y poco despues se ha celebrado el juicio, no se si recordaras algo de lo que hablamos.
No me han ofrecido ningun acuerdo, es mas el abogado contrario dice que el despido estaba bien y que no entendia el porque del juicio.
El caso es que he salido sin nada claro ya que el juez dice que hay que ir a lo penal porque se llevaron la licitacion sin cumplir los requisitos. Yo ni he entrado, han entrado los abogados han estado 20 minutos discutiendo a gritos y han salido.

Mi abogada dice que tiene que estudiar el tema... espero que no me cueste mas dinero. Como lo ves tu?? Has visto alguna vez un caso parecido?¿ Porque vinculan mi despido con el tema de si obtuvieron ilicitamente el servicio?
Hola Atika

Te escribo para informarte como quedo mi caso...

Me han dado una copia de un documento de la Fiscalia Provincial que pone "Diligencias de investigacion penal" y pone en negrita mas abajo drecretamos el archivo al no encontrar indicios.

Segun la abogada es que por encima no han encontrado ningun delito y que abriendo el proceso penal lo investigaran bien.

Resulta que me cita la abogada para decirme que le tengo que pagar 990+iva por abrirme el juicio penal sobre este tema. Le dije que en su momento le pague mas de 600e y mi caso no esta resuelto pero me dice que el tramite social ya acabo y ahora por lo penal es otro procedimiento. me dice que reclaman 17000e pero que es sin comision. Le digo que no me cobren y en caso de ganar se lleven el 10% y me dice que no, que les genera muchos gastos.

Ante esto he decidido abandonar.
 

atika

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Hola Atika

Te escribo para informarte como quedo mi caso...

Me han dado una copia de un documento de la Fiscalia Provincial que pone "Diligencias de investigacion penal" y pone en negrita mas abajo drecretamos el archivo al no encontrar indicios.

Segun la abogada es que por encima no han encontrado ningun delito y que abriendo el proceso penal lo investigaran bien.

Resulta que me cita la abogada para decirme que le tengo que pagar 990+iva por abrirme el juicio penal sobre este tema. Le dije que en su momento le pague mas de 600e y mi caso no esta resuelto pero me dice que el tramite social ya acabo y ahora por lo penal es otro procedimiento. me dice que reclaman 17000e pero que es sin comision. Le digo que no me cobren y en caso de ganar se lleven el 10% y me dice que no, que les genera muchos gastos.

Ante esto he decidido abandonar.
Me cambias de tercio: Yo te estaba hablando de un despido y me abres el mensaje con diligencias de investigación penal. Yo no soy penalista y es la primera noticia al respecto que me das ¿Cómo derivó un juicio laboral en uno penal? ¿Cómo se calificó tu despido? ¿le estimaron la nulidad a tu letrada? ¿O solo la improcedencia como a mí me parecía?
 
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KUTRONIO

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Buenas Atika de nuevo, estoy en una nueva empresa pero ya tengo la sensación que no voy a durar mucho

Mi pregunta es la siguiente, el empresaurio va de podemita y antifranqusita total pero por si acaso le viene muy bien la medida franquista de pagar el sueldo en 15 nóminas con las famosas pagas extras del 18 de Julio la de Navidad y una que decían extra porque la paga extra no es un préstamo a interés cero que le hace el trabajador al empresayuiro ¿Verdad?

Creo que un trabajador podría pedir que le paguen en 12 pagas en vez de 15 ¿Es posible? Si hace la demanda ¿Se la puede denegar el empresaurio?
 
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atika

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Buenas Atika de nuevo, estoy en una nueva empresa pero ya tengo la sensación que no voy a durar mucho

Mi pregunta es la siguiente, el empresaurio va de podemita y antifranqusita total pero por si acaso le viene muy bien la medida franquista de pagar el sueldo en 15 nóminas con las famosas pagas extras del 18 de Julio la de Navidad y una que decían extra porque la paga extra no es un préstamo a interés cero que le hace el trabajador al empresayuiro ¿Verdad?

Creo que un trabajador podría pedir que le paguen en 12 pagas en vez de 15 ¿Es posible? Si hace la demanda ¿Se la puede denegar el empresaurio?
Ya está respondida la pregunta en el post #61. Se ha de pagar como diga en el convenio. No es optativo aunque si negociable de mutuo acuerdo.
Un saludo.
 
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jolu

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Una pregunta:

Si una persona tiene una reducción de jornada de un 50%, desde hace años, por cuidados de hijos menores de 12 años, ¿Cuanto tiempo debe estar incorporado sin reducción (trabajando 100%) para en caso de baja poder cobrar el 100%?

¿En ese tiempo icorporado al 100% puede pedirse las vacaciones? (Supongamos que la incorporación al 100% es desde el 1 enero y en marzo se pide los 30 días de vacaciones)
 

atika

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Si una persona tiene una reducción de jornada de un 50%, desde hace años, por cuidados de hijos menores de 12 años, ¿Cuanto tiempo debe estar incorporado sin reducción (trabajando 100%) para en caso de baja poder cobrar el 100%?

¿En ese tiempo icorporado al 100% puede pedirse las vacaciones? (Supongamos que la incorporación al 100% es desde el 1 enero y en marzo se pide los 30 días de vacaciones)
Depende, ¿el contrato original es a tiempo completo o a tiempo parcial?
 

jolu

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Depende, ¿el contrato original es a tiempo completo o a tiempo parcial?
El contrato original es a tiempo completo y además hablamos de un empleado público,para mas señas, estatutario.