Pregunta sobre efectivo

por cierto tu donde vives?
Es que soy Inspector de Hacienda y quiero hacerte una visita de cortesia.
 
Buenas,

Tengo una pregunta que debería de ser sencilla.

Supongamos que a lo largo de 5 años he ido sacando cantidades del banco y me he acabado juntando con 100.000€ en efectivo. Supongamos que sigo sacando y sacando y que un día quiero comprar una vivienda / montar un negocio y uso este dinero (que es mío y lo he ganado legalmente).

¿Podría tener problemas?

En los balances del banco se pueden ver retiradas durante bastante tiempo, pero ¿Esto es suficiente?

Gracias y saludos.

Si guardas los justificantes no veo yo que hacienda pueda plantear dudas sobre su procedencia.
 
Entonces si alguien saca de 1.000 a 2.000 Euros al mes de su cuenta, en metálico, los utiliza para pagar todo lo que no es "trazable" por Hacienda: comida, ropa, ocio, viajes, incluso gasolina...
...y además le entran esos 1.000-2.000 Euros al mes en B...

Al cabo de 5 años tendría unos 100.000 Euros que le han entrado en B pero él diría que se corresponden con lo que ha ido sacando del banco y que lo ha tenido debajo del colchón...

Qué manera más sencilla de blanquear, no???
 
Entonces si alguien saca de 1.000 a 2.000 Euros al mes de su cuenta, en metálico, los utiliza para pagar todo lo que no es "trazable" por Hacienda: comida, ropa, ocio, viajes, incluso gasolina...
...y además le entran esos 1.000-2.000 Euros al mes en B...

Al cabo de 5 años tendría unos 100.000 Euros que le han entrado en B pero él diría que se corresponden con lo que ha ido sacando del banco y que lo ha tenido debajo del colchón...

Qué manera más sencilla de blanquear, no???

Entonces por esa regla todo dinero en efectivo que no esté en el banco es dinero zain. Lo que planteas es lo que se denomina "prueba diabólica".

Imagina una persona que vive con sus padres, y únicamente contribuye para pagar los gastos ordinarios del hogar con lo imprescindible; y no realiza gasto alguno en ocio (o el mínimo). Dime cómo prueba que se dinero es dinero declarado que efectivamente ha ido sacando del banco poco a poco.

¿Esta persona que no es petulante y no se fía del sistema, prefiere tener el dinero a salvo en casa de sus padres o donde le de la gana pero que no sea un banco y ya presuntamente es un delincuente?.

Te pongo un ejemplo a modo comparativo: Tu te compras en un centro comercial una cazadora. Te la pruebas en casa, la examinas bien y ves que no tiene tara alguna ,y digamos que el ticket lo tiras, o lo extravías. Al día siguiente estrenas esa cazadora y vas a ese centro comercial con ella puesta. Imagina que al salir del centro comercial el de seguridad te agarra y te dice que esa cazadora la has hurtado. Ahí debe ser el centro comercial el que debe probar que tú has hurtado la cazadora (testigo, grabación de seguridad, alarma antihurto.....). Pues en el caso de tener dinero en efectivo, lo mismo.
 
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Entonces por esa regla todo dinero en efectivo que no esté en el banco es dinero zain. Lo que planteas es lo que se denomina "prueba diabólica".

Imagina una persona que vive con sus padres, y únicamente contribuye para pagar los gastos ordinarios del hogar con lo imprescindible; y no realiza gasto alguno en ocio (o el mínimo). Dime cómo prueba que se dinero es dinero declarado que efectivamente ha ido sacando del banco poco a poco.

¿Esta persona que no es petulante y no se fía del sistema, prefiere tener el dinero a salvo en casa de sus padres o donde le de la gana pero que no sea un banco y ya presuntamente es un delincuente?.

Te pongo un ejemplo a modo comparativo: Tu te compras en un centro comercial una cazadora. Te la pruebas en casa, la examinas bien y ves que no tiene tara alguna ,y digamos que el ticket lo tiras, o lo extravías. Al día siguiente estrenas esa cazadora y vas a ese centro comercial con ella puesta. Imagina que al salir del centro comercial el de seguridad te agarra y te dice que esa cazadora la has hurtado. Ahí debe ser el centro comercial el que debe probar que tú has hurtado la cazadora (testigo, grabación de seguridad, alarma antihurto.....). Pues en el caso de tener dinero en efectivo, lo mismo.

Bien. Pero qué dice (o mejor dicho, qué hace) Hacienda al respecto?
Quién tiene que demostrar la (supuesta) procedencia del dinero zain???... Hacienda o yo???

Porque, insisto, si es tan fácil blanquear dinero zain, pues...
 
Quién tiene que demostrar la (supuesta) procedencia del dinero zain???... Hacienda o yo???

Entre la gente normal, el peso de la prueba recae en quien acusa. Pero claro, cuando te topas con el Estado la cosas siempre cambian, mira si no con la presunción de veracidad de la policía, así que con Hacienda quien sabe... igual hasta te toca a ti demostrar que es dinero limpio.
 
Conozco a una individua que blanqueó de la siguiente forma:

. vendió una propiedad y recibió un montón de dinero en B, que guardó en su casa. Del dinero que ganaba, sacaba del banco lo mínimo, así que el grueso del gasto lo gastaba de su dinero B, por lo que acabó agotándolo (casi es imposible detectar algo así, puesto que podía argüir que llevaba una vida muy austera)

Yo me pregunto qué hubiera podido hacer de ser mucho el dinero (y temer que, necesitando muchos años para gastarlo, la inflación se comiera parte del negocio): pues podría haber gastado una parte siguiendo su procedimiento y la otra, al final, haberla ingresado en un banco (alegando de haber una inspección que todavía su austeridad había sido mayor, puesto que de aquellas pequeñas cantidades que sacaba para sus gastos, había sido capaz de ahorrar la mitad poniéndolo debajo del colchón...
 
No entiendo cual es la razon de guardar el dinero en metalico, pero a parte del riego de incendio o robo no tiene muchas ventajas, si no se invierte en algo la inflaccion va comiendoselo poco a poco, y si el euro se va a la guano da igual tenerlo en el banco que en metalico, se saldria perdiendo igual.
 
Entonces si alguien saca de 1.000 a 2.000 Euros al mes de su cuenta, en metálico, los utiliza para pagar todo lo que no es "trazable" por Hacienda: comida, ropa, ocio, viajes, incluso gasolina...
...y además le entran esos 1.000-2.000 Euros al mes en B...

Al cabo de 5 años tendría unos 100.000 Euros que le han entrado en B pero él diría que se corresponden con lo que ha ido sacando del banco y que lo ha tenido debajo del colchón...

Qué manera más sencilla de blanquear, no???


¿no te das cuenta de que podría perfectamente no sacar ni un duro y gastarse el dinero zain directamente?
 
No entiendo cual es la razon de guardar el dinero en metalico, pero a parte del riego de incendio o robo no tiene muchas ventajas, si no se invierte en algo la inflaccion va comiendoselo poco a poco, y si el euro se va a la guano da igual tenerlo en el banco que en metalico, se saldria perdiendo igual.

Porque si el dinero en metálico procede de ingresos en B... cómo aparece en tu cuenta bancaria???... lo ingresas en cuenta de un día para otro???

Ahí está el debate, en si se puede ingresar (o comprar un inmueble) de manera justificada. Vamos, un lavado de dinero en toda regla...
 
¿no te das cuenta de que podría perfectamente no sacar ni un duro y gastarse el dinero zain directamente?

Ya. Mi duda es si ingresa en B más de lo que gasta. Es decir, aún pagando todos los gastos con B, que le queden 1.000 o 2.000 euros al mes procedentes de B...

... en resumen: lo mejor para todos es ganar todo en A... y así no hay problemas !!!

😀
 
Porque si el dinero en metálico procede de ingresos en B... cómo aparece en tu cuenta bancaria???... lo ingresas en cuenta de un día para otro???

Ahí está el debate, en si se puede ingresar (o comprar un inmueble) de manera justificada. Vamos, un lavado de dinero en toda regla...

Si, pero el autor del hilo no decia nada de ingresos en B, sino que lo sacaba de su cuenta porque no se fia del banco y luego si mas adelante queria usarlo para comprar una casa.
 
Ya. Mi duda es si ingresa en B más de lo que gasta. Es decir, aún pagando todos los gastos con B, que le queden 1.000 o 2.000 euros al mes procedentes de B...

... en resumen: lo mejor para todos es ganar todo en A... y así no hay problemas !!!

😀

Es lo que dice Gamu, ¿para que vas a blanquearlo? Te lo gastas directamente.

Y en el caso de que tengas sobrante, hay mil formas fáciles de blanquearlo: una fácil es con el alquiler. Yo a mi casero le pago en metálico, que es como establece la LAU por defecto salvo que se pacte otra cosa.

Si tuviera ingresos en B, podría pagarle con el dinero zain directamente el casero sin necesidad de tocar el dinero A de mi banco, lo que sería equivalente a blanquearlo.

De hecho el alquiler es una máquina cojinuda de blanquear dinero que, además, inviertes en ti mismo, puesto que puedes llevar una vida de lujo en un piso/casa/chalet estupendo en el sitio que más te guste.

Además, como el alquiler no desgrava, no hay ningún incentivo fiscal para pagarlo en A. 🙂)

Saludos
 
Vale. No me entra dinero B. Estoy durante 5 años sacando 2.000 Euros de caja para TODOS los gastos.
Al cabo de 5 años de repente me entran 120.000 Euros en B.

Puedo ingresarlos en cuenta alegando que se corresponden con los 2.000 Euros al mes x 60 meses que los he ido metiendo debajo el colchón porque no me fiaba del banco???

:fiufiu:
 
Supongamos que soy una estudiante. Supongamos que soy incluso menor de edad. Supongamos que mis papis me cubren todos mis gastos y yo hoy siego el jardín de mi vecino de al lado, mañana al de detrás, pasado hago de canguro para el de la izquierda, la semana que viene hago repartos para el supermercado de la esquina... y me saco digamos... 500€/mes y los voy guardando debajo del ladrillo verde de la barbacoa que tengo en el jardín.

Y después de haber hecho el COU y finalizada la carrera tengo un buen colchón y me quiero comprar qué se yo... una plaza de aparcamiento para alquilarla, por ejemplo.

Yo creo que la hora de tributar llega cuando yo aflore ese dinero. Es decir, cuando una vez realizada la operación de compra, paque mis impuestos correspondientes y los sucesivos.

¿No es así? Que alquien que sepa del tema, me lo aclare, por favor.
 
Yo no sé mucho del tema, porque por desgracia me hace falta todo el dinero que gano para ir tirando, pero vamos, entiendo que siempre que puedas justificarlo no deberías de tener problemas.

Otra cosa es que Hacienda te pueda liar y que quedes fichado para el resto de tus días, cuando digo fichado me refiero a que no vuelvas a pasar desapercibido para ellos nunca más.

Y esto es así, porque no me negarás que por mucho que lo puedas justificar, lo que propones lo que se dice muy normal no es. Por otra parte seguro que los de Hacienda están hartos de oir argumentos similares de mafiosillos varios cuando los han pillado con las manos en la masa. ¿Por qué iban a pensar de entrada que tu serías distinto de ellos?

Y una última duda, ¿Tanto desconfías de los bancos que prefieres arriesgarte a tener movidas con Hacienda, perderlo todo en un incendio o robo? Es que es difícil creer que alguien pueda arriesgar una cantidad de dinero así, si no es porque es "B". Y ese razonamiento lógico es el que usaría Hacienda para sospechar de ti. Pero vamos, salvo el susto que te puedas llevar, al haber pasado previamente por el banco, siempre podrás justificarlos (aún habiendo perdido justificantes, eso ha tenido que quedar registrado en el banco). Otra cosa es que hayas sacado 100K y te pillen con 200K.

Saludos
 
Estos procesos históricos convierten en costumbre popular la separación del nombre monetario de los pesos de los metales y los nombres corrientes de sus fracciones de peso. Finalmente, como el patrón—dinero es algo puramente convencional y algo, al mismo tiempo, que necesita ser acatado por todos, interviene la ley para reglamentarlo. Una fracción determinada de peso del metal precioso, v. gr. una onza de oro, se divide oficialmente en partes alícuotas, a las que se bautiza con nombres legales, tales como libra, tálero, etc. A su vez, estas partes alícuotas, que luego rigen como las verdaderas unidades de medida del dinero, se subdividen en otras partes alícuotas, bautizadas también con sus correspondientes nombres legales: chelín, penique, etc.10 Pero el dinero metálico sigue teniendo por patrón, exactamente igual que antes, determinadas fracciones de peso del metal. Lo único que varía es la división y la denominación.
Como se ve, los precios o cantidades de oro en que se convierten idealmente los valores de las mercancías se expresan ahora en los nombres monetarios, o sea, en los nombres aritméticos del patrón oro que la ley determina. Por tanto, en vez de decir que un quarter de trigo vale una onza de oro, en Inglaterra se dirá que vale 3 libras esterlinas, 17 chelines y 10 1/2 peniques. Las mercancías se comunican pues, unas a otras, en sus nombres monetarios, lo que valen, y, cuantas veces se trata de fijar una mercancía como valor, o lo que es lo mismo en forma de dinero, éste funciona como dinero aritmético.11
El nombre de una cosa es algo ajeno a la naturaleza de esta cosa. Por el hecho de saber que un hombre se llama Jacobo, no sabemos nada acerca de él. En los nombres monetarios “libra”, “tálero”, “franco”, “ducado”, etc., se borran todas las huellas del concepto del valor. Y la confusión que produce el sentido misterioso de estos signos cabalísticos crece sí se tiene en cuenta que los nombres mone¬tarios expresan el valor de las mercancías, al mismo tiempo que expresan partes alícuotas del peso de un metal, del patrón—oro.12 Por otra parte, el valor, a diferencia de la abigarrada corporeidad del mundo de las mercancías, no tiene más remedio que desarrollarse hasta alcanzar esta forma incolora y objetiva, que es al mismo tiempo una forma puramente social.13
 
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El precio es el nombre en dinero del trabajo materializado en la mercancía. Por tanto, decir que existe una equivalencia entre la mercancía y la cantidad de dinero cuyo nombre es su precio, representa una perogrullada,14 puesto que la expresión relativa de valor de toda mercancía expresa siempre, como sabemos, la equivalencia entre dos mercancías. Pero el que el precio, como exponente de la magnitud de valor de la mercancía, sea el exponente de su proporción de cambio con el dinero, no quiere decir, por el contrarío, que el exponente de su proporción de cambio con el dinero sea necesariamente el de su magnitud de valor. Supongamos que en 1 quarter de trigo y en 2 libras esterlinas (aproximadamente 1/2 onza de oro) se encierre la misma cantidad de trabajo socialmente necesario. Las 2 libras es¬terlinas son la expresión en dinero de la magnitud de valor del quarter de trigo, o sea su precio. Ahora bien, sí las circunstancias permiten cotizar el trigo a 3 libras esterlinas u obligan a venderlo a 1, nos encontraremos con que estos precios de 1 y 3 libras esterlinas, de¬masiado pequeño el uno y demasiado grande el otro como expresiones de la magnitud de valor del trigo, son, sin embargo, precios del mismo; en primer lugar, porque son su forma de valor en dinero, y en segundo lugar, porque son exponentes de su producción de cambio con éste. Suponiendo que no cambien las condiciones de producción ni el rendimiento del trabajo, la reproducción del quarter de trigo seguirá costando el mismo tiempo de trabajo social que antes. Esto es un hecho que no depende de la voluntad del productor del trigo ni del capricho de los demás poseedores de mercancías. La magnitud de valor de la mercancía expresa, por tanto, una proporción nece¬saria, inmanente a su proceso de creación, con el tiempo de trabajo social. Al cambiar la magnitud de valor en el precio, esta proporción necesaria se revela como una proporción de cambio entre una deter¬minada mercancía y la mercancía dinero, desligada de ella. Pero, en esta proporción puede expresarse y se expresa, no sólo la magnitud de valor de la mercancía, sino también el más o el menos en que en ciertas circunstancias puede cotizarse. Por tanto, la forma precio envuelve ya de suyo la posibilidad de una incongruencia cuantita¬tiva entre el precio y la magnitud del valor, es decir, la posibilidad de una desviación entre el primero y la segunda. Y ello no supone un defecto de esta forma; por el contrario, es eso precisamente lo que la capacita para ser la forma adecuada de un régimen de producción en que la norma sólo puede imponerse como un ciego promedio en medio de toda ausencia de normas.
 
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Sin embargo, la forma precio no sólo permite la posibilidad de una incongruencia cuantitativa entre éste y la magnitud de valor, es decir entre la magnitud de valor y su propia expresión en dinero, sino que puede, además, encerrar una contradicción cualitativa, haciendo que el precio deje de ser en absoluto expresión del valor, a pesar de que el dinero no es más que la forma de valor de las mer¬cancías. Cosas que no son de suyo mercancías, por ejemplo la con¬ciencia, el honor, etc., pueden ser cotizadas en dinero por sus poseedores y recibir a través del precio el cuño de mercancías. Cabe, por tanto, que una cosa tenga formalmente un precio sin tener un valor. Aquí, la expresión en dinero es algo puramente imaginario, como ciertas magnitudes matemáticas. Por otra parte, puede también ocurrir que esta forma imaginaria de precio encierre una proporción real de valor o una relación derivada de ella, como sucede, por ejemplo, con el precio de la tierra no cultivada, que no tiene ningún valor, porque en ella no se materializa trabajo humano alguno.
Como toda forma relativa de valor, el precio expresa el valor de una mercancía, v. gr. de una tonelada de hierro, indicando que una determinada cantidad de equivalente, v. gr. una onza de oro, es directamente cambiable por hierro, pero no, ni mucho menos, asegurando que el hierro sea a su vez directamente cambiable por oro. Por tanto, para poder ejercer sus funciones prácticas de valor de cambio, la mercancía tiene que desabrigadarse de su corporeidad natural, convertirse de oro puramente imaginario en oro real, aunque esta transubstanciación le sepa “más amarga” que al “concepto” hegeliano el tránsito de la necesidad a la libertad o a una langosta la rotura del caparazón, o a San Jerónimo, el padre de la Iglesia, el despojarse del viejo Adán.15 Además de su forma real y corpórea, hierro por ejemplo, la mercancía puede asumir, en el precio, forma ideal de valor o forma imaginaria de oro; lo que no puede es ser al mismo tiempo hierro efectivo y oro real. Para asignarle un precio, basta con equiparar a ello oro imaginario. Se la sustituye por oro, para que preste a su poseedor el servicio de equivalente general. Sí el poseedor del hierro, v gr., se enfrentase con el poseedor de una mercancía mundana y le brindase el precio en hierro, como forma de dinero, el mundano contestaría como contestó en el Paraíso San Pedro al Dante, cuando éste le recitó la fórmula de la fe:

Assai bene è trascorsa
D'esta moneta già la lega e' l peso,
Ma dimmi se tu l'hai nella tua borsa. (15)
 
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