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Hola. Aquí van unos extracctos del artículo 81 de la Ley 42/1994 ……acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación
de monedas de 12 euro para el año 2002, se dio continuidad
a la etapa iniciada dentro del marco monetario en el
año 94 con la moneda de 2.000 pesetas.
La Ley 62/2003, de 30 de diciembre (BOE n.º 313, de 31
de diciembre de 2003), de Medidas Fiscales, Administrativas
y del Orden Social, en su artículo 102, realiza una
trasposición de la normativa comunitaria (Comunicación
de la Comisión relativa a la Recomendación, de 29 de septiembre
de 2003, sobre un procedimiento común para la
modificación del diseño de la cara nacional en el anverso
de las monedas en euros destinadas a la circulación); y,
modifica la redacción del artículo 81 de la Ley 42/1994,
dando una nueva terminología en relación con las monedas
conmemorativas y de colección.
En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece,
entre otras cuestiones, que, a partir de enero
de 2004, se denominarán monedas de colección ¡¡¡ MONEDAS DE COLECCION!!! en euros,
las monedas en euros no destinadas ¡¡¡NO DESTINADAS!!! a la circulación, acuñadas
normalmente en metales preciosos, con un valor
nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación.
Estas monedas deberán diferir perceptiblemente de
las circuladas en, al menos, dos de las tres características
siguientes: tonalidad, peso y diámetro.
En la misma disposición se autoriza con carácter
general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real
Casa de la Moneda, a acuñar y comercializar monedas de
colección de todo tipo. La acuñación y venta de estas
monedas serán acordadas por Orden del Ministerio de
Economía y Hacienda, que, de conformidad con las disposiciones
comunitarias, fijará las características propias de
las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de
emisión y, en su caso, los precios de venta al público.
Primero. Acuerdo de emisión, acuñación y puesta en
circulación.–Se acuerda para el año 2006, la emisión, acuñación
y puesta en circulación de monedas de coleción ¡¡¡MONEDAS DE COLECCION!!
de 12 euro ¡¡¡ 12 EURO !!! que conmemoran el V Centenario de la gloria
de Cristóbal Colón.
Por lo que entiendo que a partir de la acuñacion de Colón no es obligada la aceptacion de las monedas de 12€ en las transacciones comerciales.
Pero......
si te metes en la web del banco de España descubriras que las monedas de colección de 12€ SON DE CURSO LEGAL EN EL PAIS DE EMISION a diferencia de las “monedas conmemorativas” de 2€ que son de curso legal en toda la union.