Consultorio de derecho laboral.

  • Autor del tema Autor del tema atika
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Hola;
HAsta que edad, del niño, se puede solicitar una excedencia por cuidado de descendientes?

Salvo que por acuerdo o convenio se mejore, se puede pedir excedencia desde que el descendiente nace o es adoptado y hasta que cumpla tres años de edad.
Ver art. 46.3 ET.

En este enlace te la explican más y mejor:

Un saludo.
 
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Hola Atika.

Vuelvo a la carga con lo de las horas extras; esto es lo que pone nuestro convenio acerca de ellas.

Si la jornada anual es 1712 h., ¿en base a esto no se puede pedir qué el exceso de jornada (vaya, la jornada irregular que quieren meternos) seán horas extra?

Se que me lo dejaste muy claro en el post anterior, pero como no te dí esta información, no se si ella es relevante.

Muchas gracias por adelantado.😉

Por otro lado, si no es abusar de tu paciencia, me gustaría exponerte otro tema raro, acerca de cambio de grupo de cotización a la seguridad social en una subrogación.
 

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Buenas tardes.

¿Tengo la obligación de leer emails que me manda mi empresa relacionados con temas laborales, fuera del horario laboral, para luego llegar con los "deberes" hechos, o debe la empresa realizar todas las comunicaciones en horario laboral y no mandando un email al correo personal?
 
Buenas.

Yo mañana me acercare a IT, a ver que me dicen ellos sobre este tema.

El viernes 30, cuando llegue de vacaciones casi me encuentro sin trabajo.

Intentó la empresa con la que trabajo, que nos subrogara otra que iba a entrar el dia 1.

Todo esto se enteran los compañeros el dia 29.

El dia 30 recibo la carta de subrogacion.

El mismo dia, por mis compañeros, no por la empresa, me entero que la otra empresa se echa para atras en el servicio.
Por lo visto no sabian que estabamos alli, y nos tenian que subrogar a todos.(Todo esto es un servicio del ayuntamiento de madrid, nosotros estamos con un departamento, y la nueva entraba con otro).

Casi nos vemos en el limbo laboral, de estar sin trabajo, y tener que denunciar a las dos a ver quien nos hubiera echado.

Por suerte la nueva se echo para atras, pero tememos que vuelvan a la carga este mes con lo mismo.

¿Tu sabrias algo de que se podria hacer sobre este tema?

Lo mismo lo tengo que explicar mejor, pero creo que mas o menos lo puse todo bien.

Un saludo.
 
Buenos días.

Quería saber si hay un precio mínimo por hora que pagar a un autónomo, pues tengo relación con quien ha recibido una oferta que considero insultante de 5.50 euros la hora, iva incluido o sea 4.45e más o menos.

Como de aquí hay que quitar la seguridad social, que le venden como solo de 50e y yo computo como 267e, no llega a 2.75e la hora.

Está a la espera de firmar el contrato aunque lleva trabajadas y cobradas dos semanas de 40 horas, lo que sería demostrable.

¿Se puede empurar a los hemprendedores?
 
Buenas tardes.

¿Tengo la obligación de leer emails que me manda mi empresa relacionados con temas laborales, fuera del horario laboral, para luego llegar con los "deberes" hechos, o debe la empresa realizar todas las comunicaciones en horario laboral y no mandando un email al correo personal?

No; No debes. El trabajo se hace en tiempo de trabajo. Si por casualidad tuvieses que hacer algo extra fuera de tu trabajo ese tiempo se consideraría como tal y debe de ser abonado.
Si fuera de tu horario de trabajo te mandan algún curso, y decides hacerlo en ese horario, el tiempo dedicado al curso es tiempo efectivo de trabajo.

Ahora en tú mano está cortar esta situación. Una mera conversación de: No atiendo mails fuera del trabajo y punto.

Puedes ser mas sutil y decir: se me ha j***** el pc ... y no pienso comprar otro así que no puedo leer nada.

En resumen: Te ampara la ley, si lo haces es porque quieres.
Un saludo.
 
Buenas.

Yo mañana me acercare a IT, a ver que me dicen ellos sobre este tema.

El viernes 30, cuando llegue de vacaciones casi me encuentro sin trabajo.

Intentó la empresa con la que trabajo, que nos subrogara otra que iba a entrar el dia 1.

Todo esto se enteran los compañeros el dia 29.

El dia 30 recibo la carta de subrogacion.

El mismo dia, por mis compañeros, no por la empresa, me entero que la otra empresa se echa para atras en el servicio.
Por lo visto no sabian que estabamos alli, y nos tenian que subrogar a todos.(Todo esto es un servicio del ayuntamiento de madrid, nosotros estamos con un departamento, y la nueva entraba con otro).

Casi nos vemos en el limbo laboral, de estar sin trabajo, y tener que denunciar a las dos a ver quien nos hubiera echado.

Por suerte la nueva se echo para atras, pero tememos que vuelvan a la carga este mes con lo mismo.

¿Tu sabrias algo de que se podria hacer sobre este tema?

Lo mismo lo tengo que explicar mejor, pero creo que mas o menos lo puse todo bien.

Un saludo.

Hola:
Lo primero no se qué es IT.
Con los mínimos datos que tengo me es casi imposible articular una mínima respuesta, porque por ejemplo para que te subroguen supongo que estarás trabajando en una administración (Ya lo vi el ayto) es la propia administración la que habrá sacado a concurso los servicios que presta tu empresa, otra habrá pujado por ellos y quiere hacerse cargo del servicio.
Según lo dispuesto en el estatuto de los trabajadores artículo 44.1 "1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente."
Tienen que subrogarse en la posición de la otra empresa.
Hasta aquí llegan mis conocimientos exactos, ahora "Supongo" que habrá que ir al pliego de condiciones del servicio, ver si está obligado a tener un determinado número de trabajadores etc etc etc.
Más: No hay que asustarse tan rápido porque para despedir a todos los trabajadores se requiere un E.R.E.
Te aconsejo la lectura al completo del artículo 44 ET.
Lamento la falta de concreción en la respuesta, pero la pregunta "Qué se podría hacer" solo tiene la respuesta de nada, porque primero nada ha pasado, y 2º la empresa está obligada a subrogarse, si despide a todos los trabajadores sin hacer un ere el despido es nulo y no improcedente, así que tendría que andarse con mil ojos.
Sin pasar realmente nada, nada concreto te puedo responder.
PD: Es un buen momento para preguntar a tu delegado sindical o miembro de comité, y si no lo hay, visto lo visto va siendo hora de convocar elecciones sindicales y presentarse por un sindicato, porque en caso de ere, los delegados tienen preferencia para quedarse.
Un saludo.
 
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Hola:
Lo primero no se qué es IT.
Con los mínimos datos que tengo me es casi imposible articular una mínima respuesta, porque por ejemplo para que te subroguen supongo que estarás trabajando en una administración (Ya lo vi el ayto) es la propia administración la que habrá sacado a concurso los servicios que presta tu empresa, otra habrá pujado por ellos y quiere hacerse cargo del servicio.
Según lo dispuesto en el estatuto de los trabajadores artículo 44.1 "1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente."
Tienen que subrogarse en la posición de la otra empresa.
Hasta aquí llegan mis conocimientos exactos, ahora "Supongo" que habrá que ir al pliego de condiciones del servicio, ver si está obligado a tener un determinado número de trabajadores etc etc etc.
Más: No hay que asustarse tan rápido porque para despedir a todos los trabajadores se requiere un E.R.E.
Te aconsejo la lectura al completo del artículo 44 ET.
Lamento la falta de concreción en la respuesta, pero la pregunta "Qué se podría hacer" solo tiene la respuesta de nada, porque primero nada ha pasado, y 2º la empresa está obligada a subrogarse, si despide a todos los trabajadores sin hacer un ere el despido es nulo y no improcedente, así que tendría que andarse con mil ojos.
Sin pasar realmente nada, nada concreto te puedo responder.
PD: Es un buen momento para preguntar a tu delegado sindical o miembro de comité, y si no lo hay, visto lo visto va siendo hora de convocar elecciones sindicales y presentarse por un sindicato, porque en caso de ere, los delegados tienen preferencia para quedarse.
Un saludo.

Buenas Atika.

IT me refiero a inspeccion de trabajo, por recortarlo y no ponerlo entero siempre 😛

En nuestro caso es subcontrata(Seguridad) del ayuntamiento.

Se(y confirmado por Inspeccion esta mañana), que en el caso que te planteaba, si nos dejasen en el limbo(Una se desprende de nosotros, y la otra no nos coge, porque dice que no subroga a nadie), tendriamos que denunciar a las dos, y que el juez fuese quien dijese quien nos despidio.

Sindicatos hay en esta empresa, pero son mas dejados que los que teniamos el año pasado con la anterior empresa con la que estabamos antes de subrogar con la que estamos ahora, y provoco toda esta movida.
Aparte que no me fio de ellos ya, ya que he tenido momentos de acoso con la anterior empresa, y pasaron de mi c***.

Ahora tiro de abogado, pero siempre es bueno preguntar fuera de tu ambito, por si alguien sabe un poco mas, lo cual te puede beneficiar a cara de un juicio.

Un saludo.
 
Hola.

Ante todo, disculpad si la pregunta está repetida, creo que no, pero por si acaso.

En mi departamento, al jefe de sección se le acaba de ocurrir que a partir de ahora va a distribiur él , unilateralmente, de Enero a Diciembre, los periodos de vacaciones entre los adscritos al departamento. Dice que si no te convence el periodo que te ha tocado no pone pegas en que lo intentes cambiar con algún compañero.

¿Es esto legal?.

Gracias.

.
 
Buenas.

El tema de vacaciones solo se podrá hacer entre acuerdo entre la empresa y el trabajador.

El mes mínimo que tienes, básicamente es de esa forma.

Si quieres coger 1 mes entero, o 2 quincenas distintas, sino pone nada en el convenio, es por acuerdo.

Si te las ponen unilateralmente, y no estás de acuerdo, puedes demandarlo por lo social, siendo este juicio rápido, realizado en menos de una semana.
Lo que decida el juez, es lo que habría que hacer.

Lo mismo me dejo algo de explicación, pero creo que está todo.

Pero aquí te lo explicará mucho mejor.



Un saludo.
 
Buenos días.

Quería saber si hay un precio mínimo por hora que pagar a un autónomo, pues tengo relación con quien ha recibido una oferta que considero insultante de 5.50 euros la hora, iva incluido o sea 4.45e más o menos.

Como de aquí hay que quitar la seguridad social, que le venden como solo de 50e y yo computo como 267e, no llega a 2.75e la hora.

Está a la espera de firmar el contrato aunque lleva trabajadas y cobradas dos semanas de 40 horas, lo que sería demostrable.

¿Se puede empurar a los hemprendedores?

Hola. Salvo que te dediques a una profesión colegiada y tu colegio haya establecido unos honorarios mínimos, no hay un mínimo establecido que puedas cobrar a tus clientes.
Lo único que se podría rascar ahí es averiguar si es un falso autónomo y meterles mano por ahí.
Básicamente esa oferta consiste en pagar por trabajaría, y salvo que me esté muriendo de hambre, no trabajaría por 2.75€/hora.
Un saludo.
 
parece que es la nueva moda en las startups de reparto, sea comida de restaurante, de supermercado, pedir que te traigan algo a casa.

el mensajero pone todo, y le engañan con que aunque solo saque 500 total paga 50 de autónomos y por estar en la calle a tu rollo hasta que suene el móvil...
 
Hola;

Están pidiendo en mi empresa,Hospital Publico, de gestión privada.
Me piden el certificado ese de delitos o antecedentes penales, delitos sensual o algo así.
Mi pregunta es;
Estoy obligado a pedirlo?
A presentarlo?
Por lo visto me tengo que desplazar a la capital de Provincia a solicitarlo.
¿Tiene que ser en mi tiempo libre?
Gracias.
 
Hola;

Están pidiendo en mi empresa,Hospital Publico, de gestión privada.
Me piden el certificado ese de delitos o antecedentes penales, delitos sensual o algo así.
Mi pregunta es;
Estoy obligado a pedirlo?
A presentarlo?
Por lo visto me tengo que desplazar a la capital de Provincia a solicitarlo.
¿Tiene que ser en mi tiempo libre?
Gracias.

te lo están pidiendo ¿Para qué?
¿Te lo han pedido por escrito?
 
Hola.
Me lo comento mi compañera anoche.
Dice que nos mandaron un mail este verano.
Yo no lo he recibido.
Yo ,trabajo en un servicio,en el cual no tengo contacto con menores.
Pa ra que ll estan pidiendo?
Ni idea.
Yo no pienso pedir este certificado, hasta que no me envien una mail, o una carta.
No voy a solicitarlo , si no es obligatorio.
 
Hola.
Me lo comento mi compañera anoche.
Dice que nos mandaron un mail este verano.
Yo no lo he recibido.
Yo ,trabajo en un servicio,en el cual no tengo contacto con menores.
Pa ra que ll estan pidiendo?
Ni idea.
Yo no pienso pedir este certificado, hasta que no me envien una mail, o una carta.
No voy a solicitarlo , si no es obligatorio.

Pues pasando olímpicamente. Aunque según lo cuentas parece radio macuto... "una compañera me ha dicho" Así que hasta que no te requieran nada de nada.
 
Hola, atika.

Si recuerdas la consulta de exceso de horas que te realice, tengo que contarte que la empresa ha reculado debido a la presión que hicieron nuestros sindicatos. Sin embargo, ahora nos salen con una cosa nueva.


Resulta que según nuestro convenio, nos pueden poner a los tiempos completos 4 turnos básicos, con posibilidad de mover la hora de entrada o salida de estos una hora hacia delante o atrás, y un adicional sin este requisito.

Mi acta de turnos tiene estos:

0600-1400* +- 1 hora

0900-1700 +- 1 hora

1400-2200 +- 1 hora

1800-0200 +- 1 hora

*

turno adicional fijo 2200-0600.

Total, que nos han puesto turnos de 16-00 (imposible con los básicos) y de 23-07 ( meter+- 1h. Al adicional, donde no se puede).

Todo ello no altera nuestra jornada anual de 1712 h. Y 214 días

No obstante, estamos divididos en la plantilla, entre los que quieren que se cumpla convenio y se eliminen dichos turnos, y los que consideran que ello es jornada irregular, y piensan callarse, hacerlos y después reclamar un plus que lleva implícito.

Así que la pregunta es: ponernos esos turnos fuera de los posibles en el convenio se puede considerar jornada irregular, aunque cumplamos convenio con número de días de presencia y de horas de trabajo?



Enviado desde mi Y635-L01 mediante Tapatalk
 
Hola, atika.

Si recuerdas la consulta de exceso de horas que te realice, tengo que contarte que la empresa ha reculado debido a la presión que hicieron nuestros sindicatos. Sin embargo, ahora nos salen con una cosa nueva.


Resulta que según nuestro convenio, nos pueden poner a los tiempos completos 4 turnos básicos, con posibilidad de mover la hora de entrada o salida de estos una hora hacia delante o atrás, y un adicional sin este requisito.

Mi acta de turnos tiene estos:

0600-1400* +- 1 hora

0900-1700 +- 1 hora

1400-2200 +- 1 hora

1800-0200 +- 1 hora

*

turno adicional fijo 2200-0600.

Total, que nos han puesto turnos de 16-00 (imposible con los básicos) y de 23-07 ( meter+- 1h. Al adicional, donde no se puede).

Todo ello no altera nuestra jornada anual de 1712 h. Y 214 días

No obstante, estamos divididos en la plantilla, entre los que quieren que se cumpla convenio y se eliminen dichos turnos, y los que consideran que ello es jornada irregular, y piensan callarse, hacerlos y después reclamar un plus que lleva implícito.

Así que la pregunta es: ponernos esos turnos fuera de los posibles en el convenio se puede considerar jornada irregular, aunque cumplamos convenio con número de días de presencia y de horas de trabajo?



Enviado desde mi Y635-L01 mediante Tapatalk

Sigo entendiendo que si, que es jornada irregular. Pero ojo la jornada irregular no puede servir para encubrir un aumento de la jornada del convenio. Un saludo.
 

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