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Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
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Hace varios años en estos mismos foros discutíamos sobre la muerte de
un guineano en una comisaría de Arrecife. En aquél entonces se puso a
parir al forense que tuvo la valentía de informar sobre las causas de
la muerte.
Lamentablemente, los horrores se repiten. Es posible que esta vez se
investigue algo mejor, pero sigue siendo válido lo que entonces
escribí sobre lo que la policía, y ahora la Guardia Civil, debe
investigar, sean uno o varios los que dieron los últimos golpes
mortales. Con esa intención vuelvo a publicar lo que dije entonces:
"Lo que la policía tiene que investigar"
Mi querido profesor, Dr. José Antonio García Andrade, sin duda el
mejor de cuantos he tenido como criminólogo, ha puesto el dedo en la
llaga como sólo un gran forense sabe hacer. En el caso del guineano
presuntamente torturado y asesinado en comisaría, él está dando otra
lección en derechos fundamentales y práctica forense frente a prueba
diabólica.
"Lo que la policía tiene que investigar es quién le dio el golpe". Lo
demás es accesorio, perverso o inútil. No me resigno a pensar que
ningún policía sólo pueda estar en alguna de esas opciones. Hay que
tener muy claros ciertos conceptos de gran relevancia judicial en este
caso.
1. La familia y amigos del guineano tienen el más legítimo derecho de
gritar su dolor y hacer públicas sus sospechas. Es poco apreciable
cualquier intento de contenerlas interesadamente.
2. Si la fiscalía realmente ha propuesto abrir un expediente
disciplinario a la letrada Amparo Banquieri, debe también hacer
públicas las razones, o por lo menos dar alguna explicación, porque
en
otro caso, en mi opinión, con las debidas presunciones, se estará
prevaricando.
3. El juez, si realmente ha decretado secreto el sumario, haría muy
bien en comprender todo lo que ocurre cuando utiliza el código 77.200
del programa LIBRA que presumiblemente funcionará en su juzgado. Si
él
no me entiende, además de lamentarlo, yo apuesto a que varios
servicios de información sí que saben bien a qué me refiero. Los
enterados podrían ponerse muy nerviosos si se auditan todos los
códigos LIBRA 77.200 de los juzgados.
Y por último, a título muy personal, si mi amigo José Antonio
García
Andrade recibiera la más mínima presión o se sientiese coaccionado,
doy públicamente mi palabra de que me dedicaré, sin descanso ni
concesiones, a que nunca vuelva a ocurrírsele nada así a ninguno de
los funcionarios o cargos que haya entre quien presuntamente lo hizo y
el presidente del gobierno, sea quien sea, pero incluyendo muy
especialmente a cualquier Ministro del Interior o Secretario de Estado
que, también en mi opinión, no tiene nada, absolutamente nada más
importante que hacer ahora.
Quiero recordar aquí las sabias palabras del asesinado profesor
Francisco Tomás y Valiente: "Hoy en día en España no se tortura. No
afirmo en términos absolutos que nadie, nunca y en ningún caso haya
sido torturado, sino que el ordenamiento jurídico no tolera la tortura
porque ha establecido la garantía máxima del artículo 15 de la
Constitución y ha tipificado la tortura como delito en el Código
Penal, de manera que si en alguna ocasión algún funcionario o
autoridad pública hubiera torturado a alguien, no sólo es que habría
vulnerado un derecho fundamental con la consiguiente nulidad de las
informaciones supuestamente probatorias así obtenidas, sino que
habría
incurrido en un delito por el que debería de ser condenado y no
indultado. Me consta la voluntad de que no se practique la tortura en
forma alguna y <<en ningún caso>>; sé que las más altas y
responsables
instancias del poder participan en esa intención y la fomentan. Pero
dentro de esa línea no cabe el indulto contra torturadores condenados
por sentencia firme. porque si bien es cierto que el indulto no
legitima a posteriori al delincuente-condenado-indultado, también lo
es que manifiesta una benevolencia y significa una comprensión que
ningún torturador merece. Ninguno. En ningún caso". La Tortura
Judicial en España. Ed. Crítica, 2000, pág. 8.
Miguel Angel Gallardo Ortiz, Ingeniero y Criminólogo, Perito Judicial
Privado en Tecnología e Informática Forense, www.cita.es/mediador
un guineano en una comisaría de Arrecife. En aquél entonces se puso a
parir al forense que tuvo la valentía de informar sobre las causas de
la muerte.
Lamentablemente, los horrores se repiten. Es posible que esta vez se
investigue algo mejor, pero sigue siendo válido lo que entonces
escribí sobre lo que la policía, y ahora la Guardia Civil, debe
investigar, sean uno o varios los que dieron los últimos golpes
mortales. Con esa intención vuelvo a publicar lo que dije entonces:
"Lo que la policía tiene que investigar"
Mi querido profesor, Dr. José Antonio García Andrade, sin duda el
mejor de cuantos he tenido como criminólogo, ha puesto el dedo en la
llaga como sólo un gran forense sabe hacer. En el caso del guineano
presuntamente torturado y asesinado en comisaría, él está dando otra
lección en derechos fundamentales y práctica forense frente a prueba
diabólica.
"Lo que la policía tiene que investigar es quién le dio el golpe". Lo
demás es accesorio, perverso o inútil. No me resigno a pensar que
ningún policía sólo pueda estar en alguna de esas opciones. Hay que
tener muy claros ciertos conceptos de gran relevancia judicial en este
caso.
1. La familia y amigos del guineano tienen el más legítimo derecho de
gritar su dolor y hacer públicas sus sospechas. Es poco apreciable
cualquier intento de contenerlas interesadamente.
2. Si la fiscalía realmente ha propuesto abrir un expediente
disciplinario a la letrada Amparo Banquieri, debe también hacer
públicas las razones, o por lo menos dar alguna explicación, porque
en
otro caso, en mi opinión, con las debidas presunciones, se estará
prevaricando.
3. El juez, si realmente ha decretado secreto el sumario, haría muy
bien en comprender todo lo que ocurre cuando utiliza el código 77.200
del programa LIBRA que presumiblemente funcionará en su juzgado. Si
él
no me entiende, además de lamentarlo, yo apuesto a que varios
servicios de información sí que saben bien a qué me refiero. Los
enterados podrían ponerse muy nerviosos si se auditan todos los
códigos LIBRA 77.200 de los juzgados.
Y por último, a título muy personal, si mi amigo José Antonio
García
Andrade recibiera la más mínima presión o se sientiese coaccionado,
doy públicamente mi palabra de que me dedicaré, sin descanso ni
concesiones, a que nunca vuelva a ocurrírsele nada así a ninguno de
los funcionarios o cargos que haya entre quien presuntamente lo hizo y
el presidente del gobierno, sea quien sea, pero incluyendo muy
especialmente a cualquier Ministro del Interior o Secretario de Estado
que, también en mi opinión, no tiene nada, absolutamente nada más
importante que hacer ahora.
Quiero recordar aquí las sabias palabras del asesinado profesor
Francisco Tomás y Valiente: "Hoy en día en España no se tortura. No
afirmo en términos absolutos que nadie, nunca y en ningún caso haya
sido torturado, sino que el ordenamiento jurídico no tolera la tortura
porque ha establecido la garantía máxima del artículo 15 de la
Constitución y ha tipificado la tortura como delito en el Código
Penal, de manera que si en alguna ocasión algún funcionario o
autoridad pública hubiera torturado a alguien, no sólo es que habría
vulnerado un derecho fundamental con la consiguiente nulidad de las
informaciones supuestamente probatorias así obtenidas, sino que
habría
incurrido en un delito por el que debería de ser condenado y no
indultado. Me consta la voluntad de que no se practique la tortura en
forma alguna y <<en ningún caso>>; sé que las más altas y
responsables
instancias del poder participan en esa intención y la fomentan. Pero
dentro de esa línea no cabe el indulto contra torturadores condenados
por sentencia firme. porque si bien es cierto que el indulto no
legitima a posteriori al delincuente-condenado-indultado, también lo
es que manifiesta una benevolencia y significa una comprensión que
ningún torturador merece. Ninguno. En ningún caso". La Tortura
Judicial en España. Ed. Crítica, 2000, pág. 8.
Miguel Angel Gallardo Ortiz, Ingeniero y Criminólogo, Perito Judicial
Privado en Tecnología e Informática Forense, www.cita.es/mediador