Por primera vez se embargan pisos por no pagar la cuota de la comunidad de vecinos.

Bartleby

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P uede parecer excesivo o injusto, pero se están empezando a registrar casos en toda España y Huelva no es una excepción. Si la deuda acumulada de un propietario con una comunidad de vecinos empieza a ser demasiado grande, el caso puede acabar en los tribunales y una vez allí, si no hay otra forma de responder ante la deuda, el dueño puede terminar por perder el piso.

Y es que la acumulación de deuda ha hecho que en los últimos años el número de procedimientos monitorios (así se llama la cláusula legal para reclamar el dinero de estos impagos) se ha duplicado en la provincia de Huelva. Normalmente, antes de llegar a situaciones tan dramáticas, se llega a algún tipo de acuerdo, pero en otros casos más extremos el propietario, ha dejado de serlo.

Así lo confirma el presidente del colegio de administradores de fincas de Huelva, David Toscano, quién asegura que en su propio despacho ha tenido "un par de casos" de personas que han perdido su vivienda por deudas con la comunidad que ascendían a 3.000 o 3.500 euros. "No son muchos los casos, pero es que antes eso no sucedía" afirma.

Es por ello que la crisis no sólo ha disparado los desahucios generales por el impago de hipotecas, sino que además ha creado nuevas tipologías de desahuciados que antes de la crisis era impensable que sucediera en una sociedad como la española pero que ya se deja sentir incluso en la provincia de Huelva.

Ante una situación como esta, el procedimiento previsto por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), es el "Procedimiento Monitorio" de propiedad horizontal. Por lo general se trata de un proceso breve, rápido y sencillo que garantiza el cobro de la deuda pendiente con la comunidad y para el que no hace falta abogado ni procurador y en el que el presidente de la comunidad de propietarios insta al pago de esta deuda. Sin embargo, el procedimiento legal es muy riguroso en cuanto a los requisitos, por ello hay que realizar sin errores varios pasos para acechar al jovenlandeseso.

En primer lugar hay que aprobar la liquidación de la deuda pendiente que el vecino mantiene con la comunidad en la Junta de Popietarios. Para ello es necesario que se acredite la deuda, y que en el acta de esta junta consten detalladamente los impagos.

En segundo lugar hay que notificar en el domicilio que el deudor tenga a efectos de notificaciones esta liquidación. La comunicación debe ser fehaciente, por ello se hará a través de carta certificada con acuso de recibo, o mucho mejor a través de burofax. Este paso suele traer problemas ya que normalmente los deudores no suelen recoger notificaciones, pero para resolver esta cuestión la ley ha previsto que, tras una imposibilidad de notificar a la persona requerida, se ponga en el tablón de anuncios de la comunidad este aviso o en lugar visible por un plazo de 3 días. Pasado este plazo, la ley establece que el jovenlandeseso se da por enterado.

Por primera vez se embargan pisos por no pagar la cuota
 
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Samo

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por primera vez? creo que siempre ha sido posible, al menos de hace 15 años para acá. Hace 15 años embargaron a un tio en mi bloque por no pagar la comunidad y por broncas. Por cierto, embargarán a los bancos o al sareb cuando no pagan la comunidad?
 

Azerizarra

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Se entiende que se desahucia a los que pagan alquiler por un piso o pqgan hipoteca, no a los que tienen el piso en propìedad por mucha deuda que tengan.
 

El exclavizador de mentes

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estoy de acuerdo con que se desahucie a quien no paga la hipoteca, la casa no es suya sino del banco, y no se puede vivir de gratis, pero esto es muy distinto, se esta desahuciando a propietarios, deberia reformase la ley para que no se pueda desahuciar por deudas con la comunidad de vecinos y con el IBI, e incluso ninguna deuda deberia provocar el embargo de la vivienda habitual.
 
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Shui

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España siempre fue un ligar perversos pero en lo que la han convertido los políticos con
la connivencia de sus votantes no tiene término en el diccionario.
 

Pensativo

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Se entiende que se desahucia a los que pagan alquiler por un piso o pqgan hipoteca, no a los que tienen el piso en propìedad por mucha deuda que tengan.
El inquilino tendrá que haberse comprometido por contrato a pagar la comunidad, si no de que. Y no veo diferencia entre tener hipoteca o el piso pagado a efectos de comunidad.
 

euriborfree

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Nosotros estamos con una de esas situaciones

Se presenta el monitorio y el notificador del juzgado se presenta en 2 ocasiones en la vivienda y no le abren la puerta, finalmente el juzgado desestima la peticion diciendonos que parece ser que ahi no vive y dandonos una direccion de una tienda en Santander como posible direccion de la propietaria y que iniciemos el procedimiento en el juzgado de esa otra provincia.
 

pechelle

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En la ley de propiedad horizontal se contempla expresamente este supuesto, deberia ser lo normal

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mango

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ahora que los que no pagan la comunidad son los bancos , pues legislamos para que se salgan de rositas .
 

Mierdaseca

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Me parece bien, en nuestro bloque ya tenemos fichado a un personaje que debe 3900 mortadelos de comunidad y lleva años sin pagar las facturas de agua y basuras al ayuntamiento, el tío aún sigue diciendo que va a pagar religiosamente cuando pueda :roto2:
Eso si, la ITV pagada y el coche dentro del garaje no se lo quita "Ni pa Dios".
Ni siquiera sé como puede deber tanto, con derramas y todo la comunidad sale a unos 300€ al año, que seguro que es menos de lo que paga por tener en regla el coche.
 

euriborfree

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Me parece bien, en nuestro bloque ya tenemos fichado a un personaje que debe 3900 mortadelos de comunidad y lleva años sin pagar las facturas de agua y basuras al ayuntamiento, el tío aún sigue diciendo que va a pagar religiosamente cuando pueda :roto2:
Eso si, la ITV pagada y el coche dentro del garaje no se lo quita "Ni pa Dios".
Ni siquiera sé como puede deber tanto, con derramas y todo la comunidad sale a unos 300€ al año, que seguro que es menos de lo que paga por tener en regla el coche.
13 años echandole morro, 13 años sin que nadie le plante cara.
Un aviso, si el tipo vende el piso o se muere y lo hereda alguien el nuevo propietario tiene la responsabilidad limitada al año en curso y el anterior, el resto lo perdeis, asi que mas os vale empezar a moveros para cobrar.

A nosotros nos la ha dado con queso un personaje asi con embargos en todas partes y al que el banco le ejecuto la hipoteca por impago, el banco solo esta obligado a pagar lo que indique arriba y el resto lo perdemos, el dinero que un vecino no paga sale del bolsillo de los demas.
 

Mierdaseca

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13 años echandole morro, 13 años sin que nadie le plante cara.
Un aviso, si el tipo vende el piso o se muere y lo hereda alguien el nuevo propietario tiene la responsabilidad limitada al año en curso y el anterior, el resto lo perdeis, asi que mas os vale empezar a moveros para cobrar.

A nosotros nos la ha dado con queso un personaje asi con embargos en todas partes y al que el banco le ejecuto la hipoteca por impago, el banco solo esta obligado a pagar lo que indique arriba y el resto lo perdemos, el dinero que un vecino no paga sale del bolsillo de los demas.
La comunidad ya está metida en juicios con este hombre, me parece que tendrá unas 50 primaveras, tampoco vamos mucho a las juntas pero desde hace un año o así se decidió en junta que pudiese publicarse una lista de jovenlandesesos, a parte de él, que es el jovenlandeseso mayor también hay varios que deben ya 3-4 años, van pagando mensualmente pero mientras tanto la deuda nos la vamos comiendo el resto de vecinos en forma de subidas.
Y yo creía que las deudas eran inherentes a la herencia, no sabía que pudiese prescribir la mayor parte de la deuda.
 

시켈 !

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estoy de acuerdo con que se desahucie a quien no paga la hipoteca, la casa no es suya sino del banco, y no se puede vivir de gratis, pero esto es muy distinto, se esta desahuciando a propietarios, deberia reformase la ley para que no se pueda desahuciar por deudas con la comunidad de vecinos y con el IBI, e incluso ninguna deuda deberia provocar el embargo de la vivienda habitual.
¿Y si se niegan a pagar y no hay otra forma de sacarles el dinero? ¿Se comen el marrón los vecinos?
No se puede embargar una nómina de menos de 900 euros, ¿no?
Lo que viene a ser media España(el sueldo medio) con derecho a jovenlandesesidad.

Yo antes de echar del piso cambiaría la ley para que se pueda embargar parte de lo que cobra TODO CRISTO, hasta los que cobren pensiones no contributivas de esas de "inserción" y demás historias.
Porque hay mucho jeta con el piso gratis que las pocas facturas que debe pagar tampoco las paga. Y encima ¿no se les puede embargar nada?
No señor, cada uno que vaya pagando POR LA FUERZA las deudas en función de lo que cobra, así tendrán menos jeta.
 

invaco

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El problema es que si el piso tiene hipoteca hay muchas probabilidades de que la comunidad acabe quedandose el piso con la hipoteca incluida.
 

rechi

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SÍ, es la primera vez.......que el "periodista" se ha ENTERADO :rolleye:....vid. Ley de propiedad horizontal y lec......:XX: