Gobierno creará registros de refinanciadoras y dejará supervisión a las CCAA

El_Presi

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Gobierno creará registros de refinanciadoras y dejará supervisión a las CCAA
15:07 - 11/05/2007

Madrid, 11 may (EFECOM).- Las refinanciadoras de deudas seguirán bajo la tutela de las autoridades de consumo de las Comunidades Autónomas, pero tendrán nuevas exigencias para ejercer su labor, como apuntarse a un registro que creará el Estado y contratar un seguro de responsabilidad civil.


Así se contempla en el anteproyecto de ley que regula los servicios de intermediación y contratación de créditos o préstamos aprobado hoy por el Consejo de Ministros y que se espera que inicie su trámite parlamentario a la vuelta del verano, para entrar en vigor antes de que acabe la legislatura.

Los ministerios de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo, que han redactado conjuntamente el texto, han decidido no dejar a las reunificadoras bajo la tutela del Banco de España, como les habían solicitado, porque entienden que bajo el mando de ese organismo deben quedar sólo las empresas que capten depósitos.

Según esta normativa, que también afecta a las entidades de crédito, las refinanciadoras tendrán un plazo de seis meses para apuntarse en los registros que cree el Estado o las comunidades autónomas que quieran, a los que tendrán que comunicar sus tarifas, comisiones y tipos de interés.

Estas empresas tendrán libertad de precios, pero siempre deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos ocasionados y, además, podrán ser denunciados por el Ministerio Fiscal o las asociaciones de consumidores si los consideran excesivos.

Tanto en el Ministerio de Sanidad y Consumo como en el de Economía -se han coordinado para la redacción de este texto- consideran que esta mayor transparencia en los precios se traducirá en una rebaja de las tarifas de este sector, ya que aumentará la competencia.

Entre sus nuevas exigencias, también estará la entrega al cliente con quince días de antelación del contrato que se le ofrece, con precisiones sobre el precio total que debe pagar, las comisiones, cargas y gastos aplicados, así como el tipo de interés en tasa anual equivalente (TAE) y las características esenciales del crédito propuesto.

También obligará la nueva normativa a contratar un seguro para atender las responsabilidades en las que puedan incurrir frente a los clientes, aunque las condiciones de estas pólizas no se detallan todavía en el anteproyecto y se definirán en el reglamento que se redactará posteriormente.

Todas estas obligaciones afectarán también a las entidades financieras, que aunque en su mayor parte -sobre todo en hipotecas- ya las asumen, ahora verán cómo aumentan sus obligaciones en los créditos al consumo y también en reunificaciones de deudas.

Para el incumplimiento de cualquiera de estos aspectos, el anteproyecto prevé sanciones de hasta 600.000 euros y amonestación pública, que sería la que se aplicaría a las empresas que no se hubieran adaptado a esta normativa pasados los seis meses transitorios.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el objetivo de esta ley es unificar los criterios y las obligaciones de las empresas crediticias, con el fin de "reforzar la seguridad jurídica de los consumidores y de las empresas".

Tras señalar que la normativa actual es demasiado frágil e incompleta, la vicepresidenta aclaró que lo que se pretende con esta ley es igualar los requisitos para un crédito hipotecario, un crédito personal o una reunificación de deuda, "ante el creciente número de empresas que reagrupa créditos o los gestiona con costes mas baratos".

La nueva normativa, concluyó de la Vega, evitará situaciones de indefensión en la contratación de créditos financieros, de la misma manera que la ley de bienes tangibles permitirá prever casos como los de Fórum y Afinsa. EFECOM
 

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Madmaxista
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Miss Marple dijo:
¿Para que sirve el Banco de España?
Hace 3 semanas ya se anunció en Catalunya algo parecido, cuando al parecer el ministro del liberalismo parecía apuntar hacia otra dirección.
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/showpost.php?p=277912&postcount=36
También cobra protagonismo la cautela sobre los créditos fáciles y la reagrupación de deudas, en claro aviso de que si desde el Ministerio de Economía no se concreta su regulación --que anunció Solbes el 28 de marzo-- habrá regulación en Catalunya.
Que cada comunidad haga lo que le salga de los mismísimos.

¿Para que sirve el menisterio de conomía?

Pues supongo que como los de Sanidás, Ducasión, Bivienda etc, cuando todas las competencias se transfieren al regionalismo cortijero y opaco a merced del caciquerío de los siglos, y sus activos medios voraces de desinformación parcial.
 
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MonteKarmelo

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Referencia del Consejo de Ministros

Os pego lo que viene en la pagina de la moncloa sobre este asunto.


INFORME SOBRE LA REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN Y CONTRATACIÓN DE CRÉDITOS O PRÉSTAMOS

Anteproyecto de Ley se amplía la protección de los consumidores en la contratación de créditos al consumo e hipotecarios, así como en la llamada agrupación o reunificación de deudas.
Se establecen nuevas obligaciones de transparencia y garantías de información que han de cumplir las empresas que se dedican a este tipo de actividades.
Se informará al consumidor de la totalidad de comisiones, cargas y gastos derivados de cada contrato.
Con carácter previo al ejercicio de su actividad, las empresas tendrán que suscribir un seguro de responsabilidad civil y estar inscritas en un registro
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Sanidad y Consumo sobre el Anteproyecto de Ley que regula la protección de los consumidores en los servicios de intermediación y en la contratación de créditos o préstamos. Esta iniciativa se inserta en el contexto de renovación, actualización y mejora de la legislación de protección a los consumidores promovido por el Gobierno en la actual Legislatura.

La nueva regulación, que inicia su trámite de audiencia, amplía las obligaciones de transparencia y garantías de información que han de cumplir las entidades que se dedican a la actividad de concesión de créditos o a la intermediación y asesoramiento. El Anteproyecto, en los aspectos relativos a las actividades de intermediación y asesoramiento, afecta tanto a las entidades de crédito convencionales, que están sujetas a regulación y supervisión específica por parte de las autoridades financieras, como a gran número de empresas particulares, las denominadas entidades de mediación de créditos.

Protección del consumidor

En concreto, se trata de aumentar la protección de los consumidores en la contratación de tres tipos de productos que tienen una amplia repercusión social: los créditos al consumo, los créditos hipotecarios y los que se conocen comúnmente como de agrupación o reunificación de deudas.

A pesar de tratarse de un sector de actividad de importancia creciente en nuestra economía, la normativa actualmente aplicable en España resulta fragmentaria e incompleta y se refiere fundamentalmente a las entidades de crédito convencionales.

Esta particularidad, puesta de manifiesto recientemente por las autoridades de consumo y por las organizaciones de consumidores, llevó al Senado, en su pleno del pasado 27 de febrero, a aprobar una moción que instaba al Gobierno a impulsar una normativa que completase el marco regulador.

En cumplimiento de este mandato, el Gobierno ha abierto el trámite de audiencia de este Anteproyecto de Ley, cuya finalidad última es proteger al consumidor asegurándole en todo momento un conocimiento pleno de los términos en que se realiza cada operación para que pueda adoptar libremente sus decisiones.

En consecuencia, el texto regula los requisitos que han de cumplir ciertos productos (crédito al consumo, crédito hipotecario e intermediación, en particular en la reunificación de deudas) para que sean similares, independientemente de la entidad que los oferta.

Aspectos relevantes de esta nueva regulación son la ampliación de las obligaciones de transparencia de las entidades dedicadas profesionalmente a esta actividad, el establecimiento de los requisitos de los contratos y el incremento de las garantías que se disponen, así como el establecimiento de las actuaciones en casos de incumplimiento y los mecanismos de resolución de conflictos.

Información precontractual

En cuanto a transparencia, el Anteproyecto precisa la información precontractual que debe ofrecerse cliente, al cual se le debe facilitar el contenido mínimo de los contratos, al menos, quince días antes de su firma.

Asimismo, se informará de las principales características de los contratos, del precio total que debe pagar el consumidor, con inclusión de la totalidad de comisiones, cargas y gastos, y, para el caso de que se proponga la agrupación de varios créditos en uno sólo, deberá informarse de la Tasa Anual Equivalente (TAE) y de las características esenciales del crédito propuesto.

Transparencia en los precios

La transparencia en relación a precios implicará que, aunque existe libertad de tarifas y comisiones con las limitaciones legales de general aplicación, no se podrán cargar cantidades superiores a las que deriven de las tarifas correspondientes. Las comisiones responderán a servicios efectivamente prestados o a gastos ocasionados y se exigirá que las tarifas se recojan en un folleto.

Se establece la obligación de que las empresas dispongan de un tablón de anuncios en los establecimientos abiertos al público, con un contenido mínimo determinado en el texto y referido a toda la información relevante para el consumidor.

En la misma línea, las comunicaciones comerciales deberán contener la descripción del contenido del contrato, expresando con claridad las características de las ofertas de crédito y las condiciones jurídicas y económicas del contrato, y facilitando información veraz, clara y comprensible que no induzca a error al consumidor.

Requisitos de los contratos

Por lo que se refiere a los requisitos de los contratos que instrumenten las operaciones que son objeto de regulación, se exige que sean por escrito con un determinado contenido mínimo. Además, como garantía para el cliente, se extienden a todas las empresas -y no sólo a las entidades de crédito, como ocurría hasta ahora- las exigencias relativas a las escrituras públicas en que se formalicen los préstamos hipotecarios y los índices o tipos de referencia.

Estos requisitos de contenidos de los contratos afectan también a las obligaciones adicionales impuestas en la concesión de préstamos hipotecarios. Así, por ejemplo, en los supuestos en los que la empresa efectúe la tasación del inmueble u otro servicio que sea por cuenta del consumidor, deberá indicar la identidad de los profesionales seleccionados al efecto y, si el servicio es prestado por la empresa, deberá suministrar, además, las tarifas de honorarios aplicables.

Garantías

Otra novedad de la norma es el incremento de garantías en beneficio del consumidor. A tal efecto, y en cumplimiento de la moción aprobada en el Senado, se prevé la creación de un Registro Público Estatal de empresas dedicadas a las actividades reguladas en este Anteproyecto, que se nutrirá de manera fundamental de los registros similares que las Comunidades Autónomas, autoridades competentes en materia de consumo, decidan crear con ese fin. La inscripción en el Registro será requisito imprescindible para que estas empresas puedan operar válidamente.

Paralelamente, se exigirá que las empresas distintas de las entidades de crédito que realicen la actividad que se regula suscriban un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera adecuada contratada con entidad autorizada, que cubra las responsabilidades en que pudieran incurrir frente a los consumidores.

Incumplimientos y resolución de conflictos

Se incrementan, respecto a la normativa anterior, las previsiones para casos de incumplimiento. Así, se incluye un régimen de infracciones y sanciones, se da cobertura a la resolución extrajudicial de conflictos, particularmente al arbitraje de consumo, y se regulan las acciones de cesación.


Actividad normativa en materia de consumo

El Anteproyecto viene a unirse a otras realizaciones desarrolladas en la actual Legislatura dentro de la mejora, renovación y actualización normativa en materia de protección de los consumidores, que ha sido considerada desde el inicio de la presente Legislatura una prioridad de las políticas públicas del Gobierno.

En diciembre del pasado año el Congreso aprobó la Ley de mejora de la protección de consumidores y usuarios, cuyas medidas (prohibición de redondeos al alza, igualdad de facilidades para altas y bajas en servicios contratados, etcétera) comienzan a tener ya un impacto real y positivo sobre la vida diaria de los consumidores.

Con posterioridad, ya han sido aprobados por el Consejo de Ministros los proyectos de Ley para la regulación de sectores de amplia trascendencia social, el de comercialización de bienes tangibles y el de intermediación y contratación de créditos que hoy se ha tratado, y se encuentran en avanzado estado de preparación otros dos proyectos normativos: el texto refundido de la Ley General para la Defensa de consumidores y usuarios y el Real Decreto de renovación del sistema arbitral de consumo.
 

El_Presi

El Padrino II Revolution
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Adicae valora normativa refinanciadoras y pide más protección para usuarios
19:37 - 11/05/2007

Madrid, 11 may (EFECOM).- La asociación de consumidores Adicae valoró hoy la normativa regula a las refinanciadoras de deudas y la calificó como pionera en Europa, pero pidió que esta mayor protección se complete con mejores normativas contra la usura y contra el sobreendeudamiento.


Adicae aseguró en una nota de prensa que la normativa aprobada hoy "afronta por fin uno de los más graves problemas que padecen cientos de miles de familias" ante las subidas de tipos de interés, la agresividad de la publicidad para todo tipo de créditos y la proliferación de las llamadas empresas de reunificación de deudas y de créditos rápidos.

La asociación afirmó que la regulación de este tipo de entidades resultaba "prioritaria", dado que las crecientes dificultades de las familias para afrontar el pago de sus préstamos les ha situado en una posición de "especial vulnerabilidad" ante un creciente número de entidades que ofertan "supuestas soluciones mágicas" para reducir la cuota mensual de sus préstamos.

Según los cálculos de Adicae, la reunificación de unas deudas de 138.774 euros (hipoteca, tarjeta, crédito para el coche y otros préstamos) puede suponer que el consumidor acabe pagando 75.797 euros más, aunque a cambio reducirá su cuota mensual de 1.512 a 707 euros.

Para Adicae, la nueva normativa mejora la situación actual al establecer información previa a la contratación y favoreciendo la transparencia en relación al precio que los intermediaciones aplican a los usuarios por su actuación. EFECOM