empezando a mirar...

ka&an

Madmaxista
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weno, pues las dudas nos siguen asalto!
esta tarde hemos a mirar el primer piso de alkiler en getafe(600 euros)ke mas o menos nos podemos permitir.
una buhardilla, muy cuca y tal, pero na, le vemos mil pegas, pero tenemos dudas para las proximas veces, ayuda plis.
1- el piso lo hemos visto en una inmobiliaria(ya, ke son una hez, por eso tenemos preguntas para cuando veamos alguno particular), y nos dice, ke la fianza es de 3 meses, y ke se nos devuelve cuando nos vayamos, yo creia ke la fianza era pagar los 3 primeros meses al principio, pero no volver a pagar hasta el 4º mes, pero segun ella, son 1800 al entrar, y luego los 600 del mes, pero los 1800 devueltos en el futuro, es asi? nos esta tomando el pelo?, es ke somos muyyyy novatos :_
2- nos pide aval bancario, lei por aki, ke eso del aval bancario es algo ke no es obligatorio, en ke consiste el aval bancario? para ke vale? es obligatorio?
espero vuestra experta ayuda, y siento si algunas preguntas son de parbulitos, pero de bancos, pisos y estos rollos ni papa
GRACIAS! :)
 

ajax

Madmaxista
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Es cierto que la ley establece que al entrar en una vivienda de alquiler se pague por adelantado una cantidad, normalmente de 1 a 3 mensualidades .
Inmediatamente después pagarás, y también por adelantado el primer mes de alquiler .
Esta fianza de 1 a 3 meses, se establece porque se supone que cuando abandones el piso debes de dejarlo en el mismo estado en que estaba, sin desperfectos intencionados, etc., ni recibos de luz atrasados, etc. .
La fianza se devolverá al acabar el contrato o abandonar el piso, con el pre-aviso que estipule el contrato .
De todas formas, todo es negociable según la misma ley . Si nos atenemos estrictamente a la ley, esta establece, por ejemplo, que el Impuesto de Bienes Inmuebles lo pague el propietario, así como los gastos de escalera, y que el inquilino se haga cargo de la luz, agua, gas, etc. .
Así, pués, negocia con el propietario .
Si lo alquilas amueblado, haz que conste el el contrato una relación de los muebles y su estado de conservación .
De todos modos, quien mejor te aclarará las dudas es un asesor o gestor, no necesariamente inmobiliario, uno mercantil también te sirve ( de los que llevan la contabilidad a las empresas ), o mejor en la OMIC ( Oficina Municipal de Información al Consumidor ) .
HUYE DE LAS INMOBILIARIAS . Cobran una comisión que siempre paga el inquilino . Mi madre tiene un piso de 40 años de antigüedad, que alquila regularmente y simplemente pega carteles en Mercadona y comercios cuando busca inquilino . El "boca a boca" también funciona muy bien . De estas formas, te ahorrarás dinero y podrás ver qué clase de persona es el propietario . Recuerda que aún tratando directamente con el propietario, la fianza es algo habitual ( el dueño no se va a arriesgar a que le dejas el piso hecho una porquería sino le has dejado una fianza de 1000-2000 euros ) .
Espero haberte ayudado .
:)
 

Saint Germain

Madmaxista
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Queda lo del aval bancario sin explicar.

El aval bancario es una nueva forma de tortura inventada por los caseros, los notarios y los corredores de comercio. Te cuento:

El dueño del piso quiere asegurarse de que le pagas el alquiler; para ello te olbliga a ir a tu banco y depositar el importe de (normalmente) un año de renta. Ese importe quedará inmovilizado en tu cuenta: firmarás un aval (un papelito, que se quedará el casero) según el cual, en caso de impago, el dueño del piso podrá reclamar al banco todo lo que no le hayas pagado, previa consulta al avalado (a tí, en este caso, que tienes derecho a presentar los recibos correspondientes para defenderte de una acusación de impago que sea fraudulenta). Recuerda que el capital que sirve de aval es tuyo, pero no lo puedes mover de la cuenta (es decir, debes tener un año de renta ahorrado). El aval es garantía por ese periodo, y nada más que por ese periodo, pudiendo ser renovado anualmente. Además supone una molestia y/o unos gastos, a saber:

-la inmobilización de la suma correspondiente (que el banco puede meterte en un depósito a plazo fijo, si se enrrollan un poquito)
-los trámites de formalización del aval (no recuerdo cuanto es, pongamos que 20 euros, aunque eso puede variar de un banco a otro)
-una comisión bancaria (a mi me cobran unos 12 euros al trimetre, si no recuerdo mal)

Alguna gente pide prestado el importe del aval, a un familiar o al banco mismo (un préstamo personal, normalmente: consulta las condiciones en varios bancos...). Eso es lo dolido de la situación: a veces te tienes que endeudar hasta para alquilar... pero recuerda que es una deuda pequeña, y que el importe de la misma lo puedes reinvertir, salvando así parte del interés (aunque no todo). Si esto último no te quedó claro, por favor, pregúntalo de nuevo.

Una vez finalizado periodo de aval y/o el contrato de alquiler, el casero te devuelve el papelito y el aval caduca (de hecho, caduca aunque no te entregue el papelito, y el capital queda "des-inmobilizado").

En sentido lato, el aval bancario es como pagar un año por adelantado, pero sin pagarlo. A mí me pidieron un aval por 4800 euros. Pasado un año, el dueño no me devolvió el papelito (sigo pagando 12 euros al trimestre), pero tampoco me obligó a hacer un nuevo aval (sólo faltaba, claro...). Ahora estoy esperando a que me devuelva el aval, y por supuesto cuando lo haga le diré que no me da la gana de hacer uno nuevo, a ver qué cachopo me responde.

En tu caso: sigo recomendándote (recomendándoos) que alquiles y esperes un año o dos para ver cómo evoluciona el mercado. Si en ese tiempo el precio de la vivienda no se reajusta será cuestión de pensárselo y replantearse comprar o largarse del país (por ejemplo, al Amazonas, o a jovenlandia; allí la droja es barata y la calidad de vida mejor que aquí).

Otro consejo: busca un alquiler en el que puedas negociar algo. Veo difícil que te perdonen lo del aval, pero es posible que puedas rebajar la fianza.

Veo que vives en Madrid. Por ahí la cosa debe estar jodida de carallo. Tres meses de fianza más un aval es un robo. A mí me pidieron un mes de fianza y un aval de un año (4800 euros), que con mi sueldo y ahorrros no me supusieron ningún problema. Recuerda, por otro lado, que a corto plazo, por mucha fianza y mucho aval que te pidan, no estás endeudado. Tanto la fianza como el aval son tuyos, y te los tienen que devolver. Si no te los devolvieran rómpele las piernas al casero sin contemplaciones, es lo justo (a no ser que les destroces el piso, en cuyo caso tiene derecho a quedarse con la fianza).

Bien, hasta aquí la información objetiva. Mi opinión subjetiva, es decir, mi predicción:

Para empezar, no os agobiéis. Para seguir: los caseros están muy crecidos, llevan cinco años de vacas obesas, poniendo las condiciones unilateralmente. Se creen lo reyes del mambo. Pero las tornas están cambiando. Estoy convencido (por lo que leo en este foro y en otros lugares) de que en Madrid váis adelantados en el desinfle inmobiliario. Estáte atento a la bajada de los alquileres. En Galicia (donde vivo) observo una tendencia inquietante hacia la sobreoferta de alquileres: hay mucho piso hipotecado que no se vende, y eso empuja a la bajada. Una amiga íntima que tiene unos pisos en alquiler en zona no metropolitana me dijo que está pensando bajar la renta porque no los coloca. Si en rural de Galicia estamos así, en Madrid tiene que ser aún más evidente. De hecho, 600 euros por un alquiler en Getafe me parece (en mi ignorancia, porque no tengo ni idea de dónde está Getafe) bastante barato. Yo en Vigo, un capital de provincia, y pago 400 euros.

Buena suerte!
 

no vendo ná

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Getafe es la peor zona para alquilar de la zona sur, yo busqué intensamente piso en gentafe y es una hez y muy caro.
Lo del aval tiene el riesgo de que el dueño diga que no le has pagado y te robe todo el dinero, luego demuestra lo que quieras o vete a juicio. (este riesgo existe por mucho que se diga que el banco primero te pregunta a ti).
Ahora mismo tienes pisitos en los nuevos PAUS de madrid capital que están muchísimo mejor que Getafe vete a www.idealista.com y selecciona madrid y luego vete por ejemplo al PAU de Sanchinarro u otros.
En el Sur de madrid los paletos-propietarios-de-VPO-del-franquismo-venidos-a-señoritos todavía no se han enterado de qué va esto sin embargo los pasapiseros de los nuevos PAUS de los barrios fantama de madrid se van dando cuenta de las cosas.
Suerte
 

Saint Germain

Madmaxista
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no vendo ná dijo:
Lo del aval tiene el riesgo de que el dueño diga que no le has pagado y te robe todo el dinero, luego demuestra lo que quieras o vete a juicio. (este riesgo existe por mucho que se diga que el banco primero te pregunta a ti).
Ese riesgo existe, por supuesto, pero me parece muy improbable. Aunque desconozco caso concretos, recuerda que al casero no le compensa hacer eso; si te cobra el aval, simplemente no le pagas el alquiler: es lo comido por lo servido. Para evitar ese improbable caso con pagarle a través del banco donde tengas el aval basta: dudo mucho que un banco ejecute un aval sin tener motivo. Además, por supuesto, al salir le dejaría el piso embadurnado de gasoil de arriba a abajo.

Suerte a todos.
 

el arquitecto

sigilita
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inopia
Saint Germain dijo:
Veo que vives en Madrid. Por ahí la cosa debe estar jodida de carallo. Tres meses de fianza más un aval es un robo. A mí me pidieron un mes de fianza y un aval de un año (4800 euros), que con mi sueldo y ahorrros no me supusieron ningún problema. Recuerda, por otro lado, que a corto plazo, por mucha fianza y mucho aval que te pidan, no estás endeudado. Tanto la fianza como el aval son tuyos, y te los tienen que devolver. Si no te los devolvieran rómpele las piernas al casero sin contemplaciones, es lo justo (a no ser que les destroces el piso, en cuyo caso tiene derecho a quedarse con la fianza).

Bien, hasta aquí la información objetiva. Mi opinión subjetiva, es decir, mi predicción:

Para empezar, no os agobiéis. Para seguir: los caseros están muy crecidos, llevan cinco años de vacas obesas, poniendo las condiciones unilateralmente. Se creen lo reyes del mambo. Pero las tornas están cambiando. Estoy convencido (por lo que leo en este foro y en otros lugares) de que en Madrid váis adelantados en el desinfle inmobiliario. Estáte atento a la bajada de los alquileres.
Buena suerte!
no es un robo, es un abuso, NIEGATE!! si consientes en este tipo de acciones, no solo te perjudicas tu, sino a los que vengamos detras...
porque si bajan los precios de los alquileres, entre otras cosas, sera porque nos neguemos a aceptar estas condiciones...

busca otra cosa, y si puede ser, sin pasar por inmobiliaria... esto si que son una panda mangantes...
 

sephon

Madmaxista
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Saint Germain dijo:
Ese riesgo existe, por supuesto, pero me parece muy improbable. Aunque desconozco caso concretos, recuerda que al casero no le compensa hacer eso; si te cobra el aval, simplemente no le pagas el alquiler: es lo comido por lo servido. Para evitar ese improbable caso con pagarle a través del banco donde tengas el aval basta: dudo mucho que un banco ejecute un aval sin tener motivo. Además, por supuesto, al salir le dejaría el piso embadurnado de gasoil de arriba a abajo.

Suerte a todos.
Lamento decirte que el banco esta OBLIGADO a ejecutar el aval sin que el casero tenga que dar ningun motivo. Tengo familiares que trabajan en la banca asi que antes de meterme en un alquiler pedi un contrato de aval para leermelo con calma. En uno de los alquileres que rechaze el intermediario me pedia 8 meses de aval bancario, sumado a su comision + los 2 meses de fianza (que es normal y lo que marca la ley, por cierto) + el mes por adelantado me salia a casi un año de alquiler. Aun rio cuando recuerdo la conversacion:

YO: Me gusta el piso, pero no quiero hacer el aval porque el propietario puede ir en cualquier momento al banco y sacarme esa pasta sin aviso ni motivo
API: No se quien te ha dicho esto pero es un bulo, esto no va asi
YO: Que si, que esta en el contrato
API: (Saca otro contrato de arrendamiento con el correspondiente aval) Que no, hombre, que yo he hecho muchos, donde ves tu que ponga esto?
YO: (Tardo 15 segundos en encontrar la clausula en la documentacion del aval que es un poco diferente) Pues mira, lo pone exactamente aqui.
(NOTA: El redactado es un poco obtuso. Esta hecho para que no sea ambiguo desde un punto de vista legal, pero para un ciudadano normal es facil no entenderlo. El caso es que el API vio claramente que yo sabia de que hablaba)
API: Bueno, vale, pero esto NUNCA se pone en practica, ademas NADIE te va a alquilar una vivienda sin aval bancario.

En menos de un mes encontre un piso mas grande, mas barato, mejor situado y sin tener que poner ni un duro de aval.

Ahora mismo DESACONSEJO encarecidamente hacer ningun aval. No se cual es la proporcion del pepitos que estan sacando sus pisos a alquilar, pero si te toca uno y la hipoteca empieza a apretar demasiado, reclamar el dinero del aval es mas facil que robarle un caramelo a un niño y estoy seguro que mas de uno caera en la tentacion.
 

gañan

Madmaxista
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26 Ago 2006
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No se cuando empezo esta practica de pedir aval,pero mi humilde consejo es que no pases por el aro.Si a veces ya cuesta recuperar la fianza,como vas a poner a disposicion del propietario esa cantidad de dinero?
Ten paciencia y veras como encuentras un sitio guapo (lo digo por experiencia).Suerte.
 

Hayek

Madmaxista
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8 Ago 2006
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Por lo que me han comentado, lo del aval es completamente ilegal. Solo se puede pedir un MES de fianza.

Ahora, creo que se puede firmar el contrato y después comunicar por carta al dueño que la clausula del aval no es legal y que por lo tanto se considera caducada. Me gustaría conocer la opinión de algún abogado...
 

el arquitecto

sigilita
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31 Ago 2006
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inopia
Hayek dijo:
Por lo que me han comentado, lo del aval es completamente ilegal. Solo se puede pedir un MES de fianza.

Ahora, creo que se puede firmar el contrato y después comunicar por carta al dueño que la clausula del aval no es legal y que por lo tanto se considera caducada. Me gustaría conocer la opinión de algún abogado...
a mi tambien me parecio raro los 3 meses de fianza, pero como no controlo la ley de arrendamientos... pero OH! SORPRESA!!!
Artículo 36. Fianza

1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

2. Durante los cinco primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.

3. La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el arrendamiento exceda de cinco años, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.

4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

6. Quedan exceptuadas de la obligación de prestar fianza las Administraciones Públicas, la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, así como los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos dependientes de ellas, cuando la renta haya de ser satisfecha con cargo a sus respectivos presupuestos.

os dejo el resto de la ley aqui: LAU

y como veis, lo del aval es un conejo sacado de la chistera, o del 36.5, UN ABUSO MAS!!
 

Hayek

Madmaxista
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8 Ago 2006
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el arquitecto dijo:
a mi tambien me parecio raro los 3 meses de fianza, pero como no controlo la ley de arrendamientos... pero OH! SORPRESA!!!
Artículo 36. Fianza

1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

2. Durante los cinco primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.

3. La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el arrendamiento exceda de cinco años, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.

4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

6. Quedan exceptuadas de la obligación de prestar fianza las Administraciones Públicas, la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, así como los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos dependientes de ellas, cuando la renta haya de ser satisfecha con cargo a sus respectivos presupuestos.

os dejo el resto de la ley aqui: LAU

y como veis, lo del aval es un conejo sacado de la chistera, o del 36.5, UN ABUSO MAS!!
Gracias arquitecto, conocía la ley pero nunca me había fijado en el punto 5. Me has ahorrado un disgusto ;)
 

Saint Germain

Madmaxista
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7 Sep 2006
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ka&an:

el arquitecto dijo:
no es un robo, es un abuso, NIEGATE!! si consientes en este tipo de acciones, no solo te perjudicas tu, sino a los que vengamos detras...
Yo opino lo mismo: tres meses de fianza es excesivo. Tú verás si te interesa negociarlo. Adopta una posición de fuerza, por ejemplo, dile que tienes en vista un piso donde solamente te piden un mes de fianza.

Más cosas:

1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.
Sí claro, pero este artículo debe ser interpretado junto con este otro:

5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.
Eso incluye la posibilidad de un aval. A ver: no confundamos ilegal con injusto; el aval puede que sea injusto, pero no es ilegal.

Por otro lado:

Lamento decirte que el banco esta OBLIGADO a ejecutar el aval sin que el casero tenga que dar ningun motivo.
Lo dudo mucho, porque entonces eso no sería un aval, sino un simple pagaré. Me informaré detenidamente, ahora me pongo a buscarlo, pero dudo mucho que eso sea lo habitual. Ahora bien, si tanto temor hay a firmar un aval, entonces haz lo siguiente: ofrécele a pagar un año de renta por adelantado y ya está. Si firmas un aval es que, de facto, tienes la cantidad avalada (salvo que el aval sea garantizado por una nómina, y no por una cantidad en efectivo). Claro que no puedes marcharte antes de un año so pena de verte metido en pendencias y litigios si el casero no quiere devolverte la diferencia.

Por el momento, he encontrado esto:

http://www.arturosoria.com/rentbuy/art/aval_bancario.asp

Ahí dice claramente que en determinados tipos de avales el casero ha de demostrar su posición de acreedor. Desde luego, si mi banco ejecutara mi aval sin previa consulta, habría perdido un cliente. En mi caso, no les compensaría: tengo una buena pasta en el banco.

De todas formas, leyendo lo sugerido por los anteriores foreros, reconozco que soy un resignado del aval. En eso tienen razón: intenta evitar un aval bancario por todos lo medios.
 

Galernas

Madmaxista
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16 Sep 2006
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aclaraciones sobre avales...

Hola a todos. Llevo unas semanas leyendo el foro y por fin he decidido registrarme. Trabajo en el sector bancario y tal vez pueda aportar algo.

Sobre el tema de los avales:
1.- No es necesario depositar la cantidad avalada. Por mi experiencia en un 75% de los casos.
2.- En el que caso de depósito de la cantidad, esta se retribuye a precios de mercado.
3.- Para que se le conceda un aval a una persona a veces es suficiente con su propia solvencia, otras necesita avales de otras personas (igual que un préstamo personal).
4.- Coste anual. Notario (3 - 4.5 por mil de la cantidad avalada), comisiones para el banco 2%-4% de la cantidad avalada dependiendo de la entidad.
5.- Eso de que el casero aparece con el aval por el banco y te saca el dinero de la cuenta, es ciencia ficción. Lleva un procedimiento y documentación de la ejecución, es cierto que son muy seguros para el casero, pero no desvariemos.
Saludos,
 
Desde
8 Abr 2006
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A mi la verdad, tres meses de fianza y además un aval de no sabemos cuanto, me parece una burrada. ¿No será que te están intentando dar largas?

Yo no pasaría por el aro del aval. Diles que con tres meses de fianza ya basta.

Y cuando te vayas a ir, deja de pagar los últimos tres meses, así te aseguras que no se quedan con tu fianza.