Palazo para los ayuntamientos y alivio para los ciudadanos que se quitan uno de los impuestos más injustos que teníamos, ese impuesto sobre beneficios que había que pagar aunque tuvieses pérdidas. Eso sí, sin efecto retroactivo.
El Tribunal Constitucional ha anulado hoy el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos. El tribunal de garantías, en una sentencia ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.
Fuentes jurídicas explican que con este fallo, donde de facto se anula «al completo» el gravamen al declarar inconstitucional su cálculo, será imposible que los ayuntamientos puedan cobrar la plusvalía municipal en adelante, salvo que el legislador prevea una nueva fómula que se adecue a la doctrina constitucional.
Lo que tiene gracia es…»es inconstitucional, pero si es antes de hoy pues te jodes y lo pagas»
