UN amigo ha pegado un tortazo CARANCHOA a una charo. Por cuánto le puede salir la broma?

LuismarpIe

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Pues conozco uno en una situación así que le arruinó la vida.

Reunión de la comunidad, el socio viene bebido, la señora es un puñetero dolor, se tienen ganas, discusión sobre movidas que vienen de lejos, el tío se calienta y le mete un puñetazo a la señora. De ahí a urgencias. Que ve doble, se marea, se le va la cabeza, no puede cerrar la boca bien, tiene lagunas mentales....

Va a un dentista que le pone la boca entera nueva, de arriba a abajo, fisioterapeuta durante un año por problemas cervicales, afirma que ve doble, que no puede fijar la vista, mareos... Al socio le sale la broma unos 10.000 leiros en facturas a pagar de tratamientos de la tía, mas una orden de alejamiento, tiene que vender el piso y largarse.

Puede ser un movidón.
 

plakaplaka

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El mínimo legal en este caso son 60€, pero nunca se aplica.

Lo más probable es que oscile 120€ - 600€ , seguramente tirando a la baja.

Tu amigo deberá optar por una de estas dos estrategias procesales:

1- llegar a un acuerdo con la Charo y que ambos retiren sus denuncias

2- el día del juicio por delito leve, antes de entrar a celebrar, que pida entrar a hablar con el Fiscal, y que adelante que está dispuesto a reconocer los hechos y apagar la indemnización a cambio de una pena mínima.


A parte de todo eso tendrá que pagarle a la Charo la responsabilidad civil, que oscilará entre 30€ y 300€.
No olvides el coste de la asistencia sanitaria, que siempre va en la petición del Fiscal y se incluye por narices en la conformidad si es sanidad pública.
En Galicia una asistencia sanitaria de urgencias, aunque sea para reflejar un enrojecimiento en la mejilla, sube la factura en 280 eypos (tabla de precios fijada por un decreto). Intuyo que en el resto de CCAA harán lo mismo.
 

Iuris Tantum

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No olvides el coste de la asistencia sanitaria, que siempre va en la petición del Fiscal y se incluye por narices en la conformidad si es sanidad pública.
En Galicia una asistencia sanitaria de urgencias, aunque sea para reflejar un enrojecimiento en la mejilla, sube la factura en 280 eypos (tabla de precios fijada por un decreto). Intuyo que en el resto de CCAA harán lo mismo.
La asistencia sanitaria en cualquier juicio penal (incluidos los leves) se refleja en el informe del médico forense, que incluye días impeditivos y días no impeditivos según la lesión haya impedido a la víctima su quehacer diario o no.

De forma bastante aproximada, la responsabilidad civil derivada del delito es de 35€ por cada día no impeditivo y de 55€ por cada día impeditivo.

Un simple bofetón pueden ser 1 ó 2 no impeditivos o 10 ó 12 impeditivos. Es difícil decirlo sin ver el parte medico y el informe del forense.

Tienes razón en que estas cantidades se incluyen siempre en la petición del Fiscal (de hecho el Juez no puede poner una cantidad más alta que la que pida el Fiscal), y lo normal es que se incluyan en la sentencia.
 

plakaplaka

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La asistencia sanitaria en cualquier juicio penal (incluidos los leves) se refleja en el informe del médico forense, que incluye días impeditivos y días no impeditivos según la lesión haya impedido a la víctima su quehacer diario o no.

De forma bastante aproximada, la responsabilidad civil derivada del delito es de 35€ por cada día no impeditivo y de 55€ por cada día impeditivo.

Un simple bofetón pueden ser 1 ó 2 no impeditivos o 10 ó 12 impeditivos. Es difícil decirlo sin ver el parte medico y el informe del forense.

Tienes razón en que estas cantidades se incluyen siempre en la petición del Fiscal (de hecho el Juez no puede poner una cantidad más alta que la que pida el Fiscal), y lo normal es que se incluyan en la sentencia.
No me refiero a la RC, esa valoración de los daños ocasionados por la bofetada (obvia y conocida), sino al extra que supone tener que pagar a la administración los gastos de la asistencia sanitaria cuando el perjudicado ha asistido a la sanidad pública. El mínimo se va a cerca de los 300 de una simple asistencia a urgencias sin pruebas diagnósticas ni enfermería; una ambulancia básica desde 350 más kilometraje, 530 por día de hospitalización, que son 1150 si es UCI...
 

Iuris Tantum

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No me refiero a la RC, esa valoración de los daños ocasionados por la bofetada (obvia y conocida), sino al extra que supone tener que pagar a la administración los gastos de la asistencia sanitaria cuando el perjudicado ha asistido a la sanidad pública. El mínimo se va a cerca de los 300 de una simple asistencia a urgencias sin pruebas diagnósticas ni enfermería; una ambulancia básica desde 350 más kilometraje, 530 por día de hospitalización, que son 1150 si es UCI...
¿Los están reconociendo así en Galicia? Yo en otras CCAA nunca los he visto en la propia Sentencia.
 

plakaplaka

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¿Los están reconociendo así en Galicia? Yo en otras CCAA nunca los he visto en la propia Sentencia.
Sí, condena al abono de los gastos de asistencia sanitaria, generalmente a tasaren ejecución de sentencia (son precios públicos fijados por Decreto ,así que no hay mucho que discutir). Como si fuese el reembolso en un siniestro de tráfico, vamos, a pagar por la aseguradora del responsable.

Cualquier cosa que lleve un parte médico da lugar al ofrecimiento de acciones a la administración para ese reembolso, y no perdonan uno.
 
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Pues conozco uno en una situación así que le arruinó la vida.

Reunión de la comunidad, el socio viene bebido, la señora es un puñetero dolor, se tienen ganas, discusión sobre movidas que vienen de lejos, el tío se calienta y le mete un puñetazo a la señora. De ahí a urgencias. Que ve doble, se marea, se le va la cabeza, no puede cerrar la boca bien, tiene lagunas mentales....

Va a un dentista que le pone la boca entera nueva, de arriba a abajo, fisioterapeuta durante un año por problemas cervicales, afirma que ve doble, que no puede fijar la vista, mareos... Al socio le sale la broma unos 10.000 leiros en facturas a pagar de tratamientos de la tía, mas una orden de alejamiento, tiene que vender el piso y largarse.

Puede ser un movidón.
Tú siempre tienes alguna historia truculenta y exageradísima para ilustrar los hilos, seguramente te las inventes todas, pero al menos lo cuentas con cierto salero y sin faltas de ortografía.

El caso es que este tipo de cosas suelen saldarse más bien así: La juez condena a un guía de la Alhambra por pegar una bofetada a un compañero
 

CASUAL(MENTE)

Himbersor
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AVOGADROS del foro halluda

Hay denuncia y testigos, con visita de la local incluida, supongo que habrán hecho atestado, "mi amigo" no le dio fuerte ni la ha tirado al suelo ni roto dientes ni nada, y sucedió tras acalorada discusión previa. De hecho la charo le hizo un moretón en el antebrazo agarrándole fuerte cuando él intentaba irse. Lo han intentado retener algunos manginas increpadores e incluso uno agarrándole como con ganas de zurrarle, pero mi amigo como no es simple IPSO FACTO huyó de la turba pagafantas y charo linchadora, y se fue al centro médico a por un parte de lesiones por si las moscas y a continuación a comisaría a denunciar.

Mi amigo se ha quedado muy a gusto y si el precio es asumible lo considerará una buena inversión, dado que la CHARO seguramente hacía muuuuchos años que no recibía una cura de humildad.

Veo que delito leve de lesiones si la charo ha ido a que le hagan un parte también del moflete colorado, lo dolido del tema es que el amigo no tiene testigos, porque se piró de la escena. Mirando precios de otros casos, veo que la cosa estaría entre 200 y 500 euros, ¿es así?

GRACIAS, hilo serio, otro día os traigo COMIDS y demigrancias
Si tiene un abogado de los buenos se va de rositas
 

CASUAL(MENTE)

Himbersor
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Sí, condena al abono de los gastos de asistencia sanitaria, generalmente a tasaren ejecución de sentencia (son precios públicos fijados por Decreto ,así que no hay mucho que discutir). Como si fuese el reembolso en un siniestro de tráfico, vamos, a pagar por la aseguradora del responsable.

Cualquier cosa que lleve un parte médico da lugar al ofrecimiento de acciones a la administración para ese reembolso, y no perdonan uno.
Pero hacemos una cosa, vamos a juicio, y el día del juicio, mi abogado manda una dispensa justificada por la que el encausado no puede presentarse sin defensa

Solicitamos un aplazamiento, y hacemos que el juicio salga dentro de 2 años

Luego empezamos a hacer preguntas enrevesadas a la charo tipo "que ropa llevaba mi cliente" o "como llevaba el pelo" que la charo fijo que se va acordar de querida progenitora

Pedimos el archivo de la causa.

Como lo ves ????

A menos que pidan 500 pavos que se pagan y a otra cosa
 

LuismarpIe

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Tú siempre tienes alguna historia truculenta y exageradísima para ilustrar los hilos, seguramente te las inventes todas, pero al menos lo cuentas con cierto salero y sin faltas de ortografía.

El caso es que este tipo de cosas suelen saldarse más bien así: La juez condena a un guía de la Alhambra por pegar una bofetada a un compañero
En mi epitafio pondrán "si non e vero, e ben trovato"

La historia de mi vida. Pero lo de la ostra es verdad. Pasó en el portal de mis padres.
 

eL PUERRO

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Tendrian que poner un menu para saber a que carta quedarse, Guantazo a mano abierta, 80, Reves bien dao, 90, Punetazo moderado 100, punetazo tipo drive 150, un Good-Night Irene 250 y asin.
sería todo demasiado sencillo, y más de uno se dejaría medio sueldo en hostioterapias antiestrés de ese tipo
 

eL PUERRO

CALIFA de ELDA
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Si tiene un abogado de los buenos se va de rositas
y cuánto tiempo puede durar un proceso de ese tipo? en plan, cuánto tarda en llegar la denuncia y luego la citación y demás, por ir mirando el tema abogado sin que al amigo se le acabe echando el tiempo encima...