¿Qué pasará con los "pepitos" que no paguen?

qwer1234

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He encontrado este foro y ¡está genial! Me he pasado unas cuantas horas leyéndolo.

Acabo de revisar las condiciones de la hipoteca de mis padres y pone que si no se paga un mes, el banco puede llevarles a juicio o llevar el piso a subasta por el valor de la tasación (por lo menos así es como lo endendí yo).
Entonces he pensado qué pasaría si, en el supuesto de que la burbuja explotase, algún "pepito" deje de pagar durante un tiempo.
Si el banco lleva a subasta su piso, tampoco podrá venderlo, ya que en el contrato del préstamo con grantía hipotecaria pone explícitamente que el piso debe salir a la subasta con el precio de la tasación.
¿Sería el banco el que mayor problema tendría?
No lo creo.
Tal vez le lleven a juicio, pero si no puede pagar ni la hipoteca, no le podrán quitar nada más que el piso. (O tal vez también la ropa interior :D )
:confused: :confused: :confused:
 

qwer1234

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"Los sueldos el tiempo que sea necesario"

¿Esto cuánto tiempo puede llegar a ser? :confused: :eek:
Sabe alguien ¿cuánto tiempo te pueden retener el sueldo (por encima del salario mínimo interprofrsional) si te declaras insolvente?
He leído algo de 5 años, pero no se si es cierto.

Por cierto, esto puede ser una buena definición del término "esclavitud", se lo voy a proponer a la Real Academia de la Lengua Española :D
 

RANGER

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Tan sencillo como que si el valor de subasta es 10, debes 12 (contando ya con gastos y costas), y en subasta se vende por 5, seguirás debiendole 7 al banco.
 

qwer1234

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octavia dijo:
Si fueran unos pocos como hasta ahora subastan y punto, a la calle. Si fueran unos "muchos" pues esta complicado saber por donde irán los derroteros. Lo que está claro que el banco cobrará de una manera o de otra y de paso llevandose por delante a pepito, papa pepito, hermano pepito ... ya sea como avalistas o porque dejen dinero para intentar el no embargo. Me he puesto hace poco a hacer cáculos con un simulador hipotecario y es que los interes que se pagan de pasar del 3.5% a 5% de 180 mil euros por poner una cifra son para echarse a temblar.
También se puede pagar la hipoteca en Francos suizos (interés 1,75%) o Yenes japoneses (interés de un 0,25%), aunque el mayor peligro está en el tipo de cambio (especialmente en el caso de los Yenes japoneses).
 

Chortina Premium

Será en Octubre
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Yo conozco un caso real, creo que ya lo expliqué en otro post; se trataba de un amigo que hace bien poco se quedó en el paro y no pudo pagar la letra del piso, estuvo 3 meses sin pagar, cuando encontró trabajo habló con el banco y quiso ampliar el préstamo y los años de la hipoteca pero éste banco le dijo que nanai (no me acuerdo cual), al final en otro banco si pudo pudo ampliar el préstamo, supongo que con condiciones leoninas.. me acuerdo que me dijo que el hecho de tener 2 hijos fué un factor importante para poder subrogarse.


Un saludo.
 

qwer1234

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VPOsoloALQUILER,
acabo de leer el otro hilo y me pareció superinformativo.
Sólo quería aclarar algunas cosas:

Se decía que los promotores inmobiliarios ponen todo a nombre de su mujer, para cuando se declaren en quiebra personal no se les pueda embargar casi nada.
¡NO!, al no ser que te hayas casado por el régimen de vecindad civil catalán o balear o hayas hecho una separación de bienes, ya que los bienes de su cónyuge también son embargables.

En cuanto a la deuda hereditaria (esclavitud en su estado puro) :
Cuando se produzca el fallecimiento del deudor, la deuda se puede aceptar o repudiar (no aceptar) por parte de los herederos.
Creo que si en el plazo de 9 días no se dice ante notario lo contrario, la herencia (con sus deudas) se acepta definitivamente. Creo que pocos sabrán eso.
Aunque me ha asustado mucho lo de la Herencia Yacente que sr chinarro comenta al final. Proviene del derecho romano, que creo que es la base del derecho en España.
 

qwer1234

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Ya se como hacer que mi novia lo firme :D
 
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makoka

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qwer1234 dijo:
VPOsoloALQUILER,
acabo de leer el otro hilo y me pareció superinformativo.
Sólo quería aclarar algunas cosas:

Se decía que los promotores inmobiliarios ponen todo a nombre de su mujer, para cuando se declaren en quiebra personal no se les pueda embargar casi nada.
Esto tiene un pequeño inconveniente, pero solo pequeño.
Que te divorcies y la mujer se quede con todo.

CUÑAAAAAAAAAAAOOOOOOOOOOOOO...

La verdad es que ser promotor y no poder irte de pilinguis por culpa de que tu mujer se entere y te deje en la calle, pues como te diria, pierde toda la gracia de ser un potentado. :D
 
Última edición:

sr chinarro

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Amigo qwe, tiene usted un pequeño lío.

Por partes :

No hay un plazo de caducidad en una ejecución. Cada cierto tiempo el Banco pedirá datos a los Registros oportunos para saber si el deudor , que aun le debe pequeños flecos de la ejecución hipotecaria, ha venido a mejor fortuna y : ha doblado su sueldo, ha cobrado una herencia, ha abierto nuevas cuentas(al final siempre, siempre se caza algo,...). Así pasen 15 años.

Todo lo que exceda del salario mínimo interprofesional es embargable con arreglo a una escala prevista por ley.

La Herencia Yacente es una figura muy vigente en nuestro Derecho.¿que el deudor muere y el Banco tiene noticia?se solicita continuar contra la "Herencia Yacente y Herederos desconocidos de Don Deudor".
saludos,
 

qwer1234

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Puedes ponerlo todo a nombre de tu empresa de responsabilidad limitada frente a terceros (S.L.) y poner a un "pepito" de gerente (el que a veces responde ilimitadamente de las deudas) :D
O en un banco suizo, para que no se entere tu mujer, así incluso te puedes ir de p*tas bien tranquilito. :D
 

makoka

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qwer1234 dijo:
Puedes ponerlo todo a nombre de tu empresa de responsabilidad limitada frente a terceros (S.L.) y poner a un "pepito" de gerente (el que a veces responde ilimitadamente de las deudas) :D
O en un banco suizo, para que no se entere tu mujer, así incluso te puedes ir de p*tas bien tranquilito. :D
Peor me lo pones entonces se va el "pepito" con tu mujer y te deja sin dinero y con cuernos.


:D