dudas urgentes sobre capitalizar paro y ser autonomo

yo he ido poco a la escuela...

1 me doy de alta en autonomos PERO ANTES PARALIZO LA PRESTACION

2 de autonomo me va mal y quiero volver a cobrar el paro SIN TRABAJAR POR CUENTA AJENA

3 de autonomo me va bien y quiero cobrar lo que tengo de paro para CAPITALIZARLO

4 sobre todo el punto 2 no lo tengo NADA claro...me doy de baja como autonomo y al dia siguiente ya vuelvo a cobrar paro? :|

Te voy a poner todas las posibilidades y si te queda alguna duda me lo dices.

Cuando termines de trabajar, y siendo que tienes pensado ponerte de autonomo, tienes dos opciones, pedir el paro y no hacerlo.

1- Si no pides el paro, te das de alta de autonomo y al cabo de un tiempo como no funciona te das la baja de autonomo, no puedes pedir el paro. Tendras que encontrar otro trabajo por cuenta ajena, y cuando se te acabe siempre que no sea baja voluntaria, podras pedirlo. El nuevo trabajo como asalariado no importa que duracion tenga, siempre que no termine por baja voluntaria (puede ser finalizacion de contrato o despido) y si que es importante que sea a jornada completa, porque si es a parcial te deduciran parte de la prestacion porque es el ultimo trabajo el que marca el porcentaje de ocupacion con el que se calcula la prestacion. En este caso para calcularte el paro se tendria en cuenta los seis ultimos años desde que terminaste el ultimo trabajo, pero la parte en que estuvistes como autonomo al no cotizar por desempleo no te daria para prestacion. Te pongo un ejemplo; si primero estuviste 5 años como asalariado, luego dos como autonomo y luego 6 meses como asalariado, la duracion de tu prestacion se calcularia asi: 6 meses cotizados ultimos+ dos años de autonomo que no cotizan + 3 años y 6 meses del trabajo anterior= 4 años cotizados de los ultimos seis, te correponderian 16 meses de paro, donde el importe se calcularia con lo cotizado en los 6 ultimos meses.

Si pides la prestacion tienes dos opciones, o solicitas la capitalizacion o no.

2-Si no solicitas la capitalizacion cuando te des de alta como autonomo tendras que parar el paro. Si trabajas mas de dos años como autonomo pierdes el derecho que tenias concedido. Si es menos de dos años cuando te des de baja en autonomos puedes volver a cobrar el paro tal como lo dejaste al darte de baja de autonomos.

3-Si solicitas la capitalizacion te pueden pagar o bien los gastos que justifiques para la creacion de tu empresa hasta el limite maximo del 60% del importe total de tu prestacion, o bien las cuotas de seguridad social de autonomos, o bien primero el pago de hasta el 60% y con el resto la seguridad social de autonomos. En cualquiera de los casos cuando te des de baja de autonomo, siempre que sea antes de dos años, podrias cobrar lo que te quede del paro, pero con la particularidad de que para cobrarlo tiene que haber pasado un tiempo igual al que habrias tardado en cobrar mes a mes lo que te han adelantado. Ejemplo: Pides la capitalizacion para montar la empresa y te dan un pago equivalente a 4 meses de prestacion. Si te das de baja de autonomos, para poder cobrar prestacion tendran que haber pasado 4 meses desde que solicitaste la capitalizacion hasta que puedas volver a cobrar.

Dos cosas, el paro se debe pedir en el plazo de 15 dias habiles desde que termines el trabajo, si no te descontaran dinero de la prestacion. No te des de alta en autonomos hasta que hayas solicitado la prestacion si es que quieres pedirla. Si vas a capitalizar primero debes solicitar la prestacion y luego la capitalizacion.

Pd. Ahora con autonomos puedes cotizar por desempleo lo que quizas afectara a la duracion de las prestaciones del punto1 (a tu favor), pero eso no te lo puedo asegurar al 100% porque ya no trabajo en el INEM. Ya he comprobado que para todo lo demas no te afectaria asi que puedes fiarte de lo que he escrito (la legislacion no ha cambiado en ninguna de las opciones). De todas formas intentare preguntarle el lunes a un excompi que trabaja en el INEM y si hay algun cambio relevante escribire otro mensaje.
 
Última edición:
puf tio...muchiiisimas gracias! lastima que no te pueda pagar algo (de lo poco que tengo...) gracias otra vez tio
 
Cuidadín, cuidadín, que igual que estar trabajando de asalariado cotizas para el paro, de autónomo es todo lo contrario, o para que se entienda mejor quiero decir que el paro caduca.

Ejemplo:
6 años trabajo de asalariado= 2 años de paro.
6 años trabajo de autónomo= caduca el paro de los 6 años que estuviste asalariado.

Sí, es la platano.
 
puf tio...muchiiisimas gracias! lastima que no te pueda pagar algo (de lo poco que tengo...) gracias otra vez tio

Hoy he hablado con mi amigo y me ha confirmado que el punto 1 no ha variado con el paro de autonomos.

Una ultima advertencia, piensa que la ley esta ahora mismo asi, pero puede que cambien en x tiempo y lo que te he dicho ahora no valga, asi que por si acaso estate pendiente de si reforman la ley del paro.

Y de nada hombre, con tu agradecimiento es mas que suficiente. Espero que tengas suerte.

Pd. Si tienes mas dudas pregunta.
 
Gracias a todos por un hilo tan interesante en los momentos actuales.

Algunas veces, las aportaciones al foro NO TIENEN PRECIO
 
Si no pides el paro, te das de alta de autonomo y al cabo de un tiempo como no funciona te das la baja de autonomo, no puedes pedir el paro.
Solo quería intervenir para subrayar esto,que me parece muy importante. Si uno está cobrando el paro y decide hacerse autonomo,deja de percibir la prestación, como es obvio,pero puede pedir reanudación de la prestación pendiente en el momento en que se de de baja de autonomos,siempre y cuando hayan pasado menos de 24 meses en ese estado.
Pero si te echan y no pides la prestación por desempleo,yendo directamente a hacerte autónomo,después no podrás pedir el paro aunque te des de baja.
No se si me he explicado....
 
Solo quería intervenir para subrayar esto,que me parece muy importante. Si uno está cobrando el paro y decide hacerse autonomo,deja de percibir la prestación, como es obvio,pero puede pedir reanudación de la prestación pendiente en el momento en que se de de baja de autonomos,siempre y cuando hayan pasado menos de 24 meses en ese estado.
Pero si te echan y no pides la prestación por desempleo,yendo directamente a hacerte autónomo,después no podrás pedir el paro aunque te des de baja.
No se si me he explicado....

Correctamente.
 
2-Si no solicitas la capitalizacion cuando te des de alta como autonomo tendras que parar el paro. Si trabajas mas de dos años como autonomo pierdes el derecho que tenias concedido. Si es menos de dos años cuando te des de baja en autonomos puedes volver a cobrar el paro tal como lo dejaste al darte de baja de autonomos.


A ver si me puedes aclarar una duda, si tengo derecho a prestación por desempleo y la solicito y supongamos a la semana me doy de alta en autónomos y dejo de cobrar el paro (sin solicitar capitalización), podría después darme de baja en autónomos y cobrar el resto de la prestación por desempleo?.
Hay algún periodo mínimo entre pedir el paro y darte de alta en autónomos para que esto sea así, o con haber cobrado por ejemplo siete días de desempleo sería suficiente?.
¿Afecta en algo el periodo que estés de alta como autónomo?
 
A mi lo que me parece absurdo es que cuando pides el pago unico, y optas que todo sea para cuotas de la SS de autonomo, todos los meses venga la SS y te cobre la cuota, y detras venga el inem y te pague la misma cantidad, no seria mas logico que se pusieran de acuerdo y no se cobrase/pagase nada?
 
A ver si me puedes aclarar una duda, si tengo derecho a prestación por desempleo y la solicito y supongamos a la semana me doy de alta en autónomos y dejo de cobrar el paro (sin solicitar capitalización), podría después darme de baja en autónomos y cobrar el resto de la prestación por desempleo?.
Hay algún periodo mínimo entre pedir el paro y darte de alta en autónomos para que esto sea así, o con haber cobrado por ejemplo siete días de desempleo sería suficiente?.
¿Afecta en algo el periodo que estés de alta como autónomo?

Siento no haber contestado antes, no lo habia visto.

1ª pregunta. Si

2ª. No hay periodo pero hay una cosa importante. Si al despedirte tienes dias de vacaciones no utilizadas, estos dias cotizan a la SS (y te los pagan en el finiquito) y se considera que estas trabajando, luego no puedes pedir el paro. Si que te cogeran la solicitud pero no pueden concedertelo hasta que pase ese periodo, por lo tanto si este fuera tu caso. y te dieras de alta de autonomos mientras todavia estas de "vacaciones" es como si no lo hubieras pedido (y ya no podrias pedirlo al estar de alta de autonomos). Puedes ver si tienes dias de vacaciones en el certificado de empresa.

3ª. Ya lo he dicho antes, si estas dos años o mas de autonomo pierdes la prestacion. Menos de dos años nada.

De todas maneras, recomiendo que para este tipo de dudas, antes que preguntarlo en un foro, llameis al 901.11.99.99 (yo trabaje alli) y que os atienda un funcionario. Si despues de llamar teneis dudas , volved a llamar y que os atienda otro. Mas que nada porque muchas veces habla gente que no tiene idea y la lia. (Este foro es bastante fiable, o por lo menos muchos foreros, pero siempre es mejor un profesional)

Edito: jojojo han movido el hilo de la guarderia a emprendedores, por eso no te conteste deva, ni sabia que existia este sitio.
 
Última edición:
Siento no haber contestado antes, no lo habia visto.

1ª pregunta. Si

2ª. No hay periodo pero hay una cosa importante. Si al despedirte tienes dias de vacaciones no utilizadas, estos dias cotizan a la SS (y te los pagan en el finiquito) y se considera que estas trabajando, luego no puedes pedir el paro. Si que te cogeran la solicitud pero no pueden concedertelo hasta que pase ese periodo, por lo tanto si este fuera tu caso. y te dieras de alta de autonomos mientras todavia estas de "vacaciones" es como si no lo hubieras pedido (y ya no podrias pedirlo al estar de alta de autonomos). Puedes ver si tienes dias de vacaciones en el certificado de empresa.

3ª. Ya lo he dicho antes, si estas dos años o mas de autonomo pierdes la prestacion. Menos de dos años nada.

De todas maneras, recomiendo que para este tipo de dudas, antes que preguntarlo en un foro, llameis al 901.11.99.99 (yo trabaje alli) y que os atienda un funcionario. Si despues de llamar teneis dudas , volved a llamar y que os atienda otro. Mas que nada porque muchas veces habla gente que no tiene idea y la lia. (Este foro es bastante fiable, o por lo menos muchos foreros, pero siempre es mejor un profesional)

Edito: jojojo han movido el hilo de la guarderia a emprendedores, por eso no te conteste deva, ni sabia que existia este sitio.

Me viene muy bien toda esta información ya que actualmente estoy cobrando el paro y se me presenta la ocasión de trabajar como autonomo.

Está todo muy claro, solo una duda.

Supongamos que a mi me quedan 13 meses de paro a razón de 1.100 € mensuales, yo ahora solicito la capitalización para que me abonen las cuotas de autónomo, estoy unos meses y la cosa no sale como yo esperaba. Voy al inem y solicito la reanudación del paro. Me tendrán que descontar lógicamente las cuotas que me han pagado. Pero me lo descuentan en tiempo de prestación o en importe de prestación mensual??? es decir, continuaría cobrando los 1.100€ durante menos tiempo o tendría los 13 meses con menos importe???

Saludos.
 
Me viene muy bien toda esta información ya que actualmente estoy cobrando el paro y se me presenta la ocasión de trabajar como autonomo.

Está todo muy claro, solo una duda.

Supongamos que a mi me quedan 13 meses de paro a razón de 1.100 € mensuales, yo ahora solicito la capitalización para que me abonen las cuotas de autónomo, estoy unos meses y la cosa no sale como yo esperaba. Voy al inem y solicito la reanudación del paro. Me tendrán que descontar lógicamente las cuotas que me han pagado. Pero me lo descuentan en tiempo de prestación o en importe de prestación mensual??? es decir, continuaría cobrando los 1.100€ durante menos tiempo o tendría los 13 meses con menos importe???

Saludos.

Te quitarian tiempo de prestacion, pero "por anticipado", tendrias que esperar para cobrar.

Siempre que la baja de autonomos sea antes de dos años, podrias cobrar lo que te quede del paro, pero con la particularidad de que para cobrarlo tiene que haber pasado un tiempo igual al que habrias tardado en cobrar mes a mes lo que te han adelantado. Ejemplo: Pides la capitalizacion para montar la empresa y te dan un pago equivalente a 4 meses de prestacion. Si te das de baja de autonomos, para poder cobrar prestacion tendran que haber pasado 4 meses desde que solicitaste la capitalizacion hasta que puedas volver a cobrar (aunque debes solicitar la prestacion en cuanto te des de baja en autonomos).

De todas formas hace ya dos años que no curro en el Inem y no se si habran cambiado algo, mejor preguntar en el 901 11 99 99 para asegurar lo que os digo.
 
En mi caso voy a capitalizar el paro para que me subencionen solamente las cuotas de autonomo, como no voy a pedir capital para ninguna inversión, me subencionan cuotas de autonomo por el 100% del paro pendiente de percibir que en mi caso son unos 11.000€ lo que equivale a unos 40 meses de autonomos pagados, y ademas tengo 23 meses para volver a pedir el paro que me quedase. Es un chollo!!!:)

Saludos.
 
Volver