El artículo 6 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección oficial señala, en su apartado 3, que los precios de viviendas de protección oficial se deben actualizar anualmente mediante Orden del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
Si bien en ejercicios anteriores la actualización de precios máximos se ha llevado a cabo de modo automático en el mes de septiembre, este año este Departamento prevé modificar dichos precios máximos mediante la publicación de la correspondiente Orden anual de precios que, en estos momentos, está siendo estudiada dada la repercusión que en materia de política de vivienda tiene dicha actualización.
Por lo tanto, no se va a producir una actualización automática de precios máximos de viviendas de protección oficial (referenciados además al IPC) en el mes de septiembre de 2009, sino que, a finales de este año, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes publicará en el BOPV y en esta misma página web la obligada Orden modificatoria de precios siendo de aplicación desde su entrada en vigor.