Punto a punto, pero seria mejor q ambos fuerais a un administrador de fincas y por un modico precio os asesorara, generalmente una mensualidad
1) el contrato de alquiler de vivienda se ha de comprar en el estanco, es un papel timbrado ya que al no pagar IVa la vivienda ha de pagar el impuesto de transmisiones onerosas y actos juridicos documentados, que generalmente esta cedido a la comunidad autonoma y cada una va a su bola por lo que os tenies que enterar de cuanto habeis de pagar y que bonificaciones teneis, si es del 100% no hace falta contrato timbrado.
El contrato aunque no sea timbrado o sea solo sea un acuerdo entre las partes a efectos judiciales consta como un contrato legal regido por la Ley de arrendamientos Urbanos.
2) Quien paga que se especifica en las condiciones anexas, siendo libre entre las partes.
Normalmente la comunidad e IBI va de cuenta del propietario, el resto incluido tributos como la recogida de basuras los paga el que alquila.
3) La fianza es obligada por ley y se ha de depositar en el organismo que gestiona las fianzas de cada comunidad, al inquilino le importa un rabano donde la ponga el propietario pero el propietario se expone a una multa si no lo ha depositado enl organismo adecuado se haya o no pagado la fianza.
4) El arrendador (propietario) puede pedir un deposito o las garantias que crea conveniente aparte de la fianza y que quedaran retinidas por este.
5) La forma y lugar de pago sera la elegida entre las partes.
Aparte hay modelos de contrato de viviendas por la red y de condiciones anexas.
No se si tienes mas dudas .... pero como dicen los medicos cuando les preguntas si estos malo y te responden hatelo mirar por un medico .. pues eso lo mejor es ir a un administrador de confianza o al colegio de administradores, os costara euros pero son como minino 5 años de tu vida que estaras viviendo en el piso que alquiles.