Me ayudais con una duda?

Nathalia

Madmaxista
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Os cuento...

La empresa de mi chico va cuesta abajo, de trastero y sin frenos.

Es pequeña, con pocos trabajadores (12 contando con los 6 comerciales y los dos jefes, que son los dueños) .

Todos tienen contrato indefinido.

El caso es que va muy mal y hoy, la administrativa se ha dado de baja psicológica por depresión.

Cuando mi chico y otro compañero la han llamado para ver qué le pasaba, ella les ha dicho que iba a haber despidos y que la empresa estaba buscando las mañas para no tener que pagar indemnizaciones (creo que 45 días por año trabajado). Que mi chico y el compañero estaban "nominados".

Para ahorrarse la pasta, creen que el jefe tiene previsto proponerles un cambio en el contrato. Pasarlo a media jornada.

La empresa se va a ir a tomar por saco de todas formas.
Pero claro, la cosa está en que si se niegan, ya no sería despido, sino que se van porque quieren.
Y si aceptan... cuando la empresa cierre, el paro les va a quedar en consonacia con lo último trabajado, es decir, la mitad del sueldo.

No sé si me he explicado bien...

Qué pensáis?
Les pueden echar sin la indemnización por negarse a trabajar solo 4 horas?

Gracias.
 

luckyLuck

Guest
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Os cuento...

La empresa de mi chico va cuesta abajo, de trastero y sin frenos.

Es pequeña, con pocos trabajadores (12 contando con los 6 comerciales y los dos jefes, que son los dueños) .

Todos tienen contrato indefinido.

El caso es que va muy mal y hoy, la administrativa se ha dado de baja psicológica por depresión.

Cuando mi chico y otro compañero la han llamado para ver qué le pasaba, ella les ha dicho que iba a haber despidos y que la empresa estaba buscando las mañas para no tener que pagar indemnizaciones (creo que 45 días por año trabajado). Que mi chico y el compañero estaban "nominados".

Para ahorrarse la pasta, creen que el jefe tiene previsto proponerles un cambio en el contrato. Pasarlo a media jornada.

La empresa se va a ir a tomar por saco de todas formas.
Pero claro, la cosa está en que si se niegan, ya no sería despido, sino que se van porque quieren.
Y si aceptan... cuando la empresa cierre, el paro les va a quedar en consonacia con lo último trabajado, es decir, la mitad del sueldo.

No sé si me he explicado bien...

Qué pensáis?
Les pueden echar sin la indemnización por negarse a trabajar solo 4 horas?

Gracias.
Que esta tarde ponga una demanda a la empresa por las horas extra sin cobrar , (que seguramente ha tenido que realizar)
.A partir de ese momento si la empresa le despide practicamente tendra que demostrar que no es un despido improcedente por la denuncia que ha interpuesto el con anterioridad.
Cuando hay denuncia de por medio anterior al despido, las empresas suelen tener muy dificil demostrar que el despido no viene debido a la demanda
 

Deudor

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No les pueden obligar a cambiar de contrato.
 

azkunaveteya

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sino ERE, no pueden.

que no acepten por supuesto... y si les dicen eso o nada, que se coja una baja psico de 1 año hasta que la mutua presione un poco...

pero por si, llama a inspeccion de trabajo y diles que se pasen... sin que tu nombre trasluzca... asi se les quitan las ganas
 

Uxo

Madmaxista
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Tu novio puede rechazar el cambio de contrato.
Esto sí, tiene que ser firme y aceptar el despido (con indemnización).
 

El_Presi

El Padrino II Revolution
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la empresa tendrá que hacer un ERE para hacerlo legal. Si se lo aprueban trabajarán mitad jornada y cobrarán a la vez mitad del paro (pero gastando un día entero del paro).
Por cierto si la empresa va mal el despido son 20 días por año no 45, además de que el FOGASA paga el 40% por ser empresa pequeña.
 
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29 Sep 2008
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Os cuento...

La empresa de mi chico va cuesta abajo, de trastero y sin frenos.

Es pequeña, con pocos trabajadores (12 contando con los 6 comerciales y los dos jefes, que son los dueños) .

Todos tienen contrato indefinido.

El caso es que va muy mal y hoy, la administrativa se ha dado de baja psicológica por depresión.

Cuando mi chico y otro compañero la han llamado para ver qué le pasaba, ella les ha dicho que iba a haber despidos y que la empresa estaba buscando las mañas para no tener que pagar indemnizaciones (creo que 45 días por año trabajado). Que mi chico y el compañero estaban "nominados".

Para ahorrarse la pasta, creen que el jefe tiene previsto proponerles un cambio en el contrato. Pasarlo a media jornada.

La empresa se va a ir a tomar por saco de todas formas.
Pero claro, la cosa está en que si se niegan, ya no sería despido, sino que se van porque quieren.
Y si aceptan... cuando la empresa cierre, el paro les va a quedar en consonacia con lo último trabajado, es decir, la mitad del sueldo.

No sé si me he explicado bien...

Qué pensáis?
Les pueden echar sin la indemnización por negarse a trabajar solo 4 horas?

Gracias.
NO:

Ver: Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
(BOE 29-03-1995)


--------------------------------------------------------------------------------

Modificado por:
LEY ORGANICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 41. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

1. La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.

b) Horario.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración.

e) Sistema de trabajo y rendimiento.

f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.


..
.
.
.
.3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.

En los supuestos previstos en los párrafos a), b) y c) del apartado 1 de este artículo, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 50, apartado 1.a), si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.

Esto es lo que le espera a tu chico, buscaros un abogado laboralista YA!

:)
 

luismarple

Será en Octubre
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En un pueblo italiano al pie de las montañas
Plan B: que mande un burofax inmediatamente a la empresa solicitando tres meses de excedencia. Si le echan puede alegar improcedente, si se lo conceden puede empezar a buscar curro hasta que vuelva y le limpien el forro.
 

Rey Marítimo

Madmaxista
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No les pueden obligar a cambiar de contrato.
En efecto. No entiendo a santo de qué tantas dudas y miedos: cachopo, que no cambien el contrato y ya está.

¿Cómo va a ser que "no sería despido, sino que se van porque quieren"? Juasjuasjuas. ¿Y si la empresa les dice que trabajen 1 minuto al día? Nathalia, menos nerviosismo y más ver las cosas con claridad. :p

Otra cosa, como ya han comentado, es que se realizase un ERE.

Como mucho, y si creen que la empresa puede remontar y quieren seguir en ella en esas condiciones, antes que ser despedidos, tal vez cabría plantearse algo extraordinario del tipo trabajar sin cobrar, o cobrando menos (pero vamos, como favor extraoficial durante un tiempo determinado).
 
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29 Sep 2008
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Y por cierto, me vais a perdonar, pero yo como trabajador por cuenta ajena duermo con el Estatuto de los trabajadores debajo de la almohada. No me gustan las sorpresas....

Teniendo en cuenta que la empresa se va a ir a la hez dile a tu chico, que coja el dinero y corra!
 

Bactiman

El eterno aspirante a un pottoka
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Yo lo siento pero algo como esto :

12 contando con los 6 comerciales y los dos jefes, que son los dueños

Es en lo que ha desembocado una situación como esta, si todas las empresas se han dedicado a ser meros intermediários de productos no tenían ningún valor añadido por el que ahora puedan competir en un mercado en recesión,
así de claro.

Lo siento por tu pareja, y ánimo.

Saludos,
 
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El ERE va a ser dificultoso:

Artículo 51. Despido colectivo.

1. A efectos de lo dispuesto en la presente Ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:

a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.

Son 16.......

Intentarán timarles antes de ir a Trabajo
 

Nathalia

Madmaxista
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Reino de Hades
Muchas gracias, chicos.

Es mi novio el que anda nervioso.

La empresa es de venta de aluminios. Tienen a los dos jefes, el del almacén, 2 repartidores, la administrativa, el encargado mayor de toda la vida... y todos los demás comerciales, porque se nutren de las ventas.

Como al final va a ser verdad que estamos en crisis :p, pues no se vende nada y lo que es peor, los pagarés a 90 días que le dieron no los pueden cobrar porque los compradores están sin blanca y el banco los devuelve.

Está la cosa chunga, eh? :(