Se encuentra imputado no detenido por los delitos contra la integridad jovenlandesal (art. 173 CP, vejaciones graves) y contra los derechos y libertades fundamentales (art. 510 CP) denominado «delito de repruebo» que penaliza la provocación a la discriminación, al repruebo o al violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creeencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sesso, orientación sensual previstos en el artículo 510.1. También la difusión de informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad (art. 510.2) y ambos perseguibles de oficio.