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Una sentencia reconoce el derecho de los funcionarios a trabajar una hora menos - ABC.es
Un juzgado de Valencia ha fallado a favor de trabajadores del Ayuntamiento de la ciudad en su derecho de reducir una hora su jornada en cuatro supuestos sin que se vean rebajadas sus retribuciones.
Este permiso se contempla para trabajadores que tengan menores a su cargo, o personas a las que dedicar especial atención, o bien disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales, y trabajadores que padezcan una larga enfermedad, según ha informado la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT-PV.
Los trabajadores afectados por la supresión de este derecho presentaron 38 demandas individuales en los juzgados de lo Contencioso de Valencia, y ya se han fallado ocho causas, todas a favor de los trabajadores.
El Ayuntamiento de Valencia, según UGT, había suprimido este derecho a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 20/12 alegando que a partir de ese momento el permiso no se contempla en el Estatuto Básico del Empleado Público, que la normativa autonómica ya no es de aplicación al personal funcionario de las administraciones locales y que se suspenden acuerdos, pactos y convenios que contradigan el estatuto.
Según el sindicato, se trata de un permiso que constaba en el acuerdo de condiciones laborales del personal funcionario del Ayuntamiento, y los juzgados señalan que dejar sin efecto esos acuerdos solo puede realizarse en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición, o de similar naturaleza.
El consistorio, añade UGT, dejó sin efecto la reducción de jornada de una hora sin descuento salarial e instó al personal que la tenía reconocida a renunciar al derecho o, en caso contrario, aplicar la consiguiente deducción retributiva.
Un juzgado de Valencia ha fallado a favor de trabajadores del Ayuntamiento de la ciudad en su derecho de reducir una hora su jornada en cuatro supuestos sin que se vean rebajadas sus retribuciones.
Este permiso se contempla para trabajadores que tengan menores a su cargo, o personas a las que dedicar especial atención, o bien disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales, y trabajadores que padezcan una larga enfermedad, según ha informado la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT-PV.
Los trabajadores afectados por la supresión de este derecho presentaron 38 demandas individuales en los juzgados de lo Contencioso de Valencia, y ya se han fallado ocho causas, todas a favor de los trabajadores.
El Ayuntamiento de Valencia, según UGT, había suprimido este derecho a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 20/12 alegando que a partir de ese momento el permiso no se contempla en el Estatuto Básico del Empleado Público, que la normativa autonómica ya no es de aplicación al personal funcionario de las administraciones locales y que se suspenden acuerdos, pactos y convenios que contradigan el estatuto.
Según el sindicato, se trata de un permiso que constaba en el acuerdo de condiciones laborales del personal funcionario del Ayuntamiento, y los juzgados señalan que dejar sin efecto esos acuerdos solo puede realizarse en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición, o de similar naturaleza.
El consistorio, añade UGT, dejó sin efecto la reducción de jornada de una hora sin descuento salarial e instó al personal que la tenía reconocida a renunciar al derecho o, en caso contrario, aplicar la consiguiente deducción retributiva.