Battiattus
Himbersor
- Desde
- 25 Mar 2021
- Mensajes
- 4.166
- Reputación
- 8.994
La voy a meter, todavía no he cerrado el trimestre.si emites la factura con fecha de diciembre has de liquidar el IVA correspindiente en el cuarto trimestre , si la emites con fecha de enero pues lo dejas para el primer trimestre del año siguiente. Si la fecha de expedicion no coincide con la fecha de operacion lo haces constar en la factura para mayor claridad . Si se trata de un consiumidor final la fecha de operacion y la fecha de emision ha de coincidr, es solo cuando se trata de BTB --como es el caso que planteas (o asi lo he entendido yo)-- tienes hasta el dia 15 del mes siguiente de margen.
si resulta que ya has cerrado el trimestre pues le dices a tu cliente que a buenas horas mangas verdes.
no se, lo mismo puedes hacer una declaración complementaria para incluir la famosa factura en el trimestre 4, tu sabrás si te quieres complicar hasta ese punto.
Con esta factura tengo que pagar 3000€ de IVA.
¿Tu lo aplazarías? He pensado en pagar 1700€ ahora y aplazar 1300€ en 3 cuotas.
¿Cómo lo ves?