En CyL se ha publicado en el BOCYL un Acuerdo del Presidente de la Comunidad Autónoma en el que "acuerda" imponer unas medidas que contravienen una norma de rango superior y, por si fuera poco, para las que desde el Gobierno Central, que es el competente, ya les ha dicho 3 veces (no una) que es ilegal y que no tienen competencias para esto, porque supone vulnerar el libre ejercicio de un derecho fundamental.
Hoy se ha publicado, y ya desde ayer las Subdelegaciones del Gobierno en CyL repetían constantemente que esta medida carece de respaldo legal y que, por tanto, ni PN, ni GC, ni policías locales iban a controlar esa franja horaria ni tampoco iban a proponer para sanción alguna a nadie.
Es más, la Subdelegación de León comunicó que todos los ciudadanos pueden seguir haciendo vida "normal", entendida como el respeto a las restricciones contenidas en el estado de alarma y su prórroga; o lo que es lo mismo, igual que ayer.
En resumen, que de 20:00 a 22:00, en CyL se puede salir a la calle exactamente igual que hasta ayer, y nadie va a decir ni mú.
Es una pena que los desmanes de esta panda no tengan consecuencias para sus personas, porque contravenir una norma de rango superior y vulnerar derechos fundamentales debería conllevar, primero la inhabilitación y después el enjuiciamiento por los delitoS que se hayan cometido.
Hoy se ha publicado, y ya desde ayer las Subdelegaciones del Gobierno en CyL repetían constantemente que esta medida carece de respaldo legal y que, por tanto, ni PN, ni GC, ni policías locales iban a controlar esa franja horaria ni tampoco iban a proponer para sanción alguna a nadie.
Es más, la Subdelegación de León comunicó que todos los ciudadanos pueden seguir haciendo vida "normal", entendida como el respeto a las restricciones contenidas en el estado de alarma y su prórroga; o lo que es lo mismo, igual que ayer.
En resumen, que de 20:00 a 22:00, en CyL se puede salir a la calle exactamente igual que hasta ayer, y nadie va a decir ni mú.
Es una pena que los desmanes de esta panda no tengan consecuencias para sus personas, porque contravenir una norma de rango superior y vulnerar derechos fundamentales debería conllevar, primero la inhabilitación y después el enjuiciamiento por los delitoS que se hayan cometido.