Se anulan las plusvalias. Y ahora que??

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Que pasa con la gente que hemos empezado a pagarlo por una herencia?? Podríamos paralizar las cuotas??



El Tribunal Constitucional declaró nula la plusvalía municipal (técnicamente, impuesto sobre el valor del impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana) el martes en una sentencia que culmina dos fallos previos en los que ya cuestionaba el mal diseño del impuesto, de los años 2017 y 2020. Finalmente ha tumbado todo el tributo ante la pasividad del Gobierno para cambiar su redacción, lo que supone un gran golpe para las cuentas municipales y abre un periodo de incertidumbre tanto para los ayuntamientos como para los contribuyentes.

Esta figura tributaria recaudó en el año 2019 2.500 millones de euros, una cifra que equivale al 6,3% de los ingresos tributarios de los ayuntamientos. Se trata, por tanto, de una de las principales vías de financiación que tienen los municipios para financiar sus competencias. La sentencia del Constitucional paraliza ahora la recaudación de este tributo, que queda suspendido hasta que el Gobierno actualice la Ley de Haciendas Locales con una redacción que se ajuste a la Carta Magna.


El Constitucional culmina sus fallos anteriores declarando que el método de determinación de la base imponible no se ajusta a las operaciones económicas realizadas por el sujeto pasivo. En otras palabras: el cálculo del beneficio económico que obtiene un ciudadano por la venta de su casa que hace Hacienda nada tiene que ver con el precio real de las tras*acciones, sino que se aplica una cuantía aplicada sobre el valor catastral. El resultado es que la base imponible del impuesto no guarda relación alguna con el precio real de compra y de venta de las casas, lo que va en contra de la Constitución Española en el aspecto de que el tributo tiene que adaptarse al principio de capacidad económica.

Esto paralizará de forma inminente el cobro de este tributo, suponiendo una importante merma para los recursos de los ayuntamientos. El momento de la sentencia es clave, ya que los municipios están ultimando ahora sus presupuestos para el año 2022 y la sentencia pone en duda sus ingresos futuros. La cuestión es todavía más relevante si se tiene en cuenta que la sentencia puede dejar la puerta abierta a miles de reclamaciones por los impuestos cobrados durante los últimos años.

El TC señala claramente que las situaciones firmes existentes no pueden ser recurridas, pero la cuestión clave es qué ocurre con las autoliquidaciones practicadas por los contribuyentes de ejercicios no prescritos, esto es, para quienes hayan pagado el impuesto en los últimos cuatro ejercicios. La sentencia incluye una previsión sobre la retroactividad y limita la devolución de lo abonado por el contribuyente en el caso de no haberse formulado reclamación previa. Pese a ello, los abogados consultados anticipan una avalancha de reclamaciones, especialmente en aquellos ayuntamientos en los que el impuesto se paga vía autoliquidación o en aquellas liquidaciones que no son firmes.
Los abogados anticipan una avalancha de reclamaciones para la devolución del impuesto
En el caso de las liquidaciones, es el ayuntamiento de turno el encargado de cobrar directamente el impuesto, mientras que en el caso de la autoliquidación es el contribuyente quien realiza todos los trámites para liquidarlo. Y, según explican los expertos, la autoliquidación es la fórmula más extendida en los grandes ayuntamientos como el de Madrid.
En este caso, y siempre sin perder de vista el contenido de la sentencia, los expertos aseguran que podrían reclamarse autoliquidaciones de los últimos cuatro años, no solo de particulares, sino también de grandes empresas o fondos de inversión. "Hemos cerrado operaciones de oficinas en Madrid en las que la plusvalía ha sido de 3 millones de euros", explica una de las fuentes consultadas por El Confidencial.

El agujero que se puede abrir en estos grandes municipios en los que los precios son elevados y hay mucha compraventa es muy relevante. El Ministerio de Hacienda ha reaccionado al fallo comunicando que está preparando “un borrador legal que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos”. Sin embargo, lo que no aclara Hacienda, de momento, es si el Estado garantizará la pérdida de ingresos que sufran los ayuntamientos, y el posible agujero de la devolución de los impuestos recaudados de forma inconstitucional como consecuencia del mal diseño del impuesto en la Ley de Haciendas Locales.
Crónica de una fin anunciada
La noticia de la anulación de la plusvalía municipal es el desenlace del que el Constitucional venía advirtiendo desde el año 2017. A nadie le puede sorprender el fallo, y menos al Gobierno. En 2017, el TC declaró que una parte de la plusvalía municipal era inconstitucional porque cobraba a algunos contribuyentes que habían perdido con la compraventa de su casa. En ese momento el impuesto quedó herido de fin y el Gobierno, en ese momento el de Mariano Rajoy, obligado a corregirlo.

Poco después, en 2019, el TC volvió a la carga, anulando el impuesto en los casos en los que cobraba la totalidad del beneficio obtenido por un ciudadano por la venta de su vivienda. Finalmente, el Constitucional ha anulado el tributo completo porque no existe relación entre el hecho imponible y el cálculo de la base imponible.
Pero antes de estas dos últimas sentencias ya era evidente que el Gobierno tenía que actualizar el tributo que había quedado amputado. De hecho, en 2018 el propio PSOE elaboró, junto con Ciudadanos, una proposición no de ley para exigir a Rajoy que devolviera el impuesto cobrado ilegalmente y que modificara inmediatamente el tributo. Rajoy no hizo ni lo uno ni lo otro, pero se mantuvo en el cargo unos pocos meses más. Desde entonces ha sido el Gobierno de Pedro Sánchez quien, ignorando su propia exigencia desde la oposición, ha desistido en modificar el tributo.
Ahora tendrá que hacerlo con carácter de urgencia para recuperar el impuesto que ha anulado el Constitucional. Eso sí, tendrá que hacerlo por la vía de la ley, ya que la modificación sustancial del impuesto no puede hacerse con un real decreto ley, y tampoco se puede incorporar como una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado. El resultado es que el cambio normativo dejará unos meses de vacío en este impuesto justo en un momento en el que se está reactivando el mercado de la vivienda de segunda mano.
 
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El impuesto de plusvalía municipal es lo que hace que muchas herencias no se acepten por los herederos, porque al tener que pagar un importe de muchos (decenas o incluso en algún caso cientos) miles de euros, LOS HEREDEROS NO TIENEN DINERO SUFICIENTE PARA PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA HERENCIA + EL DE PLUSVALÍA PORQUE EL VALOR CATASTRAL DE LOS INMUEBLES HA SUBIDO DEMASIADO DESDE QUE LOS FALLECIDOS LOS OBTIENEN HASTA QUE MUEREN, o no se gana nada o casi nada de dinero al recibir la herencia como consecuencia de lo anterior.

Es un impuesto que se tiene que eliminar del sistema rápidamente o la mayoría no podrán heredar ahora y en un futuro. Si no se quita el impuesto causará mayor miseria económica, quedándose el Estado y CCAA con muchísimos inmuebles que deberían ser de los herederos y no para dárselos a ''otros'' (honkhonk) en forma de piso social.

Y además, como no se puede aceptar/obtener una herencia a medias, si no puedes pagar la plusvalía te tienes que negar a aceptar recibir la herencia, con lo que pierdes los inmuebles, los otros bienes y el dinero, o sea TODO PARA LO PÚBLICO :mad

Sé de lo que hablo porque he sido testigo de estas cosas, y de las que quedan por ver.
 
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