Quiebra de empresa y consecuencias

URJC

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Buenas, vamos a cerrar nuestro negocio debido a que perdemos pasta (Entre otros asuntos).
Entre deudas y cobros he calculado que nos quedarían a pagar unos 24.000 € a deber al banco de una linea de crédito de la que somos avalistas mi socio y yo.

Es una sl de dos socios al 50% mancomunados y solidarios. No tenemos ni un puñetero duro personal,y yo ni propiedades, mi socio tiene un piso pequeño.

La pregunta es... En cuanto caduquen las lineas, el banco se amara el piso de mi socio directamente o podremos negociar?

Seria mejor jorobar a los proveedores y reducir la deuda de la linea de crédito??

Ayuda!
 

herreriko

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obviamente si avalas una linea de credito con vuestros bienes presentes y futuros, lo mas probable es que trinquen hasta donde puedan. lo que no se es si habeis avalado con vuestros bienes PROPIOS o con los bienes de la empresa.

obviamente intentar liquidar vuestras deudas con el banco, que es el que mas os puede jorobar, los proveedores no haran mucha fuerza para intentar sacaros los ojos.
 

Teniente General Videla

Indigno siervo de Cristo
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Primero se paga a la SS y a Hacienda, después a los bancos, y de lo que quede a proveedores y a empleados.

Esta es la fruta realidad.
 

SocialismoNuncaMas

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Entre deudas y cobros he calculado que nos quedarían a pagar unos 24.000 € a deber al banco de una linea de crédito de la que somos avalistas mi socio y yo.
Error. Aunque estando en España, con las leyes que impuso la p$oe, es imposible separar el patrimonio personal del de la empresa.


En cuanto caduquen las lineas, el banco se amara el piso de mi socio directamente o podremos negociar?
Con el banco no.

1 Búscate un abogado (aunque no teniendo un duro manda narices porque te van a sablear vivo).

2 Declara la empresa en quiebra (te inhabilitarán para abrir otra durante x años)

3 Ponte en concurso de acreedores. Aquí se liquida lo que se pueda vender de la empresa (a precio de saldo) y con esto se empieza a pagar a los acreedores. Los primeros en la cola son la SS y hacienda.

4 Sobre el aval, pide clemencia al juez. Si tienes algún hijo viviendo en casa, di que es su domicilio habitual, etc...

5 Si todo lo demás no funciona, huye a China. A un familiar le pasó lo mismo que a ti y se acabó muriendo a base de disgustos, completamente arruinado. Así que lo de huir a China, no es tan descabellado.

---------- Post added 24-nov-2016 at 17:28 ----------

obviamente si avalas una linea de credito con vuestros bienes presentes y futuros, lo mas probable es que trinquen hasta donde puedan.
y si no también. Tenemos una ley socialista al respecto donde se identifica de facto a la empresa con el empresario y sus bienes.

Antes creabas una S.L o una S.A y solo te podían perseguir los activos de la empresa. Ahora mismo da igual que seas S.L o S.J.K. Cuando liquidan la empresa persiguen al empresario como a un vulgar criminal. Lo he vivido con un familiar.
 

kenny220

Será en Octubre
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como deba a hacienda o s.s. y no haga concurso, o este se considere culpable, los adminsitradores responden .

lo que no entiendo como pudo ser avalista uno de los socios sin tener nada, aunque siendo solidarios el que avalo fué el piso del otro.
 

LIMONCIO

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Puede pasar el piso a la mujer/hijos? o se considera alzamiento de bienes.

porque ya son dos los casos que conozco de pequeños empresarios con fuertes deudas con la SS, y que poco a poco fueron delegando sus bienes a terceros.

Y ninguno ha ido a la guandoca. Estan embargados de por vida eso si. No acabo de entender como es posible hacer eso?!?!
 

SocialismoNuncaMas

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Puede pasar el piso a la mujer/hijos? o se considera alzamiento de bienes.
En España es alzamiento pero si te has casado en régimen de gananciales, ni aun así. No sirve de nada. Y con separación de bienes, depende porque ahora resulta que ya no existe :roto2: con las leyes de jenaro.

porque ya son dos los casos que conozco de pequeños empresarios con fuertes deudas con la SS, y que poco a poco fueron delegando sus bienes a terceros.
esos terceros aquí son considerados testaferros

Y ninguno ha ido a la guandoca. Estan embargados de por vida eso si. No acabo de entender como es posible hacer eso?!?!
no habrán pisado guandoca porque no les han pillado o porque el traspaso de bienes se haya considerado legal de alguna forma.
 

LIMONCIO

The end is near
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No, no. En uno de los casos se lo paso todo a su hijo (piso, coche, ahorros, todo) y el otro lo repartió entre el hijo y la mujer, y dejaron caer las empresas.

Ademas, es que el primer caso lo conozco bien, pq el hijo es colega mio, no es que sea algo de oidas.

En serio, que no pillo como leches lo hacen.
 

andresitozgz

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Lo último que quiere un banco es otro trozo de ladrillos. Asi que estará encantadísimo de cualquier solución antes que comerse el piso.

debeis 24.000€, no es tanto... son 12.000€ por cabeza. Pedir un préstamo a 5 años os saldra una cuota de un poco más de 200€/mes a cada uno

Consejos Hijoputistas:

* No pagues a ningún proveedor, esos los últimos.
* El marrón lo tiene tu colega no tú, la deuda con los bancos suele ser "solidaria" es decir que aunque debáis varios se le puede exigir todo a uno (el que tiene pasta o piso...).


Edito: lo de cambiar el piso de nombre ni lo intenteis... os va a generar muchos gastos y no tendrá ninguna validez
 

EnriquePC

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Error. Aunque estando en España, con las leyes que impuso la p$oe, es imposible separar el patrimonio personal del de la empresa.
No te cuente peliculitas, si hay algo atado y bien atado en España es que una cosa es el patrimonio de la empresa y otra el del empresario, haber por qué narices os pensais que se crearon las sociedades mercantiles: "pa que lo tuyo no te lo toque nadie", así que no confundimos al personal.

En la actualidad sólo hay por dos motivos por los que los administradores societarios responden con su patrimonio personal:

-Responsabilidad por daño por conducta antijurídica, esto es, la trasgresión de la Ley, de los estatutos o de los deberes del cargo de administrador.

-Responsabilidad por deudas por no promover la disolución social cuando concurren alguna de las causas previstas en la Ley, entre otras, por "pérdidas graves" que han reducido el patrimonio neto a la cantidad inferior a la mitad del capital social.

Fuera de estos dos supuestos, la empresa normalmente va a concurso para proceder a una liquidación más o menos organizada de la misma con el Administrador Concursal en cabeza. Y punto, no hay más, se liquida la sociedad con sus propios recursos y adiós muy buenas, no hay más donde buscar si la conducta del Administrador no ha infringido los supuestos mencionados antes. Y eso está ocurriendo centenares de veces cada día en esta país, y negar lo contrario, es desconocer la realidad.

A partir de ahí no confundamos con otros términos como avales personales o empresarios individuales que sí responderán como personas físicas por deudas acumuladas.
 
Última edición:

Ellis Wyatt

Bufón
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No te cuente peliculitas, si hay algo atado y bien atado en España es que una cosa es el patrimonio de la empresa y otra el del empresario,
:XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX:

Hace un tiempecito que los tribunales se están pasando por el arco del triunfo eso, y ordenan el levantamiento del velo societario en cuanto hay la menor deuda a un banco, o al estado -hacienda o SS, tanto da-. No esperes ni doctrina Botín, ni doctrina Los Albertos, ni ningún cuerpo doctrinal más allá de "machete al machote".

Con las deudas a proveedores y a empleados, con que el tribunal crea que ha habido conducta antijurídica es suficiente. Y creeme, lo de "conducta antijurídica" se puede hacer daño hasta que cante "La Traviata" en Tartésico.

Con deudas a bancos y al estado, ni siquiera se guardan ya las apariencias.

Pero bueno, se te ve muy ducho... veo que no has saboreado la seguridad jurídica que caracteriza a España en todo su esplendor...

Compañero coforero, ahora vas a descubrir porqué montar una empresa pequeña en España es tan mala idea. Si sale bien, el estado se queda con todo. Y si sale mal, irán a por tí y por tu patrimonio.

---------- Post added 24-nov-2016 at 19:12 ----------

No, no. En uno de los casos se lo paso todo a su hijo (piso, coche, ahorros, todo) y el otro lo repartió entre el hijo y la mujer, y dejaron caer las empresas.

Ademas, es que el primer caso lo conozco bien, pq el hijo es colega mio, no es que sea algo de oidas.

En serio, que no pillo como leches lo hacen.
El único caso de alzamiento de bienes que he visto con éxito ha sido el de un "señor del ladrillo".

Fuera de los sectores de especial protección fiscal por el estado -ladrillo, cocas y pilinguis-, y de las familias de dinero viejo que mandan realmente, no esperaría que funcionara nada de eso.
 

Baquinjam Palas

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Lo primero que haria es cancelar anticipadamente el prestamo avalado con un prestamo personal de 12000 euros cada uno ( tampoco es una cantidad tan exagerada ).Con eso os quitais el tema de los avales y el banco ya no va a tocar el piso.

Aunque perdais algo de tela seguiria con la empresa unos meses mas antes de presentar concurso. En esos meses, que tu socio venda el piso, y una vez vendido, presentais el concurso.

Y despues de presentarlo, que tu socio si quiere se compre otro sin ponerlo a su nombre. Aunque haya "perdido" tela en la venta, el que se compre tambien lo va a comprar rebajado, por lo que en realidad habra "cambiado" uno por otro.

Eso conlleva unos gastos, pero es un mal menor y no te pueden venir con ostras de alzamientos de bienes.

Con eso me parece que salva la vivienda.
 

URJC

Madmaxista
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obviamente si avalas una linea de credito con vuestros bienes presentes y futuros, lo mas probable es que trinquen hasta donde puedan. lo que no se es si habeis avalado con vuestros bienes PROPIOS o con los bienes de la empresa.

obviamente intentar liquidar vuestras deudas con el banco, que es el que mas os puede jorobar, los proveedores no haran mucha fuerza para intentar sacaros los ojos.
Se me ha olvidado mencionar que el piso de mi socio esta con hipoteca y además en ruinas, ya que empezó una reforma y se quedo parada en la demolición debido a que se quedo sin pasta.

Eso influye?

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:55 ----------

Error. Aunque estando en España, con las leyes que impuso la p$oe, es imposible separar el patrimonio personal del de la empresa.




Con el banco no.

1 Búscate un abogado (aunque no teniendo un duro manda narices porque te van a sablear vivo).

2 Declara la empresa en quiebra (te inhabilitarán para abrir otra durante x años)

3 Ponte en concurso de acreedores. Aquí se liquida lo que se pueda vender de la empresa (a precio de saldo) y con esto se empieza a pagar a los acreedores. Los primeros en la cola son la SS y hacienda.

4 Sobre el aval, pide clemencia al juez. Si tienes algún hijo viviendo en casa, di que es su domicilio habitual, etc...

5 Si todo lo demás no funciona, huye a China. A un familiar le pasó lo mismo que a ti y se acabó muriendo a base de disgustos, completamente arruinado. Así que lo de huir a China, no es tan descabellado.

---------- Post added 24-nov-2016 at 17:28 ----------



y si no también. Tenemos una ley socialista al respecto donde se identifica de facto a la empresa con el empresario y sus bienes.

Antes creabas una S.L o una S.A y solo te podían perseguir los activos de la empresa. Ahora mismo da igual que seas S.L o S.J.K. Cuando liquidan la empresa persiguen al empresario como a un vulgar criminal. Lo he vivido con un familiar.
SS, hacienda y finiquitos están pagados

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:57 ----------

como deba a hacienda o s.s. y no haga concurso, o este se considere culpable, los adminsitradores responden .

lo que no entiendo como pudo ser avalista uno de los socios sin tener nada, aunque siendo solidarios el que avalo fué el piso del otro.
Avalamos nosotros con nuestro nombre, no con su piso directamente. Además su piso tiene hipoteca con otro banco

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:59 ----------

Error. Aunque estando en España, con las leyes que impuso la p$oe, es imposible separar el patrimonio personal del de la empresa.
No te cuente peliculitas, si hay algo atado y bien atado en España es que una cosa es el patrimonio de la empresa y otra el del empresario, haber por qué narices os pensais que se crearon las sociedades mercantiles: "pa que lo tuyo no te lo toque nadie", así que no confundimos al personal.

En la actualidad sólo hay por dos motivos por los que los administradores societarios responden con su patrimonio personal:

-Responsabilidad por daño por conducta antijurídica, esto es, la trasgresión de la Ley, de los estatutos o de los deberes del cargo de administrador.

-Responsabilidad por deudas por no promover la disolución social cuando concurren alguna de las causas previstas en la Ley, entre otras, por "pérdidas graves" que han reducido el patrimonio neto a la cantidad inferior a la mitad del capital social.

Fuera de estos dos supuestos, la empresa normalmente va a concurso para proceder a una liquidación más o menos organizada de la misma con el Administrador Concursal en cabeza. Y punto, no hay más, se liquida la sociedad con sus propios recursos y adiós muy buenas, no hay más donde buscar si la conducta del Administrador no ha infringido los supuestos mencionados antes. Y eso está ocurriendo centenares de veces cada día en esta país, y negar lo contrario, es desconocer la realidad.

A partir de ahí no confundamos con otros términos como avales personales o empresarios individuales que sí responderán como personas físicas por deudas acumuladas.
Pero meterse en un concurso vale pasta no?
 

kenny220

Será en Octubre
Desde
23 Nov 2010
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Reputación
65.935
Se me ha olvidado mencionar que el piso de mi socio esta con hipoteca y además en ruinas, ya que empezó una reforma y se quedo parada en la demolición debido a que se quedo sin pasta.

Eso influye?

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:55 ----------



SS, hacienda y finiquitos están pagados

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:57 ----------



Avalamos nosotros con nuestro nombre, no con su piso directamente. Además su piso tiene hipoteca con otro banco

---------- Post added 24-nov-2016 at 23:59 ----------



Pero meterse en un concurso vale pasta no?


pues vamos, que ni teneís piso, y avalasteis con vuestro nombre. (que incluye vuestro patrimonio presente y futuro)

pero vamos si el piso esta en ruinas y con hipoteca, me da que sois abonados a trabajos de smi, o en b, para que no os pillen nunca. eso si sn 15 años para reclamar deudas