Apesta a psyop
Estan entrevistando en massmierda al grabador, que suelta frases-tipo de "mensajes de salud pública" y dice que "miríadas de negacionistas" le estan amenazando.
Hablamos con Javi, quién grabó a la surfista con Covid-19: "He recibido amenazas de negacionistas y de la propia chica"
El "espontáneo grabador" en las entrevistas suelta de corrido párrafos enteros de narrativa COVIDiana.
Me parece una especie de montaje "estos son los negacionistas": "irresponsables" y "violentos"
Los "negacionistas" se "desconcentran" en esa zona (playa La Concha) cada más y y con más frecuencia, a 2 metros uno de otro, con mascarillas y carteles denunciando la plandemia.
La Ertzaintza va a esas "desconcentraciones" con toda la parafernalia de cascos y porras, pero NO PUEDEN HACER NADA porque los "desconcentrados" "negacionistas" cumplen todas las normas.
Esto lo sé por vídeos que me han mandado por telegram. De eso No hablan los massmierda. No interesa "visibilizar" que hay cada vez más gente que ve el cartón a la "epidemia".
Con esta psyop "marcan" a los "negacionistas" como "irresponsables" y "violentos".
No descarto "noticias" futuras de "negacionistas" que han agredido a sanitarios o "contaminado intencionadamente con Covid".
BONUS:
Se nos dijo que es ilegal grabar a los "infractores":
Desde el punto de vista civil, los autores podrían exponerse al pago de una indemnización, pero, por la vía penal, la grabación o difusión de imágenes de terceros sin su consentimiento se contempla como un delito de descubrimiento y revelación de secretos que se castiga con penas de cárcel, según explican desde el servicio de asesoría jurídica Legálitas. Así aparece reflejado en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, así como en el artículo 18 de la Constitución Española.
Sin embargo, estos derechos no son fundamentales y si el material que se graba o fotografía refleja una "infracción real" — señalan los expertos — no debería considerarse como una infracción en sí ya que contribuye al respeto del interés general y la salud pública. Lo que sí destacan es que dicho contenido debe dejarse en manos de las autoridades. Ahora bien, no se considera de interés legítimo en el caso de que las imágenes captadas no se pongan en conocimientos de la Policía pero sí se difundan a través de las redes sociales y sin el consentimiento de los protagonistas de la escena.
En este caso entra en juego la normativa en materia de protección de datos
El grabador-difundidor en este caso se convierte en un "Héroe cívico" entrevistado por massmierda.
Con este grabador-difundidor APLICAN NORMAS OPUESTAS a las que preconizan para el vulgo, como si estuviese "protegido"
Apesta.