Pues lo comentado…
a esta noticia….
habría podido cometer UN DELITO PENAL.
ARTICULO 543 DEL CÓDIGO PENAL
Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.
art 543 cp
a todas luces apartar de esa manera y desprecio la bandera de todos los españoles en la casa de la democracia que es el parlamento y ante un efecto público del congreso buscando publicidad es una ofensa al símbolo en toda regla…
#VOX haz tu magia ya que parece que la justicia no parece actuar de oficio sorprendentemente
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habría podido cometer UN DELITO PENAL.
ARTICULO 543 DEL CÓDIGO PENAL
Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.
art 543 cp
a todas luces apartar de esa manera y desprecio la bandera de todos los españoles en la casa de la democracia que es el parlamento y ante un efecto público del congreso buscando publicidad es una ofensa al símbolo en toda regla…
#VOX haz tu magia ya que parece que la justicia no parece actuar de oficio sorprendentemente