La Inspección de Trabajo usará 'robots' para multar a las empresas por fraudes

pocholito

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La Inspección de Trabajo usará 'robots' para multar a las empresas por fraudes (lainformacion.com)


Yolanda Díaz va a dar un vuelco a la actividad de la Inspección de Trabajo para activar la denominada "actuación administrativa automatizada", que permitirá iniciar procedimientos sancionadores a las empresas que cometan fraude a la Seguridad Social sin intervención directa de los funcionarios. De este modo, serán 'robots' administrativos los que, tras detectar posibles incumplimientos por parte de las compañías mediante el análisis masivo de datos, podrán extender las actas pertinentes de manera automática. La idea no gusta a los inspectores, que advierten de que vulnera sus competencias y no garantiza la seguridad jurídica a lo largo del procedimiento sancionador.
El Ministerio de Trabajo prepara un proyecto de real decreto que incluye cambios no menores en materia de Inspección. Por un lado, como adelantó La Información, actualiza las cuantías de las multas previstas en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para adecuarlas a la evolución de la inflación, lo que en la práctica implica un subidón del 20%. Y por otro lado, introduce una modificación sustancial que va a permitir que los procedimientos sancionadores contra las empresas se inicien a través de procesos automatizados. "Es una vulneración de la ley, pues la competencia sancionadora la tiene la Inspección y no puede ser sustituida por ninguna máquina", avanza desde el sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, su presidenta Ana Ercoreca.
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Hay que recordar que la incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la actividad administrativa posibilita la mencionada "actuación administrativa automatizada", definida en el artículo 41.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público como "cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público". Se trata, por tanto, de un tipo de actuaciones electrónicas realizadas en ausencia del factor humano, por una suerte de 'bot administrativo' a través de sistemas electrónicos.


En este marco, Trabajo considera que "el análisis masivo de datos para la detección de fraude permite conocer la existencia de posibles incumplimientos de los sujetos obligados, especialmente en materia de Seguridad Social" y que "en ocasiones, la constatación de estos incumplimientos no requiere la intervención directa de ningún funcionario". Partiendo de esta base, se pone de manifiesto la necesidad de automatizar parte de la actividad de la inspección. El Ministerio defiende que esta modificación se producirá "sin reducción de las garantías jurídicas de los ciudadanos" y "sin perjuicio de la posterior intervención en fase de instrucción de personal con funciones inspectoras".
En esta línea, el texto elaborado por Trabajo asegura que la actuación administrativa automatizada persigue "articular un procedimiento sancionador ágil, basado en hechos constitutivos de infracción generalmente no controvertidos, y con seguridad jurídica para el administrado" y que el personal con funciones inspectoras participará en el proceso cuando se requiera una valoración jurídica de las alegaciones que puedan efectuar los sujetos presuntamente responsables de las infracciones. Pero Ercoreca se muestra en desacuerdo con estas afirmaciones porque, a su juicio, la seguridad jurídica "debe garantizarse por la Inspección en todas las fases del procedimiento". La inspectora defiende, además, que la agilidad en los procedimientos debe buscarse por la vía del refuerzo de la plantilla, no "sustituyendo a las personas por robots".
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El borrador de real decreto establece que la Inspección "podrá generar a través de su sistema de información, mediante actuaciones administrativas automatizadas, las actas de infracción que resulten pertinentes en virtud de los datos, antecedentes e informes que obren en el mismo, así como en las bases de datos de las entidades que le prestan su auxilio y colaboración". Asimismo, añade que "se podrán generar de forma automatizada las propuestas de resolución que procedan cuando no se hayan presentado alegaciones contra las actas". Es decir, que un robot podrá ser responsable de todo el proceso, desde la detección del posible incumplimiento de la normativa hasta la apertura del acta de infracción a la empresa y la notificación de la propuesta de resolución si el empresario no recurre.
El asunto es controvertido. Borja Adsuara, experto en Derecho Digital, cuestiona que "aunque el Gobierno disponga del amparo legal para utilizar el big data en esta materia y se trate, sin duda, de una herramienta muy interesante para la Administración, hay muchos procedimientos que se podrían automatizar y el Ejecutivo se centra esencialmente en los que son sancionadores o recaudatorios". Adsuara lo compara con el modus operandi de la Agencia Tributaria, que también utiliza big data para detectar fraude fiscal en los ingresos declarados por los empresarios, y concluye que, en la práctica, supone abrir investigaciones sin indicios de delito. A su juicio, las administraciones deberían utilizar esta herramienta para mejorar en prestación de servicios, transparencia y evaluación de políticas públicas.
Multas de hasta 224.830 euros
Más allá de esta modificación, el real decreto que tiene previsto aprobar Yolanda Díaz en un próximo Consejo de Ministros actualiza las multas vinculadas a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y las eleva un 20%. Hay que tener en cuenta que la cuantía de estas sanciones no se revisaba desde el año 2007, de manera que, a juicio del Gobierno actual, se ha generado una disminución de su capacidad recaudatoria, ya que la comisión de infracciones acaba siendo más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. Por eso, el Ejecutivo va a adecuar las multas a la evolución de la inflación, tal y como le autoriza la ley, teniendo en cuenta que el Índice de Precios de Consumo (IPC) ha aumentado un 19,9% entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2019.

De manera general, en su grado máximo las infracciones leves pasarán de suponer una multa de 625 euros a 745 euros; las graves, como no formalizar el contrato de teletrabajo que es obligatorio con la nueva ley, se elevarán hasta los 7.490 euros, desde los 6.250 actuales; y las muy graves, entre las que se enmarcan los fraudes en los ERTE o los incumplimientos en materia de igualdad salarial en la empresa, se incrementarán hasta los 224.830 euros, frente a 187.515 euros a día de hoy. De este modo, el Gobierno, por iniciativa de la ministra de Trabajo, pretende disuadir a los empresarios de caer en este tipo de comportamientos bajo la amenaza de importantes sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El departamento que dirige Yolanda Díaz, en colaboración con el Ministerio de Inclusión, que pilota José Luis Escrivá, tenía previsto que este real decreto entrase en vigor el día 1 de enero de 2021, pero finalmente no lo hará hasta el 1 de abril, tal y como consta en el texto que está en trámite de audiencia pública. Desde Trabajo justifican el retraso "por cuestiones técnicas y de optimización de los procedimientos legislativos". De hecho, es la segunda vez que el documento sale a audiencia pública, precisamente porque se ha incorporado la "actuación administrativa automatizada", que no se contemplaba en el anterior borrador. En cualquier caso, desde el Ministerio aseguran que se va a solicitar la tramitación urgente del real decreto.
 

rkst

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La idea no gusta a los inspectores, que advierten de que vulnera sus competencias y no garantiza la seguridad jurídica a lo largo del procedimiento sancionador.
Ellos tampoco garantizan la seguridad jurídica con los atropellos e irregularidades que cometen. Lo que realmente les fastidia a estos buitres es que si una máquina sanciona por ellos dejan de cobrar bonus.
 

selenio

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Y en base a que parametros y reglas van a programar esos bots?, la administracion con esos maquinillos se va a llenar de contencioso/administrativos, al no garantizar esa seguridad juridica necesaria, osea, no se van a ahorrar trabajo y encima van a alargar mas los procesos de cobro, porque me imagino como programaran esos bots sancionadores.
 

singladura

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La automatización de los procesos garantiza su integridad (es complicado manipular cuando existe un rastro informático) y facilita trabajar con gran cantidad de datos (los números de expedientes generados hacen que que la estadística y la foto del político instigador del proceso luzca genial en ese momento dado) pero como en la administración los clientes son infinitos (toda la ciudadanía) los procesos que presentan incidencias también se convierten en una carga con un contenido de trabajo en cantidad igual o superior al que existía sin la automatización.

Me explico: para afrontar una tarea que es infinita de manera analógica (sin la ayuda de máquinas ni robots) se debe disponer de recursos humanos. Como éstos son limitados la labor, cuando se trata del total de la población en verdad es inasumible y entonces sólo queda priorizar. La gestión de esta manera llega a una parte ínfima de casos y la falta de efectivos es una excusa de oro para los responsables.
Si se utilizan medios electrónicos y robots se abarca sin problemas a la totalidad de los casos pero eso es aplicando para todos ellos los mismos algoritmos ( secuencia de pasos lógicos que permiten solucionar un problema) en un espacio de tiempo definido. El problema es que el ser humano en su libertad puede dar lugar a imprevistos que no se planificaron cuando se dictaron las órdenes a las máquinas.
Es entonces cuando se presentan incidencias, que lo son en una cantidad considerable porque se han tratado una cantidad de expedientes casi infinita

Lo que se consigue con el proceso de automatización es cambiar el nombre y contenido de la carga de trabajo, se cambia de sitio... pero no se evita.

P.d. todo esto es suponiendo que el autor del algoritmo no la haya cagado, lo que suele suceder en un 95% de los casos. Y también es mucho suponer que la automatización se haya generado con principios éticos y sin vulnerar los derechos ni las libertades
 
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AMP

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Otro ejemplo que demuestra que la Naturaleza es sabia: le da berzas a la que no tiene cerebro.
 

singladura

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Y en base a que parametros y reglas van a programar esos bots?, la administracion con esos maquinillos se va a llenar de contencioso/administrativos, al no garantizar esa seguridad juridica necesaria, osea, no se van a ahorrar trabajo y encima van a alargar mas los procesos de cobro, porque me imagino como programaran esos bots sancionadores.
BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2015-10566
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (Boe 2/10)
Artículo 41. Actuación administrativa automatizada.
1. Se entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.
 

singladura

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P.d. todo esto es suponiendo que el autor del algoritmo no la haya cagado, lo que suele suceder en un 95% de los casos. Y también es mucho suponer que la automatización se haya generado con principios éticos y sin vulnerar los derechos ni las libertades
Cagarla con la formulación del algoritmo es la especialidad de la izquierda (por falta de apoyo técnico) y atentar contra las libertades y derechos es la especialidad de las derechas


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