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Madmaxista
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Cualquier cosa es excusa para un giro de tuerca mas contra la disidencia en internet
Apatrullando con el ordenador... Si con un puñado de bots se va a poder mantener la seguridad enstepais
En cambio, contra las okupaciones, habrá que ser muy exquisito... No sea que los okupas se molesten
***
Interior ordena “incrementar la vigilancia en redes sociales” para combatir la ocupación
La instrucción impulsada por el Ministerio contempla cuatro escenarios para proceder a un desalojo ‘en caliente’ y otorga un papel determinante a las empresas de seguridad privada
Fernando Grande-Marlaska. EFE
ALEJANDRO REQUEIJO
PERFILEMAILTWITTER
El Ministerio del Interior que dirige Fernando Grande Marlaska ha redactado una instrucción para las policías de toda España con el objetivo de unificar actuaciones contra la ocupación de viviendas. Se trata de un documento de 20 folios al que ha tenido acceso íntegro Vozpópuli y que, entre otras indicaciones, ordena a los agentes “incrementar la vigilancia en redes sociales” para combatir a las mafias que se dedican a esta actividad ilegal que ha generado “alarma social”.
MÁS INFO
Interior pone el acento en organizaciones criminales que tienen como actividad lucrativa la ocupación y constata que se aprovechan especialmente de los pagapensiones sin recursos. Por ello pide a sus agentes que informen siempre que tengan conocimiento de estos grupos “especialmente aquellos que aprovechan el movimiento de migrantes a los que se promete un trabajo temporal y alojamiento a bajo coste en nuestro territorio (viviendas vacías que son localizadas por los grupos criminales para ocuparlas ilegalmente y ofrecerlas a los migrantes a cambio de una renta económica)”.
Crimen organizado
La instrucción “Por la que se establece el protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante la ocupación ilegal de inmuebles” contempla reforzar la coordinación con las unidades de investigación sobre crimen organizado y otras especializadas en extranjería y fronteras. Además, informa que se explotarán los canales de cooperación policial internacional con las autoridades de los países afectados.
Esta instrucción contra la ocupación es una respuesta a la que emitió esta misma semana la Fiscalía General del Estado y que llevaba la firma de su responsable, Dolores Delgado. La principal novedad del ministerio público era la orden de solicitar a los jueces la medida de cautelar del desalojo de ocupas para no tener que esperar meses o incluso años a que una sentencia devuelva la casa a sus legítimos dueños. Esa petición se podrá hacer incluso sin necesidad de identificar y notificar al ocupa.
Pero para agilizar los procesos, la Fiscalía pedía a las fuerzas de seguridad herramientas para mejorar los atestados que elaboran a partir de las denuncias de los afectados. Esa es la motivación principal de esta instrucción impulsada por Interior y que firma el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. Admite que no se puede proceder a un desalojo inmediato salvo que el allanamiento se produzca de manera flagrante, es decir, cuando se acabe de producir.
El concepto de delito flagrante
“Si fuese preciso elaborar un proceso deductivo más o menos complejo para establecer la realidad del delito y la participación en él del delincuente no puede considerarse un supuesto de flagrancia”, establece Interior. En ese sentido, la instrucción no resuelve la duda a la que ya se enfrentaban los agentes sobre cuándo proceder a un desalojo en caliente, pero establece cinco supuestos a modo de ejemplo en los que sí cabría esa actuación inmediata.
La policía podrá entrar en la casa a sacar a los ocupas “cuando los hechos son presenciados directamente por los agentes”, “cuando los vecinos o testigos avisan que hay personas entrando en un inmueble utilizando la fuerza”, “mediante el aviso de una central de alarmas”, “por la manifestación del vigilante de una empresa de seguridad privada” o “por cualquier otra vía” por las que se pueda tener conocimiento por estos hechos como por las “redes sociales”. De este modo, la instrucción otorga un papel determinante a las empresas privadas de seguridad de cara a recuperar una casa que haya sido ocupada o usurpada.
13 datos para una denuncia eficaz
La instrucción del Ministerio indica a los agentes cuáles son los 13 datos que debe contar una denuncia para que sea eficaz y permita a los fiscales o los jueces ordenar un rápido desalojo ante un allanamiento ilegal:
- Ubicación del inmueble con los máximos datos posibles, así como el uso que hace del mismo el propietario.
- Documento jurídico que acredite la propiedad.
- Fecha de adquisición del inmueble.
- Constatar si ha sido alquilado recientemente.
- Si el inmueble se encuentra en venta, indicar la web o lugar del anuncio.
- Si el inmueble se encuentra en trámites para obtener licencia de habitabilidad.
- Constatar si forma parte de una promoción de nueva construcción y en este caso si se han ocupado las demás viviendas que forman el edificio o la promoción.
- Si la ocupación se ha realizado individualmente o personas que pudieran estar dedicadas a ocupar viviendas.
- Estado en el que se encuentra el inmueble.
- Fecha y hora de los hechos que dieron lugar a la ocupación y cómo el propietario ha tenido conocimiento.
- Debe constar si el propietario tiene algún tipo de relación con las personas que han ocupado la vivienda. Se trata con esto de dejar constancia expresa en la denuncia que la víctima o perjudicado quiere el desalojo.
- Se deben reflejar los perjuicios que le está suponiendo al propietario.
- Cualesquiera otros documentos o circunstancias que sean relevantes para la denuncia, como puedan ser fotografías de los daños causados por los autores, constancia de problemas/denuncias con los demás vecinos, enganches a suministros.
Apatrullando con el ordenador... Si con un puñado de bots se va a poder mantener la seguridad enstepais
En cambio, contra las okupaciones, habrá que ser muy exquisito... No sea que los okupas se molesten
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Interior ordena “incrementar la vigilancia en redes sociales” para combatir la ocupación
La instrucción impulsada por el Ministerio contempla cuatro escenarios para proceder a un desalojo ‘en caliente’ y otorga un papel determinante a las empresas de seguridad privada
Fernando Grande-Marlaska. EFE
ALEJANDRO REQUEIJO
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El Ministerio del Interior que dirige Fernando Grande Marlaska ha redactado una instrucción para las policías de toda España con el objetivo de unificar actuaciones contra la ocupación de viviendas. Se trata de un documento de 20 folios al que ha tenido acceso íntegro Vozpópuli y que, entre otras indicaciones, ordena a los agentes “incrementar la vigilancia en redes sociales” para combatir a las mafias que se dedican a esta actividad ilegal que ha generado “alarma social”.
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La Fiscalía emite una instrucción para acelerar el desalojo de ocupas
Interior pone el acento en organizaciones criminales que tienen como actividad lucrativa la ocupación y constata que se aprovechan especialmente de los pagapensiones sin recursos. Por ello pide a sus agentes que informen siempre que tengan conocimiento de estos grupos “especialmente aquellos que aprovechan el movimiento de migrantes a los que se promete un trabajo temporal y alojamiento a bajo coste en nuestro territorio (viviendas vacías que son localizadas por los grupos criminales para ocuparlas ilegalmente y ofrecerlas a los migrantes a cambio de una renta económica)”.
Crimen organizado
La instrucción “Por la que se establece el protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante la ocupación ilegal de inmuebles” contempla reforzar la coordinación con las unidades de investigación sobre crimen organizado y otras especializadas en extranjería y fronteras. Además, informa que se explotarán los canales de cooperación policial internacional con las autoridades de los países afectados.
Esta instrucción contra la ocupación es una respuesta a la que emitió esta misma semana la Fiscalía General del Estado y que llevaba la firma de su responsable, Dolores Delgado. La principal novedad del ministerio público era la orden de solicitar a los jueces la medida de cautelar del desalojo de ocupas para no tener que esperar meses o incluso años a que una sentencia devuelva la casa a sus legítimos dueños. Esa petición se podrá hacer incluso sin necesidad de identificar y notificar al ocupa.
Pero para agilizar los procesos, la Fiscalía pedía a las fuerzas de seguridad herramientas para mejorar los atestados que elaboran a partir de las denuncias de los afectados. Esa es la motivación principal de esta instrucción impulsada por Interior y que firma el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. Admite que no se puede proceder a un desalojo inmediato salvo que el allanamiento se produzca de manera flagrante, es decir, cuando se acabe de producir.
El concepto de delito flagrante
“Si fuese preciso elaborar un proceso deductivo más o menos complejo para establecer la realidad del delito y la participación en él del delincuente no puede considerarse un supuesto de flagrancia”, establece Interior. En ese sentido, la instrucción no resuelve la duda a la que ya se enfrentaban los agentes sobre cuándo proceder a un desalojo en caliente, pero establece cinco supuestos a modo de ejemplo en los que sí cabría esa actuación inmediata.
La policía podrá entrar en la casa a sacar a los ocupas “cuando los hechos son presenciados directamente por los agentes”, “cuando los vecinos o testigos avisan que hay personas entrando en un inmueble utilizando la fuerza”, “mediante el aviso de una central de alarmas”, “por la manifestación del vigilante de una empresa de seguridad privada” o “por cualquier otra vía” por las que se pueda tener conocimiento por estos hechos como por las “redes sociales”. De este modo, la instrucción otorga un papel determinante a las empresas privadas de seguridad de cara a recuperar una casa que haya sido ocupada o usurpada.
13 datos para una denuncia eficaz
La instrucción del Ministerio indica a los agentes cuáles son los 13 datos que debe contar una denuncia para que sea eficaz y permita a los fiscales o los jueces ordenar un rápido desalojo ante un allanamiento ilegal:
- Ubicación del inmueble con los máximos datos posibles, así como el uso que hace del mismo el propietario.
- Documento jurídico que acredite la propiedad.
- Fecha de adquisición del inmueble.
- Constatar si ha sido alquilado recientemente.
- Si el inmueble se encuentra en venta, indicar la web o lugar del anuncio.
- Si el inmueble se encuentra en trámites para obtener licencia de habitabilidad.
- Constatar si forma parte de una promoción de nueva construcción y en este caso si se han ocupado las demás viviendas que forman el edificio o la promoción.
- Si la ocupación se ha realizado individualmente o personas que pudieran estar dedicadas a ocupar viviendas.
- Estado en el que se encuentra el inmueble.
- Fecha y hora de los hechos que dieron lugar a la ocupación y cómo el propietario ha tenido conocimiento.
- Debe constar si el propietario tiene algún tipo de relación con las personas que han ocupado la vivienda. Se trata con esto de dejar constancia expresa en la denuncia que la víctima o perjudicado quiere el desalojo.
- Se deben reflejar los perjuicios que le está suponiendo al propietario.
- Cualesquiera otros documentos o circunstancias que sean relevantes para la denuncia, como puedan ser fotografías de los daños causados por los autores, constancia de problemas/denuncias con los demás vecinos, enganches a suministros.