El Tuerto
Será en Octubre
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Dejad de postear como malditos y leeros lo de arriba.Esto se aprobó para Cataluña pero es aplicable a Fraudez y su banda, procedimiento express para decapitar a traidores a la patria.
Desconozco si nosotros el populacho podemos plantear una demanda conjunta ante el TC por traición y delitos contra la seguridad del Estado:
El Constitucional avala la ley que le permite suspender de funciones a cargos públicos
La modificación legal, al menos sobre el papel, permite al Constitucional suspender de sus funciones al presidente del Gobierno y a cualquier otro cargo público sin tiempo tasado, sin recurso y sin intervención parlamentaria. Esta redacción choca con la literalidad del texto constitucional, que solo prevé la destitución del presidente por moción de censura, cuestión de confianza o nuevas elecciones. La norma vigente no especifica el grado de incumplimiento de las resoluciones, ni el procedimiento concreto de suspensión, ni la posibilidad de recurso, ni el tiempo de suspensión.
Lo que dice la Constitución:
Artículo 102
Por otra parte, tenemos a un Jefe del Estado y de las fuerzas armadas que no preside un sólo consejo de ministros y predica con el ejemplo de llevar a sus retoños a una escuela en la que se han dado positivos.
La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.
A ver si se puede hacer algo desde este foro de enajenados mentales antes que que nos cierren el chiringuito.