Pues eso,
Resulta que en 2015 me trasladé a las Islas Canarias en ferry con un vehículo propiedad de mis padres.
No realicé ningún trámite aduanero, al considerar que el vehículo, al ser propiedad de mis padres, y estos no residir de forma permanente en la isla, no exigía la realización de trámite alguno.
Resulta que mis padres han recibido una carta de Hacienda, exigiéndoles que presenten una serie de documentos para regularizar la situación del vehículo, y que de no ser así recibirían la correspondiente sanción.
La titular es mi madre y la titular del seguro e impuestos (IVTM), que están al día.
Esta mañana llamé a Hacienda, para saber qué documentos presentar, y la funcionaria que me atendió me dijo que precisaba que se personase el titular con el certificado de empadronamiento (en Canarias), entre otros documentos....
Yo le respondí que mis padres no residen aquí, que yo soy el residente, y en la actualidad yo utilizo el vehículo. A lo que me respondió que sería necesario hacer un contrato de compraventa entre mis padres y yo, y luego presentarlo ante Hacienda junto con el resto de documentos.
La cuestión es que si realizo esa transacción, seguramente tenga que pagar un porcentaje estimado del valor del vehículo por haber comprado e importado un bien desde la Península.
¿Alguien tiene experiencia en situaciones similares?
Supuestamente en el caso de vehículos se está exento del pago del DUA cuando:
-El vehículo es propiedad del titular desde hace más de 6 meses
-Cuando se traslade por cambio de residencia
El vehículo en ningún momento ha cambiado de titular, ni se ha trasladado permanentemente (quizás se vuelva a llevar a la Península)...
Cualquier comentario es bienvenido.
Gracias.
Resulta que en 2015 me trasladé a las Islas Canarias en ferry con un vehículo propiedad de mis padres.
No realicé ningún trámite aduanero, al considerar que el vehículo, al ser propiedad de mis padres, y estos no residir de forma permanente en la isla, no exigía la realización de trámite alguno.
Resulta que mis padres han recibido una carta de Hacienda, exigiéndoles que presenten una serie de documentos para regularizar la situación del vehículo, y que de no ser así recibirían la correspondiente sanción.
La titular es mi madre y la titular del seguro e impuestos (IVTM), que están al día.
Esta mañana llamé a Hacienda, para saber qué documentos presentar, y la funcionaria que me atendió me dijo que precisaba que se personase el titular con el certificado de empadronamiento (en Canarias), entre otros documentos....
Yo le respondí que mis padres no residen aquí, que yo soy el residente, y en la actualidad yo utilizo el vehículo. A lo que me respondió que sería necesario hacer un contrato de compraventa entre mis padres y yo, y luego presentarlo ante Hacienda junto con el resto de documentos.
La cuestión es que si realizo esa transacción, seguramente tenga que pagar un porcentaje estimado del valor del vehículo por haber comprado e importado un bien desde la Península.
¿Alguien tiene experiencia en situaciones similares?
Supuestamente en el caso de vehículos se está exento del pago del DUA cuando:
-El vehículo es propiedad del titular desde hace más de 6 meses
-Cuando se traslade por cambio de residencia
El vehículo en ningún momento ha cambiado de titular, ni se ha trasladado permanentemente (quizás se vuelva a llevar a la Península)...
Cualquier comentario es bienvenido.
Gracias.