¡Hazte torero!

willock

Madmaxista
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León
toreando 150 corridas te puedes jubilar 12 años antes y con el 100%


Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional

Profesionales taurinos
  • 55 años para los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y haber actuado en un determinado número de espectáculos taurinos:
    • Matadores de toros, rejoneadores y novilleros, 150 festejos en cualquiera de estas categorías.
    • Banderilleros, picadores y toreros cómicos, 200 festejos en cualquiera de estas categorías o en alguna de las categorías indicadas en el párrafo anterior.
  • 60 años para los puntilleros, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en el momento del hecho causante y haber actuado en 250 festejos en cualquier categoría profesional.
  • 65 años o la edad ordinaria exigida en cada momento, para los mozos de estoques y de rejones y sus ayudantes.
    No obstante, podrán jubilarse a partir de los 60 años con aplicación de un coeficiente reductor de un 8% por cada año de anticipación, siempre que acrediten estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y haber actuado en 250 festejos en cualquier categoría profesional
 

optimistic1985

Madmaxista
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Mi tio banderillero 53 años y jubilado con 2000 euros al mes.

Se va todas las mañanas a correr por la sierra.